GRADO. Rendimiento mínimo y límites a la permanencia


Dibujo de una profesora en pie, con una carpeta, y una alumna sentada en una mesa con un ordenador portátil, ante un boletín de calificaciones

Se relaciona la información sobre las condiciones y límites de permanencia en la Universidad de Granada. Rendimiento académico mínimo al inicio de los estudios, número máximo de convocatorias suspensas por cada asignatura y plazo máximo de permanencia en la Universidad.

Toda la información sobre la permanencia y modalidades de dedicación académica están reguladas en el Reglamento Permanencia de la UGR para el estudiantado de enseñanzas oficiales de Grado y Máster Universitario.

Preguntas Relacionadas

¿De cuántos cursos dispongo para finalizar mis estudios?

Dependerá del Grado o Programa académico de doble grado (PADG) en el que estés matriculado, de acuerdo con la clasificación establecida en el Anexo I del Reglamento de Permanencia:

Número de ECTS

Máximo de años de matrícula en el grado o PADG

TIPO 1

TIPO 2

TIPO 3

240

7 años

8 años

9 años

300

8 años

9 años

10 años

301-360

9 años

10 años

11 años

361-420

10 años

11 años

12 años

  • En los programas de Doble grado se añadirá un año más al plazo de permanencia por cada por cada 60 créditos o fracción que exceda de 420 créditos.
  • En los programas interuniversitarios de doble titulación de grado con universidades nacionales o internacionales, el máximo será el establecido específicamente en el convenio que las regule y, subsidiariamente, el máximo establecido por las normas de la Universidad donde el/la estudiante esté cursando la doble titulación.
  • Si te quedan un máximo del 5% de los créditos o 2 asignaturas con un máximo de 15 ECTS (excluyendo el TFG), tendrás un curso académico adicional.

Aquellos cursos en que se tenga matrícula parcial (entre 24 y 41 créditos) cuentan la mitad a efectos de permanencia.

Tengo dudas sobre el número máximo/mínimo de créditos a matricular en un curso

Hay dos tipos de matrícula ordinaria:

  1. Estudiante a tiempo completo: aquel que se matricula de al menos 60 créditos en el primer curso y entre 42 y 78 en el resto de cursos.

  2. Estudiante a tiempo parcial: para el estudiantado que se matricula entre 24 y 41 créditos.

¿Cómo sé cuántos créditos llevo superados?

Puedes consultarlo accediendo con tus claves a la Oficina Virtual.

¿Hay un mínimo de créditos que tengo que aprobar?

Los/las estudiantes de nuevo ingreso deben aprobar como mínimo 6 créditos, con independencia de la modalidad de dedicación al estudio en que se hayan matriculado.

Al término de su segundo año matriculado, deben haber aprobado como mínimo 18 créditos (estudiantes a tiempo completo) o 12 créditos (estudiantes a tiempo parcial).

Para el cómputo de estos créditos, se tendrán en cuenta los créditos reconocidos.

Es mi primer curso y no estoy aprobando ninguna, ¿a quién recurro?

Desde 2019 existe el Programa AERA (PDF) (Atención a Estudiantes en Riesgo de Abandono de estudios) dependiente del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad (Unidad de Orientación Académica y de Acceso a la Universidad). Contacta con ellos o a través del Decanato/Dirección de tu Centro.

¿De cuántas convocatorias dispongo para superar una asignatura?

Para superar una asignatura los/las estudiantes disponen de 6 convocatorias de evaluación. Para el cómputo sólo se tendrán en cuenta aquellas en las que el/la estudiante se haya presentado y figure su calificación en el acta (excluyendo “No presentado”).

Si he agotado las seis convocatorias en una asignatura, ¿qué puedo hacer?
Me queda solo una asignatura para finalizar (aparte del TFG), ya he agotado varias convocatorias y temo agotarlas todas. ¿Hay algo que se pueda hacer?

