INSTRUCCIONES PARA INCLUSIÓN DE DATOS DE INVENTARIO EN PROGRAMA SOROLLA
Con la entrada en funcionamiento del programa ‘SOROLLA’, los Centros de gasto al tramitar facturas correspondientes a bienes inventariables deberán introducir los datos de inventario desde el módulo de "Justificante de Gasto" en la pantalla "Otros Datos", mediante la opción "Captura bien mueble asociado al Justificante" y según la tramitación indicada en los manuales de procedimiento de ‘SOROLLA’ y en el Anexo I.
Hay que tener en cuenta que, además del material que se venía inventariando hay que incluir las ‘aplicaciones informáticas’ y los ‘fondos bibliográficos’ (éstos, con independencia de la ficha de biblioteca que, a efectos de catalogación, el personal de bibliotecas esté obligado a cumplimentar).Asimismo, se deberá tener en cuenta el límite, ajustado a criterios económicos, a partir del cual se está obligado a introducir los datos de inventario que, según Resolución de la Gerencia de esta Universidad, de fecha 06-II-04, se estableció en 250 euros.
Cuando la tramitación de la factura se realice de forma centralizada, como por ejemplo a través de:
deberán cumplimentar
el documento incluido como ANEXO II y remitirlo al Servicio que lleve a
cabo la tramitación de la factura.
Cuando se trate de un bien inventariable que se adquiera mediante ‘donación’ a la Universidad, deberá cumplimentarse el ANEXO III, sin omitir en ningún caso su valoración, y remitirlo a la Sección de Patrimonio e Inventario para que cause ‘Alta’ en el Inventario General de la Universidad de Granada.
Las Bajas y Modificaciones deberán comunicarse a la Sección de Patrimonio e Inventario, debiendo para ello cumplimentar el ANEXO IV.
Cualquier modificación en el uso o ampliación de Locales o Sublocales deberá comunicarse a la Sección de Patrimonio e Inventario.