"ReDCE núm. 43. Enero-Junio de 2025"
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La regulación digital europea se había completado ya en gran medida con la aprobación del Reglamento de Inteligencia Artificial[1] hace tan solo unos meses. Junto con las otras regulaciones de la sociedad digital puestas en marcha previamente por la UE parecía que comenzábamos a estar en condiciones de hacer frente a las lesiones de derechos y a la afectación a la democracia que han protagonizado en los últimos años las grandes compañías tecnológicas (estadounidenses, sobre todo, pero también chinas). Además de servir a esa finalidad, la regulación europea (y no sólo en el ámbito digital) estaba desarrollando todavía el llamado “efecto Bruselas”[2], un efecto que parecía mantenerse a pesar de las dificultades que se le planteaban en diversos ámbitos[3] e incluso podría estar dando lugar a una cierta convergencia con Estados Unidos frente al modelo chino de regulación[4].
Preciso es advertir que la cuestión que vamos a tratar en este trabajo no es la de ese potencial efecto negativo de la globalización fragmentada o del nuevo contexto global (que se está desarrollando todavía de manera incierta bajo la nueva Administración Trump) sobre la proyección externa de la regulación europea y su posible utilización como modelo de regulación. Lo que vamos a analizar es la posible influencia de ese nuevo contexto global sobre la capacidad de protección que esa regulación europea puede tener en el ámbito europeo respecto de la democracia pluralista y los derechos de la ciudadanía.
Nuestra perspectiva es diferente porque, como se ha evidenciado en los últimos años con el ejemplo de Brasil[5], la dimensión del mercado permite una regulación efectiva, aunque esa regulación no desarrolle efectos externos sobre la actividad de las compañías tecnológicas o sobre su control por parte de otros países. Desde esa perspectiva, la dimensión del mercado europeo no va a dejar de ser relevante a efectos de su capacidad de protección de los mercados estatales y de la ciudadanía europea frente al mercado global, aun cuando no necesariamente tenga efectos fuera de la Unión Europea.
Tampoco consideramos, obviamente, que el hecho de que la regulación europea desarrolle efectos externos pueda suponer justificación alguna para limitar el alcance de la integración europea por cuanto la Unión Europea pueda tener por esa vía una capacidad de influencia en el exterior[6]. Si la Unión Europea hubiera avanzado en integración política dejando atrás el desfasado modelo de integración actual posiblemente este artículo ni siquiera tendría que haberse escrito porque un modelo federal habría generado una posición geopolítica muy diferente de la que tiene ahora y habría impedido que los otros agentes globales la trataran como lo que es, un poder nulo desde cualquier punto de vista salvo el de la regulación de su mercado interno.
Desde un planteamiento constitucional, que es el que inspira este trabajo, esa “no Europa Federal” o “no Europa políticamente integrada” lleva teniendo consecuencias durante todo el siglo XXI, porque está impidiendo que la UE se convierta en un actor global con capacidad para defender los valores constitucionales en que se fundamenta (por más que no sean reconocidos expresamente como “constitucionales” sino como “europeos” que es una forma de vaciarlos de contenido y de debilitar su capacidad para generar una identidad europea[7]) . Esta ausencia de Europa no se puede compensar con ninguna capacidad regulatoria del mercado que, por cierto, era ya la última frontera, el último mecanismo que todavía le quedaba a la UE para hacer oír su voz en el contexto de la globalización.
El problema que tenemos a partir de enero de 2025, con la toma de posesión de D. Trump como Presidente de Estados Unidos, es que ese último residuo de poder se ve sometido a contestación por parte de otros poderes globales y especialmente de Estados Unidos, con todas las capacidades que tiene a su alcance, que son muchas: la económica, la geopolítica (incluyendo la limitación de la ayuda en materia de defensa) la energética y la tecnológica. Ámbitos todos, en los que, como veremos, la Unión Europea no ha hecho sus deberes porque para poder utilizar esas capacidades era necesario avanzar en integración política y sustituir el actual modelo de integración por un modelo federal.
En esas condiciones, la regulación digital europea se está viendo sometida ya a fuertes tensiones que pueden comprometer su eficacia futura en el nuevo contexto global. Se puede perder así la posibilidad de ofrecer a los Estados la capacidad de mediación que la Unión Europea ha tenido hasta ahora entre la globalización y los Estados, para proteger sus estructuras económicas y también, en gran medida, sus sistemas constitucionales y los derechos de su ciudadanía. Puede darse el caso de que países con mercados más limitados que el europeo, pero con mayor capacidad política interna (el ejemplo de Brasil es evidente) puedan controlar en mayor medida a los agentes globales y proteger también de modo más efectivo los derechos de la ciudadanía y la democracia pluralista.
La regulación del mercado ha expresado históricamente el gran potencial integrador de la Unión Europea a la vez que ha servido como instrumento de defensa de los intereses europeos frente a los agentes globales. Por más que esa regulación, como indica Stelio Mangiameli, se inspire en una filosofía precisa que no se extiende a su funcionamiento, sino que se limita a controlar sus posibles deficiencias para evitar que puedan afectar a la competencia y a los derechos de los consumidores[8].
Un planteamiento que se aleja, desde luego, del que inspira a la constitución económica nacional que se basa en la ordenación ilimitada por el Estado de los factores económicos, capital y trabajo[9]. Se podría decir, desde esta perspectiva, que la constitución económica nacional implica una capacidad de ordenación normativa mucho más profunda que la que se abre con la regulación del mercado europeo[10]. La constitución económica nacional, como indicara Franz Neumann, no equivale a cualquier tipo de relación entre constitución y economía, sino que exige la intervención estatal sobre la economía[11].
La capacidad de regulación europea no parte de la misma lógica que la de la constitución económica estatal entre otras cosas porque la Unión Europea, por más que tenga una “estatalidad” indudable dentro de un contexto de pluralismo constitucional[12], no tiene la condición formal de Estado y carece de la capacidad de ejercer una soberanía plena sobre los factores económicos como la que tenía el Estado, aunque el Estado tampoco la tenga ya, precisamente por la necesidad de compartir su poder político sobre la economía con la Unión Europea. Un poder político que resulta cada vez más limitado en el contexto de la globalización.
En efecto, con la globalización la constitución económica pierde su funcionalidad porque ya no expresa la capacidad de la constitución nacional para regular en plenitud la esfera económica, canalizando y haciendo posible la solución de los conflictos entre los diversos agentes económicos y sociales a través de las cláusulas económicas establecidas por la propia constitución[13]. Constitución económica y globalización son, en gran medida, incompatibles, porque el Estado carece ya de muchas de las facultades de intervención sobre la economía que eran características de la constitución económica nacional[14]. La economía pierde una parte de su “normatividad” o “constitucionalidad”, debilitándose su sometimiento a la constitución económica.
Por su parte, la capacidad de regulación europea del mercado, aunque interviene también sobre la constitución económica nacional y la debilita, ha sido un poderoso instrumento de protección del mercado nacional. No es, desde luego, equiparable a la capacidad que tendría si la UE fuera un Estado federal, porque la lógica supranacional es diferente a la estatal y porque las competencias que tienen las instancias europeas, aunque se ejerciten en plenitud en el plano jurídico a través de la primacía del Derecho europeo (como si se tratara de un Estado federal[15]), carecen de la extensión y la intensidad necesaria para configurar una constitución económica en el sentido originario que esta expresión tenía en el Estado nacional.
Sin embargo, si analizamos el desarrollo histórico en Europa desde la Revolución Francesa desde la perspectiva del mercado podemos ver una evolución que marca la transformación del mundo estamental en el mundo moderno mediante la liberación de las fuerzas productivas, capital y trabajo, que se realiza a través de instrumentos jurídicos, esencialmente de la constitución y el nuevo sistema de fuentes del derecho que se establece, mediante la atribución a la ley de una capacidad revolucionaria de transformación de la sociedad por medio de la fuerza de ley y del principio de eficacia[16]. Con esos instrumentos jurídicos se crearon los mercados nacionales.
