RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE LA UGR SOBRE MEDIDAS DE CARÁCTER ORGANIZATIVO Y DE GESTIÓN DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS (PAS) A ADOPTAR CON MOTIVO DEL COVID-19

Vie, 13/03/2020 - 13:50
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13/03/2020
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE LA UGR SOBRE MEDIDAS DE CARÁCTER ORGANIZATIVO Y DE GESTIÓN DEL PE...

Puede descargar la resolución firmada en PDF en: 
http://sl.ugr.es/ResolucionGerenciaCOVID19

La situación generada por la evolución del coronavirus COVID-19 ha supuesto la adopción de medidas de contención extraordinarias por el Gobierno de Andalucía que incluyen, entre otras, la suspensión de la actividad docente presencial en todas las etapas educativas y en todos los centros de la comunidad autónoma: en Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Formación Profesional y Universidades durante dos semanas, concretamente desde el lunes 16 hasta el próximo 30 de marzo.

Por su parte, las Universidades Públicas Andaluzas, emitieron en el día de ayer un Comunicado conjunto de los rectores y rectoras donde se indica que “los miembros del PDI y del PAS de las universidades continuarán prestando sus servicios, salvo en lo relativo a las actividades docentes presenciales” en aras a mantener la prestación del servicio público encomendado a las Universidades. Desde la Universidad de Granada se añade que estas medidas se hacen extensibles a los Campus de Ceuta y Melilla.

La Comisión de Seguimiento y Coordinación de la situación epidemiológica de la Universidad de Granada ha venido trabajando en la concreción de las medidas a adoptar y en las instrucciones particulares a los miembros de la comunidad universitaria que aúnen la protección de la salud de las empleadas y empleados públicos con la adecuada prestación de los servicios públicos.

Las presentes medidas de carácter organizativo, dictadas al amparo de las competencias que por delegación de la Rectora de fecha 31 de julio de 2019, (BOJA 6 de agosto de 2019) ostenta la Gerencia en materia de Jefatura del personal de administración y servicios, tendrán el carácter temporal que determinen las indicaciones de las autoridades competentes y se adoptan de conformidad con la Comisión de Seguimiento y Coordinación de la situación epidemiológica de la Universidad de Granada.

Asimismo, las previsiones contempladas en la presente Resolución se establecen sin perjuicio de la sujeción de todo el personal de administración y servicio a las necesidades del servicio y de su disposición, cuando se les requiera, para la prestación de los servicios públicos encomendados a la Administración Universitaria.

 

Primera. - Situación de aislamiento o contagio del personal de administración y servicios.

 

Las posibles situaciones de aislamiento o contagio que puedan producirse entre el PAS de la Universidad de Granada, se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud, arbitrándose las medidas necesarias para que el personal que se encuentre en situación de aislamiento por motivo del COVID-19, continúe percibiendo durante el tiempo que permanezca en dicha situación el cien por cien de sus retribuciones.

 

Segundo. - Medidas por el cierre de centros educativos o de mayores.

 

Para el personal de administración y servicios que tenga a su cargo menores o mayores dependientes y se vea afectado por el cierre de centros educativos o de mayores, serán de aplicación las siguientes medidas, por el tiempo que las autoridades competentes determinen y de acuerdo con las instrucciones de sus respectivos responsables de personal.

 

a) Flexibilización de la jornada laboral sin sujeción a los límites previstos en el artículo 45 del Reglamento del Personal de Administración y Servicios.

b) En el caso de que sea imprescindible, se permitirá la permanencia del personal en su domicilio, teniendo la consideración de deber inexcusable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 j) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

c) En el caso de que ambos progenitores o responsables del mayor dependiente tengan la condición de personal de la Universidad de Granada (PAS/PDI), no podrán disfrutar de estas medidas simultáneamente.

 

Tercera. Atención al público.

 

En todas las Unidades Administrativas Se atenderá vía telemática o telefónica y en el caso de no ser posible se facilitará una cita para atención presencial al usuario. Quedan suspendidas todas las citas obtenidas a través del sistema CIGES a partir del 16 de marzo.

 

Cuarta. Reuniones.

 

En la medida de lo posible se evitarán las reuniones de trabajo, disponiéndose en todo caso la suspensión de aquellas que impliquen desplazamientos a otra localidad. Asimismo, se fomentará el uso de la videoconferencia.

 

Quinta. Cursos y actividades formativas.

 

El área de Formación del PAS, como responsable de la organización de cursos y actividades formativas de carácter presencial pospondrá la realización de estos, valorándose la utilización de medios telemáticos como alternativa, cuando ello resulte posible.

 

Sexta. Pruebas selectivas.

 

Se posponen, por el tiempo imprescindible y nunca menos de tres meses, la celebración de pruebas selectivas de concurrencia masiva, garantizando en todo caso la continuidad de los procesos.

 

Para el resto de las pruebas selectivas de concurrencia más limitada, será la Gerencia la que tomará la decisión en cada caso concreto.

 

Séptima. Viajes.

 

Quedan suspendidas temporalmente las comisiones de servicio y desplazamientos fuera de la Universidad por motivos laborales, incluidas las comisiones para participar en tribunales de oposiciones y  concursos, excepto aquellos viajes de trabajo que sean imprescindibles para la normal prestación de servicios esenciales.

 

Octava. Modalidades no presenciales de trabajo.

 

En supuestos debidamente justificados se permitirá modalidades no presenciales de trabajo, previa autorización de del responsable de la Unidad, con el objetivo de garantizar la prestación de los servicios públicos, habilitándose para ello los correspondientes sistemas y medios telemáticos.

 

En todo caso, aquel personal de la Universidad que padezca enfermedades crónicas o pluripatológicas o con estados de inmunosupresión congénita o adquirida, así como las mujeres que se encuentren en estado de gestación, podrán permanecer en su domicilio sin necesidad de acudir a su puesto de trabajo.

 

Los responsables de la Unidad notificarán a Gerencia las medidas adoptadas en esta materia.

 

Novena. Reorganización de turnos.

 

Si como consecuencia de los supuestos previstos en esta Resolución fuese necesaria la reorganización de turnos, cada Unidad Administrativa dentro de su ámbito organizativo propondrá la determinación de los mismos.

 

Décima. Seguimiento.

 

Gerencia realizará semanalmente un informe sobre la incidencia que estas medidas tengan en el funcionamiento de los servicios durante su período de vigencia, que será elevado a la Comisión de Seguimiento y Coordinación de la situación epidemiológica de la Universidad de Granada para su conocimiento.

 

Undécima. Efectos.

 

La presente Resolución producirá efectos a partir del próximo día 16 de marzo de 2020.

 

 

María del Mar Holgado Molina.

Gerente.