El Reglamento de la UGR sobre movilidad internacional de estudiantes establece en su artículo 29 que los estudiantes en programas de movilidad internacional (Erasmus, Programa Propio, etc…) tendrán la obligación de estar provistos de un seguro de asistencia sanitaria y de un seguro de asistencia en viaje.
Preguntas relacionadas
No, solo permite acceder a la atención sanitaria pública en las mismas condiciones y al mismo coste que las personas aseguradas en ese país.
No es una alternativa al seguro de viaje y no garantiza la gratuidad del servicio.
Para más información puede consultar la web oficial de la Unión Europea.
- Transporte o repatriación sanitaria
- Transporte o repatriación del asegurado fallecido
- Desplazamiento de familiar acompañante en caso de enfermedad
- Estancia de un familiar acompañante
- Interrupción del viaje por defunción familiar
- Responsabilidad civil
La Universidad de Granada facilita la contratación de un seguro, que puede ser suscrito a título personal.
Toda la información está disponible en el siguiente enlace.
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