La segunda globalización, que se inicia en los mismos años que el comienzo del proceso de integración europea (la década de los cincuenta del pasado siglo XX) debilita a los mercados nacionales en la medida en que acelera el proceso de construcción de un mercado global. En ese momento incipiente todavía se utilizan instrumentos jurídicos que contribuyen a la liberación de las fuerzas productivas a nivel global. Es en ese momento cuando la integración europea alcanza su mayor grado de funcionalidad con un proceso de integración que no se inspira en el Derecho constitucional ni pretende formar un Estado federal, sino que, por diversos motivos[17], se basa en una construcción de carácter supranacional inspirada en el Derecho internacional.
Esa funcionalidad se puede medir en relación con su capacidad de protección de los mercados nacionales (y, por tanto, de la economía de los Estados miembros e igualmente de sus sistemas constitucionales de derechos) frente al mercado global. Los primeros cincuenta años de la integración europea fueron una historia de éxito porque las instituciones europeas realizaron una mediación positiva entre los Estados y la globalización, destinada a proteger a los Estados miembros y a sus economías frente a los agentes globales. Una historia de éxito que terminó de manera dramática con la crisis financiera de 2008[18]. Y terminó así porque la Unión Europea no siguió la lógica de integración que se había abierto con el Euro y con la ciudadanía europea, que debería haber conducido a un Estado federal, sino que quiso mantener un modelo de integración que estaba ya agotado y que no resultaba operativo frente a la tercera globalización[19].
En efecto, el cambio del siglo XX al XXI habría exigido ya un Estado federal europeo para que la UE tuviera las capacidades necesarias para hacer frente a los grandes agentes globales de carácter financiero inicialmente y tecnológico después que se estaban desarrollando con la tercera globalización. Es muy posible que con un Estado federal europeo desde el cambio del siglo la crisis financiera no se hubiera producido o no hubiera tenido el alcance que tuvo. También es pensable que una UE federal con capacidades militares de defensa podría haber sido un factor decisivo para evitar la invasión de Ucrania y la guerra. Es difícil saber el alcance que la “no Europa Federal” ha podido tener en la dramática evolución que está teniendo el siglo XXI para la constitución, la democracia, los derechos y la paz en Europa. Pero es posible aventurar que muchos problemas que hemos tenido y estamos teniendo no se habrían producido con una Europa fuerte y con capacidad política propia.
Lo que sí parece claro es que el paradigma de la regulación europea del mercado y su capacidad de mediación positiva ha seguido desarrollándose hasta este año de 2025, aunque cada vez con mayor dificultad debido a la fragmentación de la globalización y a las mediaciones negativas que ha generado, especialmente a partir de la guerra de Ucrania, cuando la geopolítica hace su entrada en la escena global y comienza a condicionar todas las capacidades europeas generando una crisis existencial que cada vez es más profunda. Cuando estalla la guerra de Ucrania y se hace visible el enfrentamiento entre los dos grandes bloques que están fragmentando la globalización, liderados por Estados Unidos y China[20], la Unión Europea se encuentra en una situación de debilidad extraordinaria que se manifiesta en el sistema de dependencias que se puede observar en los distintos ámbitos que son relevantes desde el punto de vista de la globalización[21].
En efecto, la UE tiene cada vez más difícil conseguir autonomía política en el contexto de la globalización fragmentada porque carece de los elementos que le permitirían convertirse en un actor global, equiparable a las grandes potencias actuales. No tiene autonomía militar porque su política de defensa (algo que es más importante que el gasto en equipamiento militar, sobre el que se está centrando actualmente la atención, con un programa discutible desde el punto de vista de las necesidades de defensa[22]) depende de los Estados Unidos. No tiene autonomía económica porque su economía depende en gran medida de Estados Unidos y de China[23]. No tiene autonomía tecnológica, porque las grandes compañías tecnológicas son estadounidenses o chinas. No tiene autonomía energética, porque sigue dependiendo en gran medida de Rusia[24].
¿Qué otra potencia de las que intervienen como actores globales tiene tantas dependencias de sus competidoras? Evidentemente ni Estados Unidos ni China que son los potenciales competidores de la Unión Europea por la dimensión de su economía y su posición geoestratégica. Ahora bien ¿cuál es el factor diferencial que explica esta evolución negativa de los últimos veinticinco años de la Unión Europea frente al avance de sus competidores? Lo es en gran medida el modelo de integración, que hace veinticinco años debía de haberse transformado en un modelo federal para que la UE hubiera podido hacer frente a los retos de la tercera globalización y del siglo XXI. La gestión de las capacidades económicas de la UE se ha limitado esencialmente a la regulación del mercado en un mundo en el que la capacidad política era imprescindible para promover la transformación tecnológica, la política de defensa europea, la transformación ecológica (también para reducir la dependencia energética del exterior) y la propia transformación de la economía derivada en gran medida de todas las demás.
La regulación del mercado es el último recurso que le queda a la Unión Europea para proteger a la ciudadanía europea frente al mundo y para mitigar los efectos negativos de la globalización en el espacio europeo. Hasta ahora ha funcionado y ha permitido el control de las grandes compañías globales, como las tecnológicas (no solo en Europa: también en otros mercados de dimensiones relevantes como es el caso de Brasil) y hasta una cierta capacidad de influencia en el mundo a través del llamado “efecto Bruselas”[25]. A través de la regulación del mercado la UE ha podido desarrollar una mediación positiva frente a la globalización para proteger la economía de los Estados y también, en cierta medida, los derechos de la ciudadanía europea.
La protección de los derechos de la ciudadanía a través de la regulación del mercado, por paradójico que pudiera parecer, tiene una continuidad histórica con la función que el constitucionalismo desarrolló en sus orígenes en la creación de los mercados nacionales. Frente a la incapacidad de la constitución para regular el mercado global, la potencialidad del mercado europeo para la protección del mercado nacional es lo que hace posible que el constitucionalismo haya seguido teniendo una proyección relevante en el contexto de la globalización pese al ambiente hostil que la tercera globalización ha generado para el derecho constitucional[26].
Desde la perspectiva del constitucionalismo, uno de los aspectos más interesantes de la transformación que la integración europea supone, es la configuración de un mercado supranacional que cumple una función importante de protección del mercado estatal frente al mercado global. La Unión Europea realiza una función de mediación positiva entre la globalización y los Estados miembros[27], preservando el ámbito constitucional de los Estados a través de la regulación del mercado europeo, como se evidencia, por ejemplo, con la regulación de la IA y la tecnología, que está destinada a proteger a la democracia y los derechos.
Desde esta perspectiva, aunque las instituciones europeas hayan renunciado formalmente a la utilización de los términos “constitucionales” y se refieran a los principios y valores constitucionales no como tales sino como “europeos”[28], lo cierto es que están realizando una función esencialmente constitucional -que conecta claramente con la función que históricamente desarrolló la constitución en los albores del mundo moderno- mediante la construcción de un mercado europeo con la dimensión necesaria, en el contexto de la globalización, para hacer viable un entorno social y económico en el que se mantengan los avances civilizatorios que el constitucionalismo representa.
La globalización está experimentando una modulación importante, que puede estar conduciendo a su fragmentación a partir de la tensión entre Estados Unidos y China. Una tensión que es anterior a la guerra de Ucrania y tiene que ver con la rivalidad por la hegemonía global. China no tiene la capacidad militar de Estados Unidos, aunque ha hecho grandes progresos en los últimos años[29], pero China es, desde el año 2014, si medimos el PIB en términos de paridad de poder adquisitivo, la primera potencia económica mundial[30]. Las previsiones económicas apuntan a que tendrá un PIB de casi el doble de Estados Unidos para 2030[31].
