EL CAMPO DE ACTUACIÓN PROFESIONAL DE LOS
LICENCIADOS EN CIENCIAS DEL TRABAJO, DIPLOMADOS EN RELACIONES LABORALES Y GRADUADOS
SOCIALES
Nuestros Licenciados y Diplomados proyectan su actividad profesional en muy diversos campos.
a) EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.- Las dos titulaciones académicas actualmente existentes, de Diplomado en Relaciones Laborales y de Lincenado en Ciencias de Trabajo, tienen numerosas salidas profesionales relacionadas con el ejercicio de la función pública. Ramiro Grau Morancho las explica detalladamente en su libro "Graduados Sociales: salidas profesionales" (Editorial Jalón, Zaragoza, 1.991) y a esa obra hay que remitirse para los detalles. Dos grupos de salidas profesionales quedan plenamente identificados:
1º) Ejercicio de la docencia, ya sea como profesores de las Escuelas Universitarias o en las Escuelas de Formación Profesional. Los licenciados pueden además optar por ejercer docencia en Facultades universitarias.
2º) Oposiciones para la Administración Pública Estatal en cinco aspectos diferentes: Grupo de Gestión administrativa en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social dependientes del INSALUD, grupo de gestión de la Administración Civil del Estado, grupo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social, escala de gestión de empleo del Instituto Nacional de Empleo y Cuerpo de gestión de la Administración de la Seguridad Social. Los Licenciados en Ciencias del Trabajo podrán optar por los cuerpos superiores de la inspección de trabajo.
Por tanto, existen numerosas oposiciones a las distintas Administraciones Públicas que exigen un título medio para poder acceder a ellas, título como el de Diplomado en Relaciones Laborales. Algunas de éstas tienen un contenido muy cercano al perfil formativo de esta Diplomatura, por tratar cuestiones laborales y de seguridad social. Entre estas oposiciones se pueden señalar:
Por su parte, los Licenciados en Ciencias del Trabajo podrán optar por los cuerpos superiores de la inspección de trabajo o por ejercer la función pública en aquellos puestos de la Administración para los que se requiere un título superior, normalmente identificados con puestos del llamado "Grupo A".
b) Los DIPLOMADOS EN RELACIONES LABORALES, GRADUADOS SOCIALES ó LICENCIADOS EN CIENCIAS DEL TRABAJO CONTRATADOS POR LAS EMPRESAS.- Esta modalidad de actuación profesional mantiene su pujanza, a través de puestos de trabajo con denominaciones y responsabilidades bien diversas, ya sea director de personal, jefe de administración de personal, director de recursos humanos, administrativos de personal, etc. Según datos de la Asociación Española de Directores de Personal, el 60 por 100 de sus miembros, por tanto, trabajadores relacionados con los departamentos de personal de las empresas españolas ostentaban la titulación de Graduado Social o de Diplomado en Relaciones Laborales.En este campo de actuación profesional existen excelentes perspectivas.
c) ACTUACIÓN ANTE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE LOS GRADUADOS SOCIALES.- El artículo 2º.1 de la Orden de 22 de diciembre de 1950 excluía expresamente el asesoramiento, gestión y representación ante los órganos jurisdiccionales (que, "expresis verbis" se citan allí como "organismos dependientes del Ministerio de Trabajo"). Tal exclusión no figura en la Orden de Marzo de 1961, pero ya el Decreto 3.501/1964, de 22 de Octubre, mitiga la excepción en virtud de la salvedad de su apartado f), relativo a representar a las Empresas, trabajadores y particulares en los casos que expresamente lo autoricen las Leyes, ante las Magistraturas de Trabajo.
Esta salvedad se conserva en el artículo 1º de la Orden de 28 de agosto de 1970, cuya vigencia reitera el Real Decreto 3.549/1977, de 16 de Diciembre. Las aludidas Leyes sólo mencionaban la intervención de los Graduados Sociales en los procedimientos de oficio iniciadas como consecuencia de actas de la Inspección de Trabajo (artículo 120 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral de 4 de Julio de 1958).
Pero tanto la práctica como el principio de libertad de representación, postulación y defensa característica del proceso laboral llevó a la inclusión en la Ley Orgánica del Poder Judicial del artículo 440.3, precepto absolutamente decisivo en este sentido y provocador de otras trascendentales resoluciones:
En su redacción originaria, por la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, se establecía que "En los procedimientos laborales y de Seguridad Social la representación podrá ser ostentada por Graduado Social colegiado".
De esta forma, la actuación de los Graduados Sociales ante los órganos jurisdiccionales de orden social ha quedado plenamente consolidada. Se ha pasado de una regulación que la excluía expresamente a otra del máximo rango orgánico que la reconoce.
d) ASESORÍA FISCAL.- Como es sabido, no existe una regulación legal de este tipo de asesoramiento, lo que "de facto" permite que cualquier persona se dedique a esta actividad.
