PRESENTACIÓN

 

 

 

"ReDCE núm. 27. Enero-Junio de 2017" 

 

Seguridad y Derecho europeo.

 

El proyecto de integración europea se enfrenta actualmente a la crisis más grave de su historia. Han sido muchos los factores que han contribuido a esta encrucijada en la que vive actualmente la Unión Europea. Algunos tienen que ver con la inadecuación del modelo seguido para hacer frente a las necesidades de la integración europea en el siglo XXI. Otras con una crisis económica que se ha afrontado de una manera excesivamente rígida, provocando un desgaste terrible de la imagen de Europa y afectando negativamente a los sistemas constitucionales internos y a los derechos y libertades de la ciudadanía.

Sin embargo, podríamos decir que el factor que está generando un desafío mayor a la integración europea tiene que ver con el cambio en las condiciones de la globalización que estamos experimentando desde hace años y, muy especialmente, en el siglo XXI. El ritmo del tiempo histórico se ha acelerado y no es posible ya responder a los problemas con la relativa tranquilidad con la que estos se podían afrontar en un mundo más pausado durante la segunda mitad del siglo XX. Esta aceleración se evidencia en todos los ámbitos, desde los avances científicos hasta la distribución del poder económico a nivel global.

Este último aspecto resulta especialmente relevante porque está provocando un cambio de paradigma, enterrando definitivamente las claves del mundo que heredamos después de la Segunda Guerra Mundial, y lo está haciendo de una manera vertiginosa, sin que los líderes europeos hayan sido capaces de reaccionar, hasta ahora, para hacer frente de una manera eficaz a los nuevos desafíos que la globalización plantea. El avance de los países emergentes en el nuevo orden global y particularmente de China e India, evidencia la impresionante transformación a la que estamos asistiendo en los últimos años.

China no solo se ha convertido en la primera potencia mundial superando a Estados Unidos desde 2014 (si medimos su PIB en términos de Paridad de Poder Adquisitivo) sino que supera también al conjunto de la Unión Europea. En las previsiones del FMI para 2017 tiene todavía mayor importancia la cada vez más frágil posición de los distintos países europeos en la economía global: tan sólo Alemania sigue ocupando un lugar destacado, el quinto puesto, si bien pasará previsiblemente pronto al octavo puesto si siguen avanzando posiciones Rusia, Indonesia y Brasil. En la posición 9 y 10 (por tanto fuera de las reuniones del G8 si estas se acomodaran al peso económico real de los países) están ahora el Reino Unido y Francia, que posiblemente sean superadas en un futuro más o menos próximo por México, Turquía y Corea del Sur, dejando de estar entre las 10 primeras economías del mundo. Por lo que se refiere a España e Italia ya hemos dejado de estar en esas posiciones: España ocupa el puesto 16 e Italia el 12 y también en ambos casos, las previsiones son descensos sucesivos frente a Turquía y Corea del Sur (en el caso de Italia) o frente a Canadá y otros países en el caso de España.

La paradoja que hemos vivido con el Brexit es que países que son cada vez más débiles y que representan cada vez menos en el contexto global pretendan “recuperar” su soberanía perdida como si esa pérdida fuera imputable a la Unión Europea y no a la globalización. La respuesta la vimos justamente unos días después del referéndum sobre el Brexit en el Reino Unido, cuando la nueva Primera Ministra decidió paralizar el proyecto de construcción de una central nuclear con parte de capital chino, como manifestación de ese nuevo espíritu de “recuperación” de la soberanía. Dos meses después, tuvo que ceder y autorizar el proyecto, evidenciando así que los países europeos no pueden volver al Estado nacional soberano sino que tienen que asumir su destino común y compartir la “soberanía” en el marco de la integración europea. La alternativa a la Unión Europea no es recuperar el poder político perdido sino perder el poco poder político que les queda frente a los grandes agentes globales.