Esta rivalidad no es solamente económica sino también tecnológica y es ahí donde comenzaron las primeras tensiones, con el veto a la compañía Huawei, especialmente por lo que se refiere a la tecnología 5G[32], así como a la red social TikTok, de la empresa china ByteDance[33], que tiene 170 millones de usuarios en Estados Unidos. Esta última está, a fecha de hoy (31 de marzo de 2025) pendiente de una prohibición de actividades en Estados Unidos, que entró en vigor el 19 de enero y que fue levantada por D. Trump con un periodo de prórroga de la actividad de la red social de tres meses[34], ampliado después por otros 75 días[35].
Del desarrollo tecnológico de China da muestra el fenómeno DeepSeek, una Inteligencia Artificial Generativa que ha puesto en serios aprietos a las compañías tecnológicas norteamericanas por diversos motivos. El primero de ellos porque ha sido desarrollada a pesar de las sanciones de Estados Unidos a China, que le impedían la utilización de tecnología específica de empresas norteamericanas. El segundo porque se ha diseñado con un coste económico muy inferior al que han necesitado las compañías norteamericanas. El tercero porque su utilización también requiere un menor uso de recursos[36].
Todo lo anterior sumado ha supuesto una pérdida enorme de valor bursátil de las compañías tecnológicas norteamericanas[37], solo unos días después de que Donald Trump presentaba un plan financiero para el desarrollo de la IA[38] por importe de quinientos mil millones de dólares, una cantidad inferior a la pérdida de valor bursátil que DeepSeek provocó en una sola compañía, la estadounidense Nvidia, que perdió seiscientos mil millones de dólares en un día[39]. Pero, además, ha puesto de manifiesto la incapacidad de Estados Unidos para frenar el desarrollo tecnológico chino a pesar de las medidas restrictivas que ha adoptado en los últimos años para impedir que China pudiera avanzar en materia de Inteligencia Artificial.
En todo caso, la tensión entre Estados Unidos y China se incrementó notablemente con la guerra de Ucrania, que esbozó dos grandes bloques globales[40], liderados por estos dos países, y en el que tanto Rusia como la Unión Europea ocupan una posición subordinada. Por un lado, Rusia ha tenido que aceptar la tutela China para sortear las sanciones que se le han impuesto por parte de Estados Unidos y de la Unión Europea. Por otro lado, la Unión Europea ha tenido que someterse a la tutela militar de Estados Unidos para hacer frente a una guerra en territorio europeo y por el temor generado por la agresión rusa.
El resultado de esta evolución reciente de la globalización ha sido lo que la WTO denomina “fragmentación”[41] y que refleja la tendencia a modular la globalización mediante el recurso a cadenas de suministro más cercanas, sea desde el punto de vista geográfico sea desde el punto de vista geoestratégico[42]. La nueva Administración Trump está generando tensiones añadidas con su política de aranceles, su agresividad contra la UE y otros países, sus pulsiones imperialistas (especialmente frente a Canadá y Groenlandia) y su acercamiento a Rusia, entre otros factores que están desequilibrando el sistema constitucional norteamericano y el orden global[43].
La fragmentación de la globalización ha puesto en riesgo la capacidad de mediación positiva de la Unión Europea entre el mercado global y los mercados nacionales mediante la regulación del mercado europeo. En efecto, la fragmentación de la globalización está generando dos grandes bloques mundiales liderados por China y Estados Unidos con capacidad para generar “mediaciones negativas” desde el punto de vista de los intereses del resto del mundo, en favor de sus propios intereses. Si la capacidad de regulación europea se ve afectada o incluso neutralizada por factores geopolíticos las grandes compañías tecnológicas podrán seguir desarrollando sus aplicaciones sin control alguno que permita garantizar los derechos y preservar la democracia en los Estados miembros de la UE.
Con la nueva Administración Trump, las mediaciones negativas están aumentando y están afectando ya a la capacidad de regulación del mercado europeo. El ejemplo más claro lo tenemos en la regulación de la Inteligencia Artificial, en gran medida completada por la UE a través del Reglamento de Inteligencia Artificial, cuya eficacia se puede ver comprometida por la utilización por parte de Estados Unidos de su capacidad de presión geoestratégica para impedir la puesta en práctica de medidas que puedan controlar a las compañías tecnológicas estadounidenses. Cada vez parece más lejano el proyecto de una auténtica integración europea a través de un Estado federal y, por el contrario, se acerca cada vez más una dependencia colonial de Europa respecto de las grandes potencias mundiales.
La vertiente tecnológica de esta tensión entre geopolítica y regulación del mercado se sitúa en el centro de muchos de los conflictos que estamos viviendo actualmente. Las compañías tecnológicas que, durante el primer mandato de Trump -que ellas promovieron- se limitaron a pedir la ayuda de la Administración Trump para evitar el control internacional de sus actividades, ahora parecen haber cambiado de paradigma. Una parte de esa transformación no tiene nada que ver con las compañías tecnológicas como tales sino con los intereses económicos de Elon Musk que utiliza su propia red social como un instrumento a favor de sus otros negocios y, por tanto, puede arriesgar mucho más que las otras compañías, como ha hecho al posicionarse políticamente de un modo explícito -sin que ello fuera necesario, como veremos- para favorecer a esos negocios.
Pero hay otra parte en la que existe una continuidad en la dependencia de la Administración Trump de las compañías tecnológicas que se manifestó ya en su primer mandato, pero que se ha profundizado en este segundo mandato: la defensa de las compañías tecnológicas frente al control por parte de otros países y especialmente la Unión Europea y la tensión con China por controlar la transformación digital. También aquí hay un cambio de paradigma propiciado por Elon Musk. Mientras Trump fue promovido al poder por las grandes compañías tecnológicas en su primer mandato para bloquear la política y evitar el control de sus actividades, en su segundo mandato los intereses específicos de Elon Musk han impulsado también el nuevo paradigma que ahora consiste no en bloquear la política para que no interfiera en los intereses privados sino en someterla directamente a los intereses privados, aunque la ruptura entre Trump y Musk haya terminado por expulsar a este último del círculo de poder de la Administración Trump y ha evidenciado que esta supeditación de los intereses públicos a los privados va a ser gestionada directamente por el Presidente de Estados Unidos.
Es pronto todavía para saber si estos nuevos paradigmas se consolidarán o no. Pero en ellos se puede ver una nueva manifestación de debilidad de la Unión Europea que sigue aferrada a un modelo de integración que es totalmente inadecuado a las condiciones de la tercera globalización y que puede comprometer el proyecto europeo en el contexto actual de fragmentación de la globalización. La irrelevancia de Europa en el contexto global no se resuelve ya con la regulación del mercado o con inversión económica. Antes que capacidad militar, económica, tecnológica o energética, la Unión Europea necesita capacidad política de manera urgente.
La transformación del modelo de integración en sentido federal resulta ya imprescindible para la supervivencia de Europa. La refundación de Europa en sentido federal es lo único que puede convertir a la Unión Europea en un interlocutor fiable para las grandes potencias globales y salvar así al mundo de las turbulencias que estamos viviendo desde que comenzó el año 2025.
En los últimos meses se han producido algunos hechos relevantes que afectan a la gobernanza global y que parecen profundizar en la fragmentación de la globalización al tiempo que indican nuevas tendencias en la forma en que las compañías tecnológicas han gestionado los procesos comunicativos digitales hasta ahora, así como su relación con el poder político. Quizás el más significativo sea la toma de partido explícita de algunas compañías tecnológicas a favor de opciones políticas concretas y particularmente de la candidatura de Donald Trump a la Presidencia de los Estados Unidos. Lo es por muchos motivos que afectan de manera esencial a la Unión Europea y pueden contrarrestar los esfuerzos desplegados hasta ahora por regular y controlar a las compañías tecnológicas. Esfuerzos que han tenido su última manifestación importante en el Reglamento de Inteligencia Artificial de 2024.