La inclusión de los Graduados Sociales/Relaciones Laborales en la Asesoría Fiscal no exige especiales esfuerzos dialécticos:
1º) Deriva, naturalmente, de su propia condición de profesionales titulados que prestan una variedad de servicios a sus clientes, entre los que se cuentan la mayor parte de las pequeñas y medianas empresas y un gran número de trabajadores y profesionales. Entre esos servicios, la propia realidad social y económica ha impuesto que queden comprendidos los de asesoramiento fiscal, en la doble vertiente de colaboradores en la recaudación (retenciones y repercusiones) y de contribuyentes directos.
2º) La actual ausencia de una concreta regulación de la Asesoría Fiscal ha dejado la misma en manos de una diversidad de colectivos que, más allá de cualquier polémica corporativa, la están ejerciendo "de facto". Entre ellos se encuentran los Graduados Sociales/Relaciones Laborales no sólo por la mencionada imposición de la realidad práctica, sino por su condición de profesionales titulados y colegiados, con todas las garantías inherentes a ello.
3º) Por Fin, tanto los Planes de Estudios de las correspondientes titulaciones de Graduado Social y de Diplomado en Relaciones Laborales como la permanente formación tributaria, a través de innumerables cursos, seminarios, revistas y publicaciones, en que los Colegios han tenido una participación decisiva, justifican sobradamente la profesionalidad de los Graduados Sociales/Relaciones Laborales en el asesoramiento fiscal, contrastada cotidianamente.
e) LA PROFESIÓN DE GRADUADO SOCIAL. Respecto de esta salida profesional, el ejercicio libre de la profesión de Graduado Social, hay que señalar que se trata de una profesión relativamente reciente, pero que ha adquirido en pocos años un importante prestigio, extendiendo progresivamente su área de actividades profesionales. Se trata de una profesión que exige para su ejercicio la colegiación previa en alguno de los colegios oficiales existentes; para esta colegiación basta como título académico habilitante tanto la Diplomatura en Relaciones Laborales, La Licenciatura en Ciencias del Trabajo, como el titulo de Graduado Social Diplomado.
Una importante cuestión a determinar, que produce muchas dudas, es la relación existente entre la Diplomatura en Relaciones Laborales, con la anterior de Graduado Social Diplomado y, sobre todo, con el perfil profesional de este colectivo. Desde el punto de vista del valor de la titulación la equiparación entre ambas titulaciones es completa. Según la Disposición Adicional del Real Decreto 1429/1990 «los efectos propios del título de Diplomado en Relaciones Laborales establecido po este Real Decreto se predicarán asimismo del actual título universitario de Graduado Social Diplomado». Esta equiparación ha sido reiterada por el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre (BOE de 17 de noviembre), cuyo Anexo, que contiene el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales, establece la homologación del título de Graduado Social Diplomado con el de Diplomado en Relaciones Laborales. Así las cosas, la Diplomatura en Relaciones Laborales sería la «heredera» de la antigua de Graduado Social. Esta sucesión ha sido generalmente aceptada, y desde este punto de vista se habla de que a partir de 1990 existirá una doble denominación para una misma realidad : «Graduado social» para el profesional ejerciente, y «Diplomatura en Relaciones Laborales» para la titulación que permite acceder a tal ejercicio. Una especie de relación de especie a género, en la que el colectivo de Diplomados en Relaciones Laborales podrá acceder a la profesión de Graduado Social, y será esta titulación la que habilite para el ejercicio de esta profesión.
De acuerdo con los estatutos colegiales de la profesión, corresponde a los Colegiados en ejercicio desempeñar, entre otras, las siguientes funciones:
f) Salidas específicas para los Licenciados en Ciencias del Trabajo.
Sin pretender ser exhaustivos se pueden diferenciar los siguientes campos de actuación:
1. – EXPERTO EN GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS.
Este ámbito de la empresa exige profesionales cualificados al más alto nivel, capacitados para diseñar y dirigir el plan de actuación de las empresas en cuanto a políticas salariales, diseño de puestos de trabajo, políticas de formación, etc.
2.- EXPERTO EN NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS LABORALES.
Ambas cuestiones son los pilares básicos de nuestro sistema de relaciones laborales, sin que en el actual panorama académico exista titulación alguna que forme expertos en estas materias hasta la aparición de la Licenciatura en Ciencias del Trabajo.
3.- ESPECIALISTAS EN INSERCIÓN LABORAL Y POLÍTICAS DE EMPLEO.
Las contínuas iniciativas públicas dirigidas al desarrollo de políticas de empleo, de apoyo a la creación de empresas, programas de autoempleo, economía social, etc, ponen de manifiesto la necesidad de formar expertos que sean capaces de desarrollar y dirigir estas iniciativas.
