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ANTEPROYECTO DE LEY DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA
INFORMACIÓN Y DE COMERCIO ELECTRÓNICO

El pasado 17 de julio se publicaba en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular, el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico).

El principal objetivo de esta norma es establecer un marco propicio para el desarrollo de la sociedad de la información y del comercio electrónico, con las debidas salvaguardas de los derechos de los usuarios. Es por ello que se ha considerado prioritaria la rápida incorporación de esta Directiva comunitaria al ordenamiento jurídico español.

Un primer borrador del Anteproyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio electrónico fue sometido a un proceso de consulta pública entre los días 2 y 20 de octubre de 2000. Tras analizar las más de 50 contribuciones y comentarios recibidos, se ha elaborado un texto de Anteproyecto de Ley, cuya tramitación formal se ha iniciado, con la solicitud de informe al Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información. Este informe ha sido emitido en la reunión de su Comisión permanente, celebrada el 18 de enero de 2001.

El Anteproyecto de Ley promueve la transparencia en las relaciones con los prestadores de servicios y en la contratación electrónica, indicando la información que éstos deberán poner a disposición de los usuarios en su página web. Se protegen los derechos de estos últimos respecto al envío por correo electrónico de comunicaciones comerciales no solicitadas, contemplándose, para ello, la creación de listas de exclusión voluntaria.

EL Anteproyecto de Ley garantiza, así mismo, la validez de los contratos que se celebren por vía telemática, impulsa la autorregulación de los prestadores de servicios, y potencia el arbitraje para la resolución de controversias que puedan surgir en la contratación por vía electrónica, favoreciendo, a este respecto, la aplicación de medios telemáticos.

Finalmente, el Anteproyecto de Ley vela por que las redes de comunicación no se utilicen para la comisión de delitos o la difusión de contenidos ilícitos, delimitando las responsabilidades de los prestadores de servicios respecto a los mismos y regulando las acciones judiciales que permitan poner fin a esas infracciones sin demora.

 ANTEPROYECTO DE LEY DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y DE COMERCIO ELECTRÓNICO

 

 


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