Para comprender la importancia de este cambio de actitud de las compañías tecnológicas hay que tener en cuenta que la política que han seguido hasta ahora ha sido muy diferente. Estas compañías, singularmente Facebook (actualmente Meta) han intervenido en política de manera partidista a través de propaganda subliminal, inadvertida por los usuarios (como ocurrió ya con el referéndum del Brexit y las elecciones presidenciales norteamericanas de 2016) o bien configurando sus algoritmos también de forma silenciosa, favoreciendo a opciones políticas concretas sin que ello pueda ser percibido por sus usuarios.
Esta manipulación de los usuarios nunca ha sido evidente por cuanto de manera explícita se ha negado esa orientación partidista, como ocurrió después de las elecciones presidenciales norteamericanas de 2020, cuando expulsaron a Trump de las redes sociales, incluidas las de Facebook que, sin embargo, siguió promocionando con sus algoritmos el discurso trumpista. Las elecciones presidenciales de Estados Unidos de 2016 y de 2020 resultan especialmente útiles para analizar el modo en que se han comportado hasta ahora las redes sociales en relación con las distintas ideologías y opciones políticas que conviven en su interior.
En las elecciones presidenciales de 2016 se promovió a D. Trump a la Presidencia de Estados Unidos mediante una manipulación electoral que afectó a varios Estados clave en los que la diferencia entre los dos candidatos eran unos cuantos miles de votos. Lo que hizo Facebook no fue propaganda política a favor de Trump, ni siquiera propaganda política como tal, sino utilizar los perfiles psicológicos de los votantes demócratas más o menos indecisos (elaborados con los datos obtenidos de su actividad en la red) para fomentar su abstención mediante propaganda subliminal que no tenía un contenido político, sino que estaba orientada a generar el malestar de esos votantes (utilizando sus fobias, de las que ellos mismos podían no ser siquiera conscientes) contra la candidata Clinton[44].
En las elecciones presidenciales de 2020 no tenemos constancia del uso de propaganda subliminal, pero sí la tenemos de una operación silenciosa de apoyo a D. Trump posterior a las elecciones que resulta esclarecedora del modo de actuar de las redes sociales y, en particular de Facebook. Por un lado, esta compañía, como las demás compañías tecnológicas, expulsó a Trump de sus redes apareciendo así ante la opinión pública como una compañía respetuosa con la constitución y defensora de la democracia ante los ataques de Trump. De ese modo, Trump perdió más de 144 millones de seguidores sumando el total de las distintas redes de las que fue expulsado y no consiguió recuperarlos ni con su blog ni creando su propia red social (Truth)[45].
Aparentemente, D. Trump era un cadáver político sin el apoyo de las compañías tecnológicas que lo habían llevado al poder en su primer mandato y que monopolizaban el espacio público si tenemos en cuenta las cifras mínimas de seguidores que consiguió tanto en su blog como en su red social y que parecían suponer su práctica desaparición del espacio público. Sin embargo, esta pérdida masiva de seguidores y su exclusión de las redes sociales, hasta que fue admitido de nuevo, no le impidieron volver a ser el candidato del Partido Republicano a la Presidencia (cuestión diferente es la de su elección como Presidente, en la que incluso ha tenido el apoyo explícito de una de ellas) ¿cómo ha sido posible?
La respuesta es fácil: porque, aunque las compañías tecnológicas lo habían expulsado de sus redes sociales, no le habían retirado su apoyo, sino todo lo contrario. Por eso Trump no necesitaba estar personalmente en las redes sociales para promocionarse, porque ya lo hacían por él los algoritmos de las compañías tecnológicas. En efecto, un estudio de The New York Times posterior al asalto al Capitolio y a la expulsión de Trump de las redes sociales puso en evidencia ese apoyo al demostrar que los algoritmos de Facebook favorecieron el discurso trumpista hasta el punto de ser un factor relevante en el asalto al Capitolio. Siguiendo la evolución de algunos usuarios de Facebook, en la investigación se pudo comprobar cómo el número de likes que recibían normalmente y que era insignificante, se multiplicó de manera extraordinaria hasta llegar a miles de likes en cuanto asumieron el discurso trumpista en el que se afirmaba que las elecciones habían sido fraudulentas y que Trump era el auténtico Presidente[46].
Por tanto, D. Trump no necesitaba estar presente de manera directa en las redes sociales porque los algoritmos diseñados por las compañías tecnológicas promovían sus posiciones políticas, favoreciendo sus intentos de volver a ser Presidente, como así ha sido. Una promoción que en el caso de X (la antigua Twitter) ha sido absolutamente explícita por parte de su nuevo propietario, Elon Musk. Un apoyo explícito que rompe el modelo de negocio que han seguido hasta ahora las redes sociales en el que, como hemos indicado, el apoyo a determinados líderes políticos que representan posiciones populistas y antidemocráticas se ha realizado siempre de manera silenciosa, a través de propaganda subliminal o del diseño específico de los algoritmos en favor de esas posiciones.
El motivo por el que las compañías tecnológicas han mantenido siempre una neutralidad formal tiene que ver con la estructura de los procesos comunicativos que se desarrollan a través de las redes sociales. Los medios de comunicación tradicionales atraen a su público en función de sus líneas editoriales, generando así una segmentación de la opinión pública y un debate abierto entre las distintas opciones ideológicas y políticas que contribuye a la construcción de la democracia pluralista. Por el contrario, las redes sociales tienen un público universal, de manera que el público potencial de Facebook o de Instagram es la sociedad entera de cada país.
Hasta ahora, las redes sociales habían conseguido mantener a ese público tan diverso dentro de sus aplicaciones por medio de los algoritmos. Los algoritmos les han permitido integrar la diversidad de opciones ideológicas de ese público universal sin necesidad de asumir posiciones políticas explícitas. A través de los perfiles de usuario elaborados mediante la extracción masiva de datos han podido dar a cada usuario las informaciones y las opiniones que se corresponden con las orientaciones ideológicas manifestadas mediante su actividad en Internet.
El resultado inevitable de la segmentación mediante algoritmos ha sido la fragmentación del espacio público y la radicalización de las posiciones ideológicas. Al mismo tiempo, el proceso de debate público propio de los medios de comunicación tradicionales se sustituye aquí por procesos cerrados y jerarquizados en los que el algoritmo ordena con plena impunidad sin que nadie, salvo las compañías tecnológicas que lo diseñan, puedan conocer el alcance de su capacidad de manipulación sobre los usuarios.
Precisamente por esa capacidad que tienen las compañías tecnológicas de manipular el espacio público de manera sigilosa e inadvertida, no tienen necesidad de explicitar sus opciones políticas. Es más, hacerlo puede resultar disfuncional para sus intereses porque rompe el funcionamiento propio de las redes sociales, basado en acoger a un público potencialmente universal, pudiendo conducir a que los usuarios que defienden opciones políticas contrarias a las que promueven esas redes sociales las abandonen[47].
El cambio que se ha producido tiene nombres y apellidos: Elon Musk y su red social “X”. Pero Elon Musk no tenía necesidad de apoyar explícitamente a Trump. Podía conseguir los mismos e incluso mejores resultados mediante una configuración de sus algoritmos que favorecieran el discurso trumpista como hemos visto que había hecho Meta a través de sus redes sociales. La explicación más verosímil de este movimiento tiene que ver con el hecho de que Elon Musk tiene otros intereses empresariales distintos de la red social de la que es propietario. Por ese motivo, la red social tiene para él un carácter meramente instrumental[48]. De esa manera se explica que hiciera algo que no era necesario desde la perspectiva de promocionar a Trump. Algo que solo tiene sentido sobre la base de su deseo de aparecer como el campeón de los seguidores de Trump.
Ese movimiento de Elon Musk tuvo efectos muy positivos para él[49] hasta su ruptura con D. Trump, aunque también algunos inconvenientes[50]. Le permitió entrar en el núcleo de poder de la Administración Trump para favorecer sus contratos con el sector público, además de servirle de escudo para limitar regulaciones y control en Estados Unidos, así como defender a sus empresas frente a otros países.
