Esta forma admisión está orientada a estudiantes que hayan realizado estudios universitarios extranjeros y no hayan finalizado (estudios parciales) o que hayan finalizado pero no hayan solicitado u obtenido la homologación del Ministerio o declaración de equivalencia.
Esta vía de admisión es compatible con la solicitud por la fase de preinscripción de extranjeros si tienen los requisitos necesarios y, después de ser admitidos/as, pueden solicitar un reconocimiento de los estudios que hayan realizado.
Preguntas relacionadas
Sí, puede solicitar esta modalidad de admisión cualquier estudiante que haya cursado estudios universitarios parciales extranjeros, o que habiendo finalizado estudios universitarios extranjeros no haya obtenido su homologación o equivalencia en España. Será requisito indispensable que se le reconozcan al menos 30 créditos en la titulación para la que solicita la admisión.
Las plazas ofertadas las fija anualmente el Centro con al menos una plaza ofertada por Titulación. Consulta en el Centro para más información.
El plazo es generalmente en enero-marzo, y se pueden consultar en el calendario administrativo de la Universidad de Granada.
La solicitud se realiza por la sede electrónica donde se especifica el procedimiento para el mismo: Traslados de estudiantes con estudios universitarios extranjeros (parciales o totales) no homologados: admisión en estudios de Grado de UGR
Cada centro académico puede establecer documentación justificativa de requisitos específica. Compruebe la información en la página web del centro en que se imparten las enseñanzas en las que desea ser admitido.
Las solicitudes de estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales o totales que no hayan obtenido la homologación de su título en España deberán cumplir el requisito de obtener la convalidación de un mínimo de 30 créditos universitarios (ECTS, siglas en inglés del sistema europeo de transferencia de créditos), de acuerdo con lo dispuesto en la normativa propia de la UGR.
Las solicitudes de admisión se resolverán en función de la nota media del expediente académico de origen, así como de otros parámetros académicos que podrá fijar el Centro en su reglamentación propia. Los posibles empates de calificaciones se resolverán en función del mayor número de créditos superados en la universidad de origen.
Las asignaturas reconocidas tendrán la equivalencia en calificación numérica que corresponda a la obtenida en el centro de procedencia. No se tendrá en cuenta, a los efectos de ponderación, el reconocimiento de créditos en que no exista calificación.
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Solicitud motivada dirigida al Rector a través del procedimiento electrónico establecido.
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Certificación Académica Personal.
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Autovaloración del estudiantado, si procede, según los parámetros académicos establecidos por cada centro académico o declaración de equivalencia emitida por el Ministerio correspondiente.
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Cualquier otra documentación necesaria para resolver adecuadamente la solicitud, como el plan de estudios de la titulación de origen, los programas de las asignaturas superadas, las Guías Docentes o la Memoria Verificada del título.
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Sistema universitario de calificaciones del país de origen o escala de calificaciones, indicando obligatoriamente la nota mínima para aprobar y los puntos en los que se basa la escala e intervalos de puntuación.
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Se recomienda presentar certificado de Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros (es un trámite online que suele tardar varios meses, por lo que se recomienda tramitar con antelación).
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Certificado expedido por el órgano competente del país de origen en el que se acredite que los estudios son de rango universitario y de nivel de máster en su caso.
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Documentación que permita acreditar fehacientemente las circunstancias excepcionales por las que solicita la admisión, cuando proceda.
Toda esta documentación se presentará traducida oficialmente al español.
Los títulos y certificados obtenidos estarán debidamente legalizados (convenio de la Haya o vía diplomática), excepto los expedidos por países del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
Todos los documentos deberán ser originales o copias auténticas expedidas por el organismo oficial español correspondiente.
La solicitud se resolverá en el plazo de dos meses a contar desde el día de finalización del plazo de solicitud. Transcurrido dicho plazo se entenderá estimada la solicitud.
No, la admisión da derecho únicamente a la matrícula en la titulación en la que haya sido aceptada y en ese curso académico. La no formalización de la matrícula en el curso académico en el que se realiza el reconocimiento de créditos supondrá la pérdida de la plaza obtenida y la anulación del reconocimiento indicado en la resolución de admisión.
Sí. Puedes solicitar tu admisión a través del procedimiento general de Preinscripción. Consulte la admisión de estudiantes extranjeros desde estudios preuniversitarios según le corresponda.
Una vez que hayas obtenido la admisión y hayas formalizado la matrícula podrás solicitar en la Facultad o Escuela donde se imparta el grado matriculado el reconocimiento de las materias cursadas en tu universidad de origen.
Normativa que aplica a esta sección:
- Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión.
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Reglamento de Gestión Académica de la Universidad de Granada, (Última revisión aprobada en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 29 de junio de 2022)
- Reglamento Permanencia de la UGR para el estudiantado de enseñanzas oficiales de Grado y Máster Universitario
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Reglamentos de los Centros
Unidad Responsable
Para obtener más información contacta con tu Centro Académico o visita su página web. También puedes solicitar una cita presencial a través de la aplicación CIGES.
Términos Relacionados
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