Acude a la sección: Compensación Curricular para ver si cumples las condiciones para solicitarla.

Quiero retomar mis estudios tras no haberme matriculado durante varios años/cursos

Si llevas dos años académicos consecutivos (o más) sin formalizar tu matrícula, debes dirigir una solicitud al Decano/a o Director/a del Centro donde quieres retomar tus estudios.

Dicha solicitud debe realizarse a través de la solicitud genérica en la Sede Electrónica antes del inicio del curso académico en el que quieras volver.

He incumplido las condiciones de rendimiento académico y/o he agotado los plazos de permanencia. ¿Qué puedo hacer ahora?

En caso de incumplimiento de las condiciones de rendimiento académico, o si has agotado los plazos de permanencia, no podrás proseguir los estudios en la titulación en la que te encuentres matriculado. No obstante, transcurridos al menos 3 cursos, podrás solicitar, por una sola vez, matrícula en la misma titulación a través de la sede electrónica Solicitud de admisión y matricula tras abandono por incumplimiento de las normas de permanencia en Grado en los plazos establecidos para ello.

También podrás iniciar otros estudios de la Universidad de Granada, siempre que existan plazas vacantes en la nueva titulación en la que solicites matricularte y se ajuste a las normas y procedimientos habilitados al efecto. Si después de iniciar esos otros estudios, también incumplieras las normas de permanencia en esa segunda titulación, no podrás iniciar otros estudios universitarios oficiales distintos en la Universidad de Granada. No obstante, transcurridos al menos dos cursos académicos desde la resolución que te impidió seguir estudiando, podrás solicitar al Rector/a, por una sola vez, matrícula en estudios universitarios oficiales conforme a las normas de acceso y admisión de la Universidad de Granada.

En el caso que no puedas matricularte en otra titulación porque ya has estado matriculado/a en 4 títulos distintos sin finalizar ninguno de ellos, podrás solicitar, por una sola vez y justificando documentalmente, que te permitan matricularte, por última vez, en otra titulación distinta.

El plazo de solicitud es el establecido en los plazos administrativos  del calendario académico de cada curso académico.

He incumplido los requisitos de rendimiento o permanencia por una causa grave o extraordinaria. ¿Puedo alegarlo?

Si han concurrido causas graves y extraordinarias que te hayan impedido cumplir los requisitos de rendimiento académico o permanencia, podrás solicitar la excepción de los mismos a la Comisión de Permanencia. 

Debes realizar esta solicitud en el mismo curso académico en que incumples la normativa o, como máximo, en el curso siguiente inmediato. No se aceptan solicitudes en cursos posteriores.

La información completa la puedes consultar en la sección Permanencia del Servicio de Acceso, Admisión y Permanencia.

Si he hecho algunos cursos a Tiempo Parcial y otros a Tiempo Completo, ¿cómo calculo lo que me queda de permanencia?

En el cálculo debes contabilizar dos cursos de Tiempo Parcial como equivalente a uno a Tiempo Completo.

 

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  • Legitimación: La Universidad de Granada está legitimada para el tratamiento de sus datos, siendo de aplicación las bases jurídicas previstas en el art. 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos que correspondan en función de la finalidad pretendida por usted en el formulario de contacto.
  • Finalidad: Gestionar su comunicacion.
  • Destinatarios: No se prevén comunicaciones de datos, salvo que sea necesario para gestionar su solicitud.
  • Derechos: Tienen derecho a solicitar el acceso, oposición, rectificación, supresión o limitación del tratamiento de sus datos, tal y como se explica en la información adicional.
  • Información adicional

Unidad Responsable

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Términos Relacionados

Convocatorias agotadas
Límites de permanencia en la UGR
Matrícula a Tiempo Parcial
Matrícula a Tiempo Completo
Modalidades de dedicación
Normas de permanencia en la UGR
Rendimiento académico
Rendimiento mínimo
Fecha de Actualización
16 de Mayo de 2025