Por el contrario, las compañías tecnológicas tuvieron que salir de la zona de sombra donde podían influir sobre la política sin sufrir desgaste alguno. Se han visto arrastradas a situarse bajo los focos debido a ese movimiento de Elon Musk. Las consecuencias para esas compañías de su ostentación pública de poder se verán con el tiempo. De momento lo que nos interesa destacar ahora es que la ocupación del terreno político por esas compañías está conduciendo a la Administración estadounidense a reducir los controles propios y a intentar contrarrestar la regulación europea y el control de la Inteligencia Artificial utilizando su poder y su posición geopolítica.
Esto lo estamos viendo ya claramente desde las primeras actuaciones de la Administración Trump. Desde la anulación de medidas regulatorias por parte de la propia Administración[51] hasta la eliminación de la moderación de contenidos por las compañías tecnológicas que gestionan redes sociales o aplicaciones de Internet, como ha sido el caso de Meta, siguiendo la estela de X, la antigua Twitter[52]. Pero la presión de mayor alcance sobre la Unión Europea ha comenzado ya en diversos frentes con una finalidad específica: eliminar los controles a las compañías tecnológicas norteamericanas en el mercado europeo[53]. Pese a ello, la intervención europea sobre el mercado ha seguido (al menos con los procedimientos que estaban ya en curso[54]) y habrá que esperar para ver si se verá afectada por la presión geopolítica norteamericana.
Podemos comenzar a sufrir ahora los efectos de la fragmentación de la globalización y el desarrollo de esta capacidad de “mediación negativa” de los líderes de los grandes bloques mundiales y, en particular, de Estados Unidos por lo que se refiere a la regulación europea de la Inteligencia Artificial. Lo que estamos viviendo desde la llegada de Trump al poder se corresponde en gran medida con esa situación. Estas mediaciones negativas favorecen a los países que están liderando los dos grandes bloques en los que se está fragmentando la globalización, Estados Unidos y China, debilitando así la función de mediación positiva entre las dinámicas globales y los Estados miembros que ha desarrollado tradicionalmente (con la excepción de la crisis financiera de 2008) la Unión Europea.
En la medida en que la globalización se siga fragmentando en función de afinidades geopolíticas, estos tipos de condicionantes pueden generar posiciones de hegemonía de los líderes de cada uno de los bloques globales que les permitan ejercer un poder cada vez mayor sobre su esfera de influencia en favor de sus propios intereses. Se rompe así cualquier tipo de racionalidad, no sólo la económica de la globalización (por discutible que esta pueda ser) sino también la legitimación democrática, aunque sea indirecta, en la que se basa la función mediadora de la Unión Europea. En definitiva, una Unión Europea plenamente sometida a los intereses de Estados Unidos bajo el mandato de Trump está en el horizonte posible y es de los peores escenarios imaginables para Europa y para el mundo.
La regulación digital europea se está viendo sometida a fuertes tensiones que no tienen precedentes y que ya no parten solamente de las grandes compañías tecnológicas estadounidenses o del apoyo que la Administración norteamericana les ha dado, especialmente en el primer mandato de D. Trump. El nuevo contexto global que se está desarrollando desde la toma de posesión de D. Trump en enero de 2025 supone algunos cambios de paradigma y transformaciones coyunturales cuyo alcance futuro es incierto.
Uno de los cambios de paradigma que pueden afectar a la regulación digital es la actitud de las compañías tecnológicas frente al poder político y específicamente en relación con la Administración Trump. En 2016 esas compañías, encabezadas por Facebook y M. Zuckerberg promovieron a Trump a la Presidencia con la intención de bloquear la política e impedir los controles que podían afectar a su actividad, en una fase todavía incipiente de regulación europea. D. Trump se limitó a mantener la ausencia de controles internos, a frenar algunas iniciativas europeas de carácter tributario y a hacer frente a las tecnológicas chinas.
En 2025, por el contrario, bien se puede decir que las compañías tecnológicas, encabezadas inicialmente por E. Musk hasta su ruptura con Trump, están dispuestas a utilizar todos los resortes a su alcance para frenar y limitar la regulación europea. A ello se une el hecho de que entre el primer periodo de mandato de Trump y el segundo, la geopolítica ha entrado en escena con la guerra de Ucrania, debilitando extraordinariamente a la Unión Europea al fragmentar la globalización y generar mediaciones negativas en favor de los intereses de los dos grandes líderes globales, Estados Unidos y China. Esas mediaciones negativas limitan la capacidad de mediación positiva que la Unión Europea ha desarrollado hasta ahora entre el mercado global y los mercados nacionales.
Ese nuevo paradigma ha ido acompañado de cambios en la forma en que las compañías tecnológicas han gestionado los procesos comunicativos desarrollados a través de las redes sociales y de las aplicaciones de Internet. Hasta la última campaña presidencial norteamericana, redes sociales como Facebook habían influido en favor de D. Trump por medio de propaganda subliminal o a través de la configuración de sus algoritmos, de manera oculta, sin que la promoción del discurso trumpista se haya podido conocer más que a través de filtraciones de las propias compañías o de estudios de campo.
Ninguna compañía tecnológica que apoyara a Trump necesitaba, por tanto, hacer explícito su respaldo, ya que lo podían hacer de manera secreta sin exponerse a la opinión pública. Una exposición problemática debido a la estructura de las redes sociales, que tienen como público potencial a todo el país, a diferencia de los medios de comunicación tradicionales que articulan su público a través de sus líneas editoriales que limitan el número de sus usuarios. Con ese público universal, las redes sociales mantienen la fidelidad de usuarios de muy diferente perfil ideológico a través de sus algoritmos, ofreciendo los contenidos que son coherentes con el de cada uno.
En las elecciones presidenciales de 2024, sin embargo, hubo un posicionamiento explícito de Elon Musk, propietario de la red social X, a favor de Trump, rompiendo así la neutralidad formal mantenida por las redes sociales. El hecho de que Elon Musk se posicionara públicamente en favor de Trump y pusiera su red social al servicio del candidato no tiene ninguna explicación desde el punto de vista de la eficacia de su apoyo, ya que podía prestarlo igualmente de manera secreta con la misma eficacia o más (a través de la propaganda subliminal o de la configuración de sus algoritmos). Su finalidad, por tanto, era diferente, la de incorporarse a la nueva Administración para favorecer sus otros negocios, que dependían en gran medida de esa Administración. Algo que hizo hasta su ruptura con D. Trump.
Al conducir a las demás compañías tecnológicas al núcleo del poder en Estados Unidos, E. Musk ha generado dinámicas de sometimiento de los intereses públicos a los privados, aunque ahora ya no le beneficien a él porque esas dinámicas están siendo gestionadas directamente por D. Trump. Entre esas dinámicas está la utilización de todas las capacidades, incluida la geopolítica, para dificultar la puesta en práctica de la regulación digital europea, limitando el único residuo de poder que le quedaba a Europa: la regulación de su propio mercado. Se agudiza así la crisis existencial de la Unión Europea, que solamente podrá resolverse mediante una transformación del modelo de integración actual en un modelo federal.
Resumen: La regulación digital europea se había completado ya en gran medida con la aprobación del Reglamento de Inteligencia Artificial en fechas recientes. Junto con las otras regulaciones de la sociedad digital puestas en marcha previamente por la UE parecía que comenzábamos a estar en condiciones de hacer frente a las lesiones de derechos y a la afectación a la democracia que han protagonizado en los últimos años las grandes compañías tecnológicas. Sin embargo, el cambio de las condiciones geopolíticas propiciado por la fragmentación de la globalización y la nueva Administración Trump están poniendo en riesgo la implementación de esa regulación. La extraordinaria debilidad de la Unión Europea se manifiesta en su incapacidad para generar mediaciones positivas entre el mercado global y los mercados nacionales debido a las interferencias de las mediaciones negativas que se están produciendo por los dos grandes líderes de la globalización fragmentada en su área de influencia, Estados Unidos y China. Nuevos paradigmas se están asentando entre las compañías tecnológicas favoreciendo un sometimiento de los intereses públicos a los privados que está siendo gestionado directamente por D. Trump. El nuevo contexto global pone en cuestión la capacidad que la regulación de la UE puede tener para proteger la democracia pluralista y los derechos de la ciudadanía.
