"ReDCE núm. 44. Julio-Diciembre de 2025"
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La evolución de los últimos seis meses de la Administración Trump ha puesto en evidencia la importancia que tiene, para la propia Europa y para el mundo, una Unión Europea fuerte con capacidad de actuar como agente global. La transformación del actual modelo de integración en un “Estado”, incluso en un “SuperEstado” federal, ese término tan repudiado hace veinte años, cuando se produjo la crisis del proyecto de Tratado Constitucional, es ya una cuestión existencial. Para comprender la raíz del problema que ha conducido a la debilidad extrema de la UE en el actual contexto global, hay que tener en cuenta las condiciones objetivas de la integración europea hasta el presente y la narrativa que nos ha conducido a las puertas del desastre a través de la autocomplacencia de las instituciones europeas y de los Estados miembros asentada sobre un modelo de integración que se agotó hace ya más de dos décadas.
La idea del “Sonderweg”, de un experimento novedoso en la historia, distinto a lo que se había conocido hasta ahora, era una feliz ilusión en el siglo XX, en una Europa protegida por Estados Unidos, sin gastos militares significativos y con un desarrollo económico sostenido que le permitía invertir en derechos sociales en el plano nacional y en fondos de integración y de solidaridad para los Estados europeos que se iban incorporando al proyecto de integración. En el marco de esta ideología, parecía bastar con tener influencia, como se señalaba, por ejemplo, en la famosa teoría del “efecto Bruselas”, de Anu Bradford, que llegaba a considerar innecesario avanzar en la integración precisamente porque la influencia de la UE en el mundo mediante la regulación del mercado propio le permitía actuar como agente global.
El repudio a una auténtica integración política, con una constitución europea y un verdadero Estado europeo (si se quiere, un “superEstado” en el contexto global, sin merma alguna de su formulación democrática y constitucional interna) formaba parte de esa ideología autocomplaciente que, en realidad, era del interés estatal y de unas instituciones europeas que han estado siempre al servicio de los Estados miembros. La estatalidad y la constitucionalidad europea se negaban y se siguen negando desde el Tratado de Lisboa, a pesar de que son realidades evidentes, por más que parciales. Una estatalidad dividida entre la UE y los Estados es incuestionable, pero no llega a adquirir la formulación federal de una estatalidad plena en la UE. Lo que seguimos teniendo en Europa es, efectivamente, un modelo sin precedentes en la historia, un “invento” de los Estados a su servicio, que en lugar de construir identidad europea la destruye de manera permanente en favor de las identidades nacionales. En toda la historia de la UE dejando a un lado quizás el Brexit, que resultaba imposible de insertar dentro de esa línea, el discurso prevalente ha sido el de una continuidad y un progreso ininterrumpido del proyecto europeo.
Pero esa autocomplacencia, que mostraba una felicidad europea sin esfuerzo y sin compromiso, sin renuncias a los egoísmos nacionales, sin plantearse las condiciones materiales que permitieran mantenerla en el futuro, se comenzó a trastocar en el siglo XXI a través de algunas de las grandes crisis que hemos experimentado hasta ahora y que han sido también crisis europeas (como la financiera de 2008 o la democrática de 2016). El golpe definitivo ha llegado con la guerra de Ucrania y la fragmentación de la globalización tal y como están siendo instrumentalizadas por la Administración Trump. Ahora la cuestión es ¿Qué puede hacer este gran “experimento nuevo en la historia” con su magro poder político y su sistema de dependencias económicas, militares, energéticas y tecnológicas frente a Estados fuertes como China, Rusia o Estados Unidos? ¿A nadie se le ocurrió que esta narrativa estaba llevando al proyecto europeo al desastre al rechazar la conformación de un Estado con capacidad para defendernos frente a otros agentes globales estatales y no estatales?
Visto con las actuales condiciones geopolíticas, incluso el “efecto Bruselas” se ha convertido en el “efecto antiBruselas”, porque la reconocida influencia de la regulación europea en el mundo es un motivo más para que Estados Unidos intente anularla. Actualmente tiene más posibilidad de éxito una regulación nacional sin pretensiones de proyectarse globalmente, como la de Brasil, por ejemplo, que una regulación supranacional a la que se le atribuye ese potencial efecto más allá del mercado europeo. Ello explica la especial agresividad que está desplegando la Administración Trump contra Europa y que se ha manifestado no sólo en la presión económica por medio de los aranceles o en la presión militar para incrementar artificialmente el presupuesto en el marco de la OTAN hasta niveles que no son realistas.
