ACCESO CON TÍTULO EXTRANJERO NO HOMOLOGADO

Si la persona interesada en cursar estudios de Máster en la Univerisidad de Granada está en posesión de un título extranjero los procedimientos a seguir serán diferentes si esté está homologado o si por el contrario no lo está.

Si deseo estudiar estudios oficiales de posgrado (Máster) en la Universidad de Granada ¿debo homologar mi título extranjero?

A continuación se detalla el procedimiento para proceder a su homologación.

¿Qué documentación debe aportar para proceder a la homologación?

Requisitos de la documentación

Todos los documentos deberán ser OFICIALES, expedidos por las autoridades competentes para ello. Deberán presentarse debidamente LEGALIZADOS por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de la Haya. Asimismo habrán de ir acompañados en su caso, de su correspondiente traducción oficial al castellano.

Se entregrá fotocopia de cada documento original requerido. Dichas fotocopias serán cotejadas con sus respectivos documentos originales, comprobándose la identidad de sus contenidos. Una vez diligenciadas las fotocopias con un sello o acreditación de compulsa, se devolverán los documentos originales.

Solo se admitirán copias compulsadas por la Embajada o Consulado de España en el país de donde proceda la documentación.

Plazo de Solicitud

Hasta el 31 de julio.

Lugar de Presentación

Comisión de Doctorado. c/ Santa Lucía, 8. 18071 Granada (España).

Presentación telemática

Las personas que se encuentren fuera de Granada podrán dirigir su solicitud así como la documentación indicada, a través de correo electrónico y en formato pdf a franciscodelgado@ugr.es

Informes

Las resoluciones de solicitud de acceso a los estudios de Posgrado (Máster) se adoptarán previo informe motivado, emitido por la Comisión de Doctorados por el solicitante. Dicho informe deberá ser emitido en un plazo máximo de 10 días desde la recepción del expediente por dicha Comisión.

El plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, a contar desde la fecha en que haya tenido entrada la solicitud en la Universidad.

La falta de resolución expresa en el plazo señalado permitirá entender desestimada la solicitud.

Recursos

La resolución por la que se concede, o se deniega el acceso a los estudios oficiales de Posgrado (Máster) pone fin a la vía administrativa, y puede ser impugnada mediante recurso potestativo de reposición, ante el Rector, o bien mediante recurso contencioso-administrativo, ante los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.