Palabras claves: Regulación digital europea, compañías tecnológicas, globalización.
Abstract: European digital regulation had already been largely completed with the approval of the Artificial Intelligence Regulation in recent times. Together with the other digital society regulations previously implemented by the EU, it seemed we were beginning to be able to address the violations of rights and the impact on democracy that large technology companies have perpetrated in recent years. However, the new geopolitical conditions brought about by the fragmentation of globalization and the Trump administration's policies are jeopardizing the implementation of this regulation. The European Union's inability to establish positive mediations between the global and national markets is a manifestation of its extraordinary weakness, due to the negative mediations produced by the two great leaders of fragmented globalization within its sphere of influence: the United States and China. New paradigms favoring the subordination of public to private interests are emerging among tech companies, a subordination that is being directly managed by Donald Trump. The new global context calls into question the capacity of EU regulation to protect pluralistic democracy and citizens' rights.
Key words: European digital regulation, technology companies, globalization.
Recibido: 14 de enero de 2025.
Aceptado: 17 de febrero de 2025.
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[*] Este texto ha sido preparado para el Liber Amicorum Stelio Mangiameli donde será publicado en breve en su versión italiana.
[01] Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024.
[02] Cfr. A. BRADFORD, “The Brussels Effect», Northwestern University Law Review, vol. 107, núm. 1, 2012.
[03] Cfr. A. BRADFORD, «The Brussels Effect: How the European Union Rules the World», Oxford University Press, New York 2020. Edición Kindle.
[04] Cfr. A. BRADFORD, Digital Empires: The Global Battle to Regulate Technology, Oxford University Press, New York, 2023. Edición Kindle.
[05] Así, en el conflicto con Elon Musk, en el que el magnate terminó aceptando las condiciones establecidas por la justicia brasileña para no renunciar a un mercado de más de doscientos millones de personas. Cfr. N. GALARRAGA CORTÁZAR, «Brasil ordena reactivar X tras 39 días de cierre por la desobediencia de Musk al juez», El País, 9/10/2024.
[06] Como plantea Anu Bradford en los trabajos anteriormente mencionados. Cfr., por ejemplo, The Brussels Effect: How the European Union Rules the World, citado, donde se indica que «With this book, my hope is to engage supporters and detractors of the EU alike. It challenges the critics’ view that portrays the EU as a powerless global actor and shows how such a criticism focuses on a narrow and outdated vision of what power means today. For the most ardent supporters of the EU, the book gives comfort that the EU matters but also undermines the narrative that further integration is needed for the EU’s revival and relevance. Even in the absence of a European federation, the EU is already able to advance its interests, both within and beyond its borders, through the Brussels Effect» (Preface, p. 10).
[07] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «Democracia y Estado de Derecho en Europa», La cittadinanza europea, 2020, 2.
[08] «L’idea è quella del mercato regolato. Il mercato è il luogo in cui si devono formare e scambiare dei valori, ma perché questo possa accadere, non può essere abbandonato totalmente a sé stesso; occorre che sia regolato, non tanto nel suo funzionamento, quanto nelle sue possibili degenerazioni, derivanti dalla formazione di concentrazioni in grado di dominare i rapporti economici e politici, a discapito della concorrenza e dei consumatori». De tal manera que «Per raggiungere le finalità del mercato regolato viene creata una entità sopranazionale gestita dagli Stati e dotata di una autorità che garantisca l’efficacia della concorrenza anche nei confronti dell’azione degli Stati medesimi. Lo strumento di cui si munisce, o viene munita, questa entità sopranazionale è un diritto direttamente efficace all’interno degli Stati membri, di portata generale e vigilato da un giudice comune in grado di farne valere la forza giuridica». S. MANGIAMELI, «Stato, integrazione europea e globalizzazione. Le nuove sfide del costituzionalismo», Diritto e Società, núm.1, 2020, pp. 8-9.
[09] Así, Franz Neumann, que parte de la idea de que «al Estado le corresponde el poder de dirección ilimitado en el ámbito del Derecho económico en virtud de su soberanía» por lo que «en la organización de la constitución económica el Estado deberá ostentar siempre el último influjo en todos los asuntos decisivos de carácter económico-político». F. NEUMANN, «Über die Voraussetzungen und den Rechtsbegriff einer Wirtschaftsverfassung», 1931, versión española en la Revista de Derecho Constitucional Europeo, núm. 9, enero-junio de 2008. https://www.ugr.es/~redce/REDCE9/articulos/11FranzNeumann.htm.
[10] Como señala M.GARCÍA PELAYO, se puede entender por Constitución económica el conjunto de «Las normas básicas destinadas a proporcionar el marco jurídico fundamental para la estructura y el funcionamiento de la actividad económica», normas que «sirven de parámetros jurídicos básicos para la acción de los actores económicos públicos y privados», M. GARCÍA PELAYO , «Consideraciones sobre las cláusulas económicas de la Constitución», 1979, cito por Obras Completas, T. III, CECP, Madrid, 1991, p. 2857.
[11] Como indicara este autor, la constitución económica no puede equipararse a cualquier sistema económico porque «si la constitución económica fuera idéntica con aquél, en ese caso siempre hubiera existido la misma, de igual modo que el sistema económico del liberalismo (la no intervención) sería una constitución, puesto que incluso una constitución económica negativa tendría el atributo de constitución, de modo que la problemática relativa al carácter específico de una constitución económica no hubiera surgido en nuestra situación actual». F. NEUMANN, «Über die Voraussetzungen und den Rechtsbegriff einer Wirtschaftsverfassung», citado.
[12] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «El Tratado de Lisboa en el Diván. Una reflexión sobre constitucionalidad, estatalidad y Unión Europea», Revista Española de Derecho Constitucional, núm. 83, mayo-agosto de 2008, versión italiana: «Il Trattato di Lisbona sul lettino dell'analista. Riflessioni su statualità e dimensione costituzionale dell'unione europea», Quaderni della Rassegna di Diritto Pubblico Europeo, 5, pp. 13-52. «Dal Trattato costituzionale al Tratatto di Lisbona. Nuovi studi sulla Costituzione europea», a cura di Alberto Lucarelli-Andrea Patroni Griffi, Edizioni Scientifiche Italiane, Napoli, 2009.
[13] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «Costituzione economica e globalizzazione», federalismi.it, |n. speciale. 5, 2019, pp. 42-54.
[14] En última instancia, como indica Cassese, la globalización jurídica es inadecuada para tener enteramente bajo control a la globalización económica. La economía se globaliza muy rápidamente y el Estado y el Derecho intentan, menos velozmente, controlar ese desarrollo. Pero el incremento de la globalización económica es tal que no se puede hablar ya en sentido estricto de “Estado y economía”. Cfr. S. CASSESE, La nuova costituzione económica, Manuali Laterza, Bari, 2013. Versión e-book, cap. IX, «La nuova costituzione económica».
[15] Cfr. J.H.H. WEILER, «El principio de tolerancia constitucional: la dimensión espiritual de la integración europea», en F. Balaguer Callejón (coord.), Derecho constitucional y cultura. Estudios en Homenaje a Peter Häberle, Tecnos, Madrid, 2004.
[16] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, Fuentes del Derecho, CEPC, Madrid, 2022. Cfr. igualmente, del mismo autor, «Control de constitucionalidad y relaciones entre ordenamientos», Revista de Derecho Constitucional Europeo, núm. 37, enero-junio de 2022. Versión italiana: «Controllo di costituzionalità e relazioni tra ordinamenti», en Scritti in onore di Paola Bilancia, federalismi.it, 2022.