4.- ESPECIALISTA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
Una nueva concepción de la salud laboral crea la necesidad de formar profesinales con responsabilidades y cometidos en este nuevo ámbito.
5.- EXPERTO EN AUDITORÍA SOCIOLABORAL.
La competitividad existente en el mundo empresarial exige contar con un profesional capaz de auditar la situación sociolaboral de la empresa.
6.- OTRAS.
Junto a las salidas profesionales señaladas, esta Licenciatura permite el acceso a la función pública y a la docencia, como ya se ha señalado.
Muchos de estos campos formativos eran cubiertos hasta ahora por la iniciativa
privada a través de cursos de postgrado, Masters, etc.
LAS PERSPECTIVAS DE FUTURO
En los más de 80 años de existencia de la profesión del Graduado Social se ha recorrido un gran camino en la actuación profesional, siempre atendiendo a las necesidades de los clientes. Pero ese largo camino ni mucho menos ha de darse por finalizado. Por el contrario, queda aún mucho por andar, en unas proporciones casi iguales a lo ya recorrido y, desde luego, en muchos menos años, porque los actuales tiempos son decisivos en todos los ámbitos profesionales, pero muy especialmente en el nuestro, ligado a unas materias económicas, jurídicas y sociales en constante transformación.
El futuro, pues, no está escrito. Sólo cabe hacer unas valoraciones provisionales, de previsibilidad, pero nunca dogmática, pues lo que imperarán serán las circunstancias. Algunas ideas parecen en todo caso muy probables:
1º) Objetivos profesionales inmediatos en la actuación judicial.- Tres aspectos destacan en esta materia:
a) La inclusión de los Graduados Sociales/Relaciones Laborales en el turno de oficio.
b) Actuación en el proceso contencioso-administrativo en materias laborales y de la Seguridad Social.
c) Intervención en los recursos de suplicación ante los Tribunales Superiores de Justicia.
Como podrá observarse, todos estos objetivos profesionales inmediatos tienen como contrapartida una exigencia básica de perfeccionamiento profesional en el campo jurídico, en particular, el relativo al derecho civil, como derecho común o base de todo el ordenamiento jurídico, y al derecho procesal, regulador de la actividad jurisdiccional y de la realizada por las partes ante los Jueces y Tribunales. Una buena formación tributaria contribuirá también a fortalecer su formación.
2º) Internacionalidad y apertura exterior.- La sociedad española no ha tomado, en general, conciencia de los retos que lleva consigo una economía internacionalizada a todos los niveles. En particular, no se han asumido todavía en su integridad las consecuencias de la incorporación de España a la Unión Europea. Las fronteras de mentalidad son mucho más difíciles de abolir.
Pero tales consecuencias están ahí, y cada vez son de mayor intensidad. Las profesiones que no las asuman, quedarán marginadas en el futuro.
En consecuencia, el estudio del derecho comparado de todos los países y, muy en especial, del derecho comunitario europeo, es otra tarea a asumir. El conocimiento de idiomas es otra exigencia cada vez más ineludible. Ninguna profesión podrá a la larga preservar su campo de actuación profesional frente a los profesionales de otros países comunitarios sino es mediante la competencia profesional, y no a través de privilegios gremialistas y corporativistas.
3º) Servicio al cliente.- Cualquiera que sea el ámbito de nuestra actuación profesional, nacional o internacional, la idea esencial que ha de guiarnos es la del mejor servicio al cliente.
4º) Formación profesional.- Obviamente, todos los aspectos formales mencionados no servirán de nada si, al final, el asesoramiento que recibe el cliente es erróneo o infundado.
Por eso es de capital importancia el continuo reciclaje profesional, no sólo de análisis de las novedades legislativas y jurisprudenciales, sino de profundización de aquellos aspectos básicos de nuestra profesión. Ha de llamarse la atención, especialmente, sobre la necesidad de una actitud de total humildad del profesional en esta cuestión del reciclaje.
Dentro de este capítulo de la formación, hay que hacer especial hincapié en aquellas materias que pudieran estar ausentes de nuestra actividad profesional en ciertos casos, como son la Asesoría fiscal o la seguridad laboral. La Asesoría fiscal, por ejemplo, requiere una formación específica que, debe advertirse, no ofrece ninguna dificultad especial si se dedica el tiempo y la atención necesarios.
Nuestra Facultad mantiene una estrecha y cada vez mayor colaboración con el Ilustre Colegio de Graduados Sociales de Granada, con el que se abunda en la formación complementaria de sus colegiados y en la colaboración entre ambas intsituciones para proveer a nuestros alumnos de la información necesaria para el futuro ejercicio de la profesión.