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Traducción en la UE: multilingüismo e igualdad ante la ley

La Unión Europea cuenta con 24 lenguas oficiales (desde julio de 2013) para preservar la diversidad lingüística y cultural de sus países. Y así, en el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea (versión consolidada de 2012) se establece lo siguiente: "La Unión respetará la riqueza de su diversidad cultural y lingüística y velará por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo".

Asimismo, la pertenencia a la Unión Europea implica la aceptación del acervo comunitario, es decir, la base legislativa de derechos y obligaciones que comparten el conjunto de países de la Unión Europea. Este acervo normativo de la UE debe trasladarse a la legislación nacional de los Estados miembros, que todos los ciudadanos deben cumplir. Para asegurar la igualdad ante la ley de las instituciones de los Estados de la Unión y sus ciudadanos, así como para que puedan comprender y conocer el derecho de la UE, este debe estar disponible en sus lenguas oficiales.

De la diversidad cultural y lingüística de la Unión Europea y de la igualdad ante la ley surge la política de multilingüismo dentro de la UE y sus instituciones.

Por otra parte, para posibilitar que la información escrita sobre la Unión Europea sea accesible a sus ciudadanos, la Unión Europea cuenta con servicios lingüísticos en sus instituciones, órganos y organismos que cuentan con traductores e intérpretes que trabajan, o bien en plantilla, o bien como autónomos. Uno de estos servicios lingüísticos es la Dirección General de Traducción (Directorate-General for Translation) de la Comisión Europea, que es uno de los principales servicios de traducción del mundo. Sus traductores trabajan entre Bruselas y Luxemburgo. Para los servicios de interpretación, existe una Dirección General de Interpretación (Directorate-General for Interpretation), que normalmente se conoce como SCIC.