Esa agresividad ha llegado hasta la ruptura de las formas diplomáticas con el veto, el 23 de diciembre, a la entrada en Estados Unidos de uno de los políticos de la UE que más ha hecho por la regulación, a pesar de que ya no está en activo y que significativamente había publicado en la prensa un mes antes un artículo en defensa de la soberanía digital y de la regulación europea, al igual que crítico con los intentos de reducir su eficacia a través de los paquetes “ómnibus”. El veto llega unos días después de la multa impuesta por la Comisión Europea a la red X de Elon Musk. En el documento del Secretario de Estado de 23/12/2025 por el que se veta a un total de cinco personas se afirma que “the State Department is taking decisive action against five individuals who have led organized efforts to coerce American platforms to censor, demonetize, and suppress American viewpoints they oppose”. A todos, incluido el excomisario europeo, se les caracteriza como “activistas radicales” y a través de un grosero ataque a la libertad de expresión se afirma defender precisamente la libertad de expresión.
La National Security Strategy of the United States of America de noviembre de 2025 es la que expresa en mayor medida la voluntad explícita de D. Trump de convertir a Europa en una colonia al servicio de los intereses de Estados Unidos. Las líneas de fuerza son muy claras: la primera de ellas, desactivar la regulación europea: “We want Europe to remain European, to regain its civilizational self-confidence, and to abandon its failed focus on regulatory suffocation”. La segunda consiste en promover a los partidos antieuropeos en cada Estado miembro, planteada como una de las prioridades de las políticas estadounidenses para Europa: “cultivating resistance to Europe’s current trajectory within European nations”. La tercera, definida también como una prioridad consiste en favorecer una relación directa con los Estados europeos: “Enabling Europe to stand on its own feet and operate as a group of aligned sovereign nations, including by taking primary responsibility for its own defense, without being dominated by any adversarial power”.
Propiciar una desintegración de la Unión Europea en Estados “soberanos” con los que Estados Unidos podría negociar en mejores condiciones y a los que podría colonizar también de manera más fácil se perfila como una de las prioridades de la actual Administración norteamericana. La diferencia con la colonización digital que se estaba produciendo por parte de las compañías tecnológicas y que se basaba exclusiva en la Inteligencia Artificial es la geopolítica. Una vez situada en esa óptica colonial, el resultado es la apertura plena e incondicionada al comercio con Estados Unidos: “Opening European markets to U.S. goods and services and ensuring fair treatment of U.S. workers and businesses” así como la adquisición de armas a Estados Unidos y su total alineamiento con las políticas de Estados Unidos frente a sus adversarios (algo en lo que no existe reciprocidad alguna si tenemos en cuenta el modo en que el documento trata a Rusia).
El sueño europeo está llegando a su fin. Como ha ocurrido en otras ocasiones, la crisis europea es, al mismo tiempo, una crisis constitucional. En un momento en el que la defensa de la democracia y de los derechos fundamentales está en juego, la Unión Europea carece de la voluntad de afrontar las transformaciones que el modelo de integración requiere mediante la creación de una nueva arquitectura política europea. Mientras el mundo está evolucionando hacia una nueva era de contornos desconocidos y los grandes Estados mundiales están tomando posiciones para defender sus intereses, la Unión Europea sigue sin tener una estructura de poder estatal que sea equiparable a la de sus competidores.
La parte monográfica de este número continua con la misma temática del número 43, dedicándose igualmente a Inteligencia Artificial y Derecho Constitucional. Incorpora tres estudios que proceden de Italia, donde el debate sobre la Inteligencia Artificial se está desarrollando de manera muy viva en la doctrina. Se trata de los textos de Armando Lamberti, “Constitucionalismo digital, poderes de las plataformas, inteligencia artificial y democracia”, de Davide Ragone, “La ley italiana sobre inteligencia artificial en el contexto europeo” y de Paolo Piluso, “Poderes privados, derechos fundamentales e intereses legítimos: constitucionalismo digital y administrativización del poder privado”.