[17] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «Los tribunales constitucionales en el proceso de integración europea», Revista de Derecho Constitucional Europeo, núm. 7, 2007, y, del mismo autor, «Le Corti Costituzionali e il processo di integrazione europea», en AA.VV., Annuario 2006 - La circolazione dei modelli e delle tecniche del giudizio di costituzionalità in Europa. Atti del XXI Convegno annuale. Roma, 27-28 ottobre 2006. 50° anniversario della Corte Costituzionale della Repubblica Italiana. Jovene Editore, Napoli, 2010, pp. 257-308.
[18] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «Crisis económica y crisis constitucional en Europa», Revista Española de Derecho Constitucional, núm. 98, mayo-agosto (2013), pp. 91-107 y, del mismo autor, «Crisi economica e crisi costituzionale in Europa», KorEuropa, nº 1, 2012.
[19] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «Continuidad y discontinuidad del proyecto europeo frente a la crisis sanitaria y la globalización», La cittadinanza europea, núm. 1, 2020, y «Continuità e discontinuità del progetto europeo di fronte alla crisi sanitaria e alla globalizzazione» en Scritti in onore di Fulco Lanchester, a cura di Giulia Caravale, Stefano Ceccanti, Laura Frosina, Paola Piciacchia, Astrid Zei, Jovene Editore, Napoli, 2022, pp. 83-104.
[20] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «Il futuro del costituzionalismo in un mondo (ri)globalizzato: mediazioni negative nella globalizzazione frammentata», Nomos, Le attualità nel diritto, núm. 3, 2023.
[21] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «Prospettive del costituzionalismo e dell’Europa. La Costituzione dell’algoritmo e la crisi decisiva del progetto di integrazione europea», Nomos, Le attualità nel diritto, núm. 2, 2022.
[22] El gasto militar europeo es superior (aunque similar) al de China y tres veces superior al de Rusia. Aumentar el gasto militar no resolverá los problemas de la defensa europea. Cfr. M. R. SAHUQUILLO, A. RIZZI, L. SEVILLANO PIRES, «Las grietas de la defensa europea: por qué la capacidad disuasoria frente a Rusia es limitada», El País, 16/3/2025.
[23] La dependencia de China es especialmente problemática en el caso de Alemania. Cfr. «In Huawei Battle, China Threatens Germany ‘Where it Hurtsʼ: Automakers», The New York Times, 18/1/2020.
[24] Cfr. R. HODGSON «La UE duda en sancionar el gas ruso mientras siguen las importaciones», Euronews, 11/9/2024: https://es.euronews.com/business/2024/09/11/la-ue-duda-en-sancionar-el-gas-ruso-mientras-siguen-las-importaciones.
[25] Cfr. A. BRADFORD, «The Brussels Effect», Northwestern University Law Review, citado y las obras posteriores anteriormente mencionadas.
[26] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «Constitution, démocratie et mondialisation. La légitimité de la Constitution face à la crise économique et aux réseaux sociaux», en Mélanges en l'honneur du Professeur Dominique Rousseau. Constitution, justice, démocratie. L.G.D.J., Paris, 2020.
[27] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «Il futuro del costituzionalismo in un mondo (ri)globalizzato: mediazioni negative nella globalizzazione frammentata», citado.
[28] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «Lo Stato di diritto in Spagna. una declinazione assente nell’Unione Europea», Rule of law come costituzionalismo, a cura di Tommaso Edoardo Frosini, Il Mulino, Bolonia, 2023.
[29] Cfr. M. G. PASCUAL, Á. SÁNCHEZ, «China incrementa el gasto militar un 7,2% desoyendo una petición de Trump de rebajarlo a la mitad», El País, 2/2/2025.
[30] Cfr. K. FRAY, «China’s leap forward: overtaking the US as world’s biggest economy», Financial Times, 8/10/2014: https://www.ft.com/content/166230a2-a18c-38f1-bcac-cbbdd495503a.
[31] En términos de paridad de poder adquisitivo. La previsión es que China alcance en 2030 un PIB de 38008 $bn frente a Estados Unidos que tendría 23475 $bn. Cfr. «The Long View. How will the global economic order change by 2050?», PwC, 2017, p. 23: https://www.pwc.com/gx/en/world-2050/assets/pwc-the-world-in-2050-full-report-feb-2017.pdf
[32] Las tensiones comenzaron en el año 2018 nada menos que con la detención en Canadá de la directora financiera de la compañía e hija del fundador de Huawei a instancias de EE.UU., que la acusaba de «fraude bancario». A esta detención siguieron una serie de restricciones a los productos de la compañía, así como la presión de otros países para que no instalarán el 5G de Huawei. La directora financiera fue liberada en septiembre de 2021, pero las restricciones se mantienen, aunque su eficacia es discutible. Cfr. información sintetizada de este proceso en BBCnews de 13 de abril de 2023: https://www.bbc.com/mundo/noticias-65245352. Sobre la evolución económica de la compañía en 2023, cfr. M. TOH, «Huawei was once fighting for its survival. It is back to nearly $100 billion in revenue in 2023», CNN, diciembre 29, 2023: https://edition.cnn.com/2023/12/29/tech/huawei-revenue-rebound-china-intl-hnk/index.html.
[33] La larga historia de prohibiciones en relación con TikTok comenzó ya con la Administración Trump. Cfr. «Un juez impide al Gobierno de Trump vetar a TikTok en Estados Unidos», El País, 28 de septiembre de 2020. Por su parte, la Administración Biden levantó la prohibición, aunque la tensión ha continuado después, como evidenció la petición de la FCC a Apple y a Google para que retiren la aplicación de TikTok. Cfr. F. BRACERO, «El regulador de EE.UU. pide a Apple y Google que retiren la app de TikTok», La Vanguardia, 30 de junio de 2022. En diciembre de 2022 Estados Unidos prohibió el uso de TikTok en dispositivos gubernamentales, en febrero de 2023 la Unión Europea aplicó la misma medida para sus funcionarios y otros países han adoptado medidas similares ante la preocupación de que el uso de Tik Tok por parte de sus funcionarios pueda afectar a su seguridad. Cfr. S. MAHESHWARI y A. HOLPUCH, «Why Countries Are Trying to Ban TikTok», The New York Times, April 26, 2023.
[34] Tras las diversas prohibiciones parciales previas relativas al uso de TikTok Estados Unidos aprobó una ley que no prohibía directamente la aplicación sino su distribución en Estados Unidos por tiendas de aplicaciones como las de Apple o Google. El Tribunal Supremo avaló la prohibición, que llegó a entrar en vigor y supuso la interrupción de los servicios de TikTok durante 13 horas, el 19 de enero de 2025, hasta que el nuevo Presidente, D. Trump le concedió una prórroga de 90 días para buscar un comprador estadounidense que, de acuerdo con la propuesta de Trump, se hiciera cargo del 50% de la empresa creando así una empresa conjunta. Cfr. M. JIMÉNEZ, «TikTok sufre un apagón de 13 horas en Estados Unidos, pero reactiva su red tras la intervención de Trump», El País, 19/1/2025. Cfr. igualmente, D. MCCABE, «A Potential TikTok Ban: What to Know», The New York Times, 17/1/2025.
[35] Cfr. «Trump prorrogará otros 75 días el plazo para vender TikTok», M. VIDAL LIY, El País, 4/4/2025.
[36] Cfr. K. ROOSE, «Why DeepSeek Could Change What Silicon Valley Believes About A.I.», The New York Times, 25/1/2025.
[37] Cfr. A. SÁNCHEZ, «La estadounidense Nvidia pierde más de 600.000 millones de dólares tras la irrupción de DeepSeek, en la mayor destrucción de valor de la historia de la Bolsa», El País/CincoDías, 27/1/2025.
[38] Cfr. M. JIMÉNEZ, «Trump anuncia una alianza de OpenAI, Oracle y Softbank para invertir hasta 500.000 millones en inteligencia artificial», El País, 22/5/2025.
[39] En su conjunto, y dos meses después de la irrupción de DeepSeek, las siete grandes compañías tecnológicas han perdido más de dos billones de dólares. Cfr. G. ESCRIBANO, «Los siete magníficos pierden más de dos billones de valor en Bolsa desde la irrupción de DeepSeek», El País/CincoDías, 27/3/2025.
