Para consultar las calificaciones del Procedimiento de Acceso a la universidad para personas mayores de 45 años, acceda a https://oficinavirtual.ugr.es. Una vez dentro, introduzca su DNI con el formato requerido en la página WEB y su PIN y accederá a un menú donde una de las opciones será CONSULTA DE NOTAS.
Todos/as aquellos/as que hayan obtenido una calificación de APTO en la Prueba de Acceso a la universidad para personas mayores de 25 años, podrán descargar la PAPELETA con sus calificaciones desde la sede electrónica de la UGR o desde el portal de mayores.
Te recomendamos ver el video tutorial para conocer cómo se realiza la descarga.
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Acceda al portal donde formalizó la matrícula y pulse sobre la opción: “consulta de calificaciones”.
Si no recuerda su código PIN o lo ha extraviado, ha de insertar su DNI con el formato requerido en la página WEB y pulsar la opción “He olvidado mi pin”. Se le enviará dicho código al correo electrónico que usted indicó cuando realizó la inscripción por primera vez.
Puede darse el caso de que ese nuevo pin llegue a la carpeta “Spam” de su correo electrónico, por lo que recomendamos que también mire ahí.
Tras la publicación de las calificaciones, y en el plazo de tres días hábiles, se podrá presentar reclamación mediante escrito razonado dirigido al Presidente del Tribunal.
Deberá presentarla a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada.
Todos aquellos que hayan obtenido que hayan resultado APTOS en la prueba de acceso a la universidad para personas mayores de 45 años, podrán descargar la papeleta con sus calificaciones desde la Sede electrónica de la Universidad de Granada o desde el portal de mayores, una vez que dicha descarga esté habilitada.
No. Usted obtendrá una papeleta de calificaciones o credencial que le habilitará única y exclusivamente para el acceso a la Universidad.
Puede consultar las fechas más relevantes del proceso de preinscripción en la página web de Distrito Único Andaluz.
Si, debes especificar en la solicitud de admisión que accedes por la vía mayores de 45.
Si, un 2% en su conjunto para mayores de 40 y 45, con un mínimo de 1 plaza y, en su caso hasta el siguiente número par que permita atender en igual número a solicitantes de mayores de 40 y 45.
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