La Sección de artículos contiene tres trabajos que tienen también relación entre ellos en cuanto analizan distintas vertientes de la interacción entre los niveles supranacionales y estatales, desde perspectivas igualmente diferentes que tienen que ver con las fuentes del derecho, la gobernanza y el poder judicial. Se trata del artículo de Diego Fernandes Guimarães que analiza “Los impactos de la protección internacional de derechos sobre el sistema de fuentes del Estado constitucional”, el del María Rosaria De Simone que trata de las “Perspectivas contemporáneas sobre la gobernanza: desde la gobernanza europea a la gobernanza ambiental” y el de Juan Gálvez Galisteo sobre “La comisión de Venecia y la construcción de estándares europeos de independencia judicial: la opinión consultiva no. 1248/2025”.
En la Sección de Perfiles y Noticias del número 43 de la Revista dábamos cuenta de la Inauguración, el 23 de enero de 2025, del Centro de Investigación Peter Häberle de la UNED en Madrid. Apenas unos meses después, el 6 de octubre, nos dejó el Profesor Häberle. En este número, la Sección está dedicada a nuestro maestro, que ha sido también el Presidente de Honor del Consejo Asesor de la Revista de Derecho Constitucional Europeo desde su fundación, en el año 2004. En la Sección se incorporan algunos de los Testimonios que hemos recibido de todo el mundo en los días siguientes a su fallecimiento. También se incluye la versión española del texto que he preparado para el Jahrbuch des öffentlichen Rechts: “Un jurista universal nacido en Alemania. Semblanza de Peter Häberle”.
En la Sección de Textos Clásicos hemos querido rendir también un Homenaje a Peter Häberle y un reconocimiento a sus teorías en estos tiempos tan complicados para el constitucionalismo a nivel global, con su texto sobre “El constitucionalismo universal desde las constituciones parciales nacionales e internacionales. Siete Tesis”. Un texto que se publicó en España en el Libro Homenaje al Profesor Rafael Barranco Vela, al que iba dedicado, en el año 2014. Previamente se había publicado en Brasil en la revista Direito Público, número 54. Nov.-Dic. 2013, que le dedicó igualmente un homenaje a Rafael Barranco.
Por su parte, la Sección de Jurisprudencia recoge el trabajo de Sara di Giovanni sobre la importante Sentencia del TJUE de 25 de noviembre de 2025: “Obstáculos nacionales al matrimonio entre personas del mismo sexo: a vueltas con la sentencia C- 713/23 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”. La Sección de Legislación, dirigida por María Luisa Balaguer analiza el Informe sobre el Estado de Derecho publicado en 2025 (Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones. Informe sobre el Estado de Derecho en 2024. Situación del Estado de Derecho en la Unión Europea). El Foro, por su parte, incluye el texto “Crisis, transiciones y rupturas. Sobre el futuro del constitucionalismo” que es la versión española de mi intervención en el VII Congreso del Seminario ItaloSpagnolo dedicado a La Constitución en los tiempos de las transiciones y celebrado en Nápoles en octubre de 2024.
Las noticias de libros incluyen cuatro recensiones. La de Marta Lucena sobre el libro de Rubén Pérez Trujillano, Jueces contra la República, Dykinson, 2024, 332 págs.; la de Ángel Barredo del libro de Miguel J. Arjona Sánchez, El Derecho en bits, Aranzadi, 2025, 209 págs.; la de Adoración Galera sobre el libro dirigido por Ainhoa Lasa López y Leire Escajedo San-Epifanio, Violencias contra las mujeres y Derecho europeo. La evolución reciente en perspectiva jurídico-constitucional, Atelier, Barcelona, 2025, 416 págs.; y la de Miguel Azpitarte sobre el libro editado por Wolfgang Babeck y Albrecht Weber Writing Constitutions Volume 3: Constitutional Principles, Springer Nature, 2025, que incluye también contribuciones de Rainer Arnold, Jesús Casal, Eberhard Eichenhofer, Karl-Peter Sommermann y mías.
En el apartado de agradecimientos debemos mencionar a la Fundación Peter Häberle y al Proyecto de Investigación nacional PID2024-161955OB-I00 “Inteligencia Artificial y Fuentes del Derecho”. En el ámbito europeo, a la Cátedra Jean Monnet “ad personam” de Derecho Constitucional Europeo y Globalización, al Proyecto Jean Monnet "The constitutional bases of Europe: building a common European constitutional culture" y a la Cátedra Jean Monnet “Integration of asylum-seekers and refugees in the European Unión”.
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