[40] Como indica S. MANGIAMELI, «la presencia de conflictos, incluso armados, no ha interrumpido ni bloqueado completamente los procesos de internacionalización de la economía, pero las fracturas no sanadas por las relaciones internacionales contemporáneas parecen consolidar la tendencia a la formación de verdaderas plataformas geopolíticas o bloques regionales que determinan, si no fronteras políticas reales, al menos fronteras, incluidas las ideológicas y culturales», S. MANGIAMELI, «Imperios y Estados y las nuevas relaciones internacionales», Revista de Derecho Constitucional Europeo, núm. 39, 2023.
[41] En particular, se afirma por la WTO: «there are the first signs of trade reorientation along geopolitical lines, indicating a shift towards friend-shoring. Empirical analysis shows that since the onset of the war in Ukraine, international trade has become more sensitive to geopolitical distance», World Trade Report 2023, p. 32. No se trata de una evolución positiva para la WTO: «Fragmentation would hurt security and stability. It would come at a substantial cost, particularly for poorer countries, including more inequality and poverty. And it would make it harder, if not impossible, to cooperate on other global issues, such as climate change, and to secure the necessary technology diffusion to achieve sustainability goals»,ibidem, pp. 110-111. Cfr. https://www.wto.org/english/res_e/booksp_e/wtr23_e/wtr23_e.pdf.
[42] Esta evolución se refleja también en el informe de 2024 de la WTO en el que se indica que «These are troubling times for global trade. Amid geopolitical tensions and the backdrop of the climate crisis, we see increased protectionism and unilateral policy measures. The data suggest that after years of talk of decoupling, trade may be starting to fragment along geopolitical lines».Se señala en el informe que el comercio de mercancías ha caído -aunque compensado por el fuerte crecimiento del de servicios impulsado por el turismo- en el año 2023, si bien «Despite trade tensions, political uncertainty, and shocks like COVID-19, world trade has been remarkably resilient in recent years» por lo que las previsiones para 2024 y 2025 eran de una subida, aunque se señalaban los riesgos: «Risks to the trade forecast are substantial. These include rising protectionism, increasing geopolitical tensions and ongoing regional conflicts in the Middle East and Europe». Cfr. World Trade Report 2024, pp. 6, 7 y 19. https://www.wto.org/english/res_e/booksp_e/anrep_e/ar24_e.pdf. Las previsiones parecían viables hasta el tercer semestre de 2024 (Cfr.WTO «Merchandise trade continues to expand in third quarter of 2024», 13/12/2024) aunque también se señala por parte de la UNCTAD (Global trade Update, March 2025, p.18) ya en 2025, que «Looking at Q4 2024 trends, the growth in global trade observed in previous quarters decelerated in relation to goods, while trade in services maintained its strong momentum. Preliminary data for Q1 2025 indicated continued growth in both goods and services. However, part of this growth is likely the result of frontloading shipments in anticipation of increases in United States tariffs». Al mismo tiempo que se indica que «There is a growing trend in the implementation of protectionist trade policies, with a growing tendency to link trade measures with non-trade policy objectives» y que «These tariffs are expected to have significant repercussions on global and regional value chains».
[43] Así, se indica por la UNCTAD (Ibidem, p.18) que «As we look further into 2025, the dynamics of international trade may shift significantly. While global economic activity is expected to maintain modest momentum, the forecast for international trade is marked by significant uncertainty, with risk of downturn. In particular, the ongoing shifts in United States trade policy, concerns over global trade imbalances, and continuing geopolitical challenges are likely to negatively influence global trade growth».
[44] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, La constitución del algoritmo, 2ª edición, Fundación Manuel Giménez Abad, Zaragoza, 2023, versión italiana: La costituzione dell’algoritmo, Le Monnier, Mondadori Milano, 2023.
[45] Cfr. F. BALAGUER CALLEJÓN, «La constitución del algoritmo y las transformaciones culturales en la sociedad digital», en CAAMAÑO, F., JOVE VILLARES, D. (Dir.), Tecnologías abusivas y Derecho, Tirant lo Blanch, Valencia, 2024. Version italiana: «La costituzione dell’algoritmo e le trasformazioni culturali nella società digitale», lceonline (www.lceonline.eu), 3/2024, I/Saggi e contributi.
[46] Cfr. S.A. THOMPSON, C. WARZEL, «How Facebook Incubated the Insurrection. Right-wing influencers embraced extremist views and Facebook rewarded them»,The New York Times, 14/01/2021.
[47] Es algo que está ocurriendo en X la red social de Elon Musk, aunque es pronto todavía para conocer el alcance que tendrá esa huida de usuarios hacia otras redes sociales. Cfr. M. PASCUAL, «La victoria de Trump precipita la huida de usuarios a otras redes sociales», El País, 15/11/2024.
[48] Buena prueba de ello ha sido la evolución económica de la red X, que llegó a perder todo su valor, pasando de los 44000 millones de dólares que le costó a Musk a unos 8000 millones, lo que suponía un valor nulo, ya que debía más de 13000 millones de dólares. Cfr. Jennifer Saba Karen Kwok, «X, la red social de Elon Musk, es un agujero negro de valor», El País/CincoDías, 5/10/2023 Para parar esta sangría, Elon Musk ha recurrido a integrar a la red social dentro de su negocio de Inteligencia Artificial, lo que le permite ocultar la pérdida de valor de la compañía. Aun así, su valoración a efectos de la integración en xAI es solo de 33000 millones de dólares. Cfr. M. JIMÉNEZ, «Elon Musk vende la red social X a su propia firma de inteligencia artificial por 33.000 millones de dólares», El País, 29/3/2025.
[49] Entre los efectos positivos está la recuperación de los anunciantes de X que habían dejado en gran parte la red social ante la ausencia de una política de moderación de contenidos, pero que volvieron en parte debido a la cercanía al poder político que tuvo Musk. Cfr. Miguel Jiménez, «Elon Musk vende la red social X a su propia firma de inteligencia artificial por 33.000 millones de dólares», citado. Cfr. igualmente la información de Bloomberg «Los anunciantes vuelven a X de Musk por miedo a Trump: la red puede elevar su publicidad por primera vez desde 2022», en El País/CincoDías, 26/2/2025.
[50] El más destacado no parece ser tanto el que afecta a su red social (que, como hemos indicado anteriormente llegó a perder su valor económico con E. Musk) como el de la compañía de automóviles Tesla, que ha experimentado una importante pérdida de valor bursátil y una disminución muy significativa de sus ventas en Europa. Cfr. G. ESCRIBANO, «Los siete magníficos pierden más de dos billones de valor en Bolsa desde la irrupción de DeepSeek», El País/CincoDías. Cfr. igualmente, M. GRANDA, «Tesla se hunde en el inicio de 2025 en Europa: sus ventas caen un 49% mientras el mercado del eléctrico sube un 28%», El País/CincoDías, 25/3/2025.
[51] Cfr. D. SHEPARDSON, «Trump revokes Biden executive order on addressing AI risks», Reuters, 21/1/2025: https://www.reuters.com/technology/artificial-intelligence/trump-revokes-biden-executive-order-addressing-ai-risks-2025-01-21/.
[52] Cfr. R. LIMÓN y M. VIDA LIY «Meta acaba con su programa de verificación para acercarse a Trump y la red de Elon Musk», El País, 7/1/2025.
[53] Cfr. M. JIMÉNEZ, «Trump amenaza con aranceles a la UE por exigir moderación de contenidos a X y Facebook», El País, 22/2/2025.
[54] Es el caso de los procedimientos abiertos contra Apple en relación con la interoperabilidad de los dispositivos de terceros y contra Alphabet por privilegiar a sus servicios en el buscador de Google. Cfr. M. V. GÓMEZ, «Bruselas fuerza a Apple a abrir su ecosistema digital a pesar de las amenazas de Trump», El País, 19/3/2025.