Han sido precisamente el Brexit y el resultado de las últimas elecciones presidenciales norteamericanas los que han marcado un cambio de paradigma a nivel global, que afecta especialmente a la Unión Europea. Si bien la caída del muro de Berlín en 1989 definió un nuevo contexto global, lo hizo dentro del ámbito europeo, modificando las condiciones del orden mundial resultante del final de la Segunda Guerra Mundial, pero todavía con el patronazgo de Estados Unidos (en permanente sintonía con el Reino Unido para modular el alcance del proceso de integración) sobre las instituciones europeas. Las recientes declaraciones de la Canciller Merkel en sentido de que Europa tiene que asumir su destino y no puede descansar ya sobre sus aliados atlánticos no son sino la consecuencia lógica de los acontecimientos que hemos vivido en los últimos meses y que redefinirán la posición futura de los distintos agentes globales.

Si queremos saber qué existe fuera de la Unión Europea, no tenemos más que mirar al Reino Unido: desconcierto, confusión, debilidad, riesgo de división interna, pérdida de relevancia en el ámbito global, entre otros efectos negativos del Brexit. Por más que, como indica Peter Häberle en el artículo que publicamos en este número, para Europa también “el Brexit es algo más que un accidente, es un desastre, una pérdida cultural de primer rango”. Desde esa perspectiva, Europa debe ser consciente de lo que pierde con la salida del Reino Unido y debe asumir que no puede ofrecer solamente una imagen en negativo de lo que supone como proyecto político. No se trata de que fuera de la Unión Europea se esté peor que dentro sino de generar las condiciones para que el proyecto de integración vuelva a ser de nuevo un proyecto atractivo para la ciudadanía europea. Eso exige un cambio de modelo y un avance decidido hacia la Europa democrática, social y constitucional.

La parte monográfica de este número de la Revista se centra en las cuestiones relacionadas con la Seguridad en perspectiva europea. En concreto, los trabajos de Manuel Carrasco Durán sobre “Las garantías procesales en caso de terrorismo: distintos modelos, en perspectiva comparada”, el de Carolina Cerda Guzmán, que lleva por título “Los derechos fundamentales y la lucha contra el terrorismo: Francia bajo el estado de emergencia” y el de Germán Teruel sobre “El discurso del odio como límite a la libertad de expresión en el marco del Convenio Europeo”.

La Sección de Artículos está encabezada por un texto de Peter Häberle titulado “La ciencia jurídica europea como ciencia de la cultura”, que recoge la Conferencia Inaugural que impartió en el Congreso que celebramos en su Honor en Granada en mayo de este año, bajo el título de Los nuevos desafíos del constitucionalismo contemporáneo. Está prevista su publicación simultánea este mismo año en Italia por Fulco Lanchester, en Perú por Domingo García Belaunde y en nuestra Revista. Le sigue un trabajo de Alberto Vespaziani sobre “El referéndum constitucional y la saga de las reformas institucionales en Italia: much ado about nothing”. Cierra esta Sección un artículo de Miguel José Arjona Sánchez acerca de “La devaluación del dinero como problema constitucional. El ejemplo histórico de la libra esterlina”.

La Sección dedicada a Perfiles y Noticias, incluye en esta ocasión una referencia al Congreso celebrado en Granada en Honor a Peter Häberle sobre Los nuevos desafíos del constitucionalismo contemporáneo. El Tagungsbericht, que se publicará también en Alemania, ha sido elaborado por Markus Kotzur y da cuenta con gran acierto de la consolidación de esta comunidad häberliana que se ha ido formando a lo largo de los años en todo el mundo y que se reúne periódicamente en España, Italia, Francia, Alemania o Portugal (cuando no fuera de Europa, en México, Perú o Brasil) en torno a la figura de Peter Häberle. Una comunidad que se basa también en la amistad, como bien indica Markus Kotzur, y que integra a varias generaciones de constitucionalistas de muy diferentes países.

La Sección de Textos Clásicos incorpora un trabajo del ilustre constitucionalista francés Michel Troper, titulado “El estado de excepción no tiene nada de excepcional”, en el que rechaza la idea schmittiana de que quien decide sobre el estado de excepción puede considerarse soberano, entendiendo, por el contrario, acertadamente, que el estado de excepción no debe concebirse como “una suspensión del Derecho sino que está siempre definido y configurado por el derecho, que siempre supone la aplicación de un marco jurídico que sustituye a otro conforme a lo establecido en una norma jurídica superior”.

En el Foro publicamos la Conferencia Inaugural de Pedro Cruz Villalón en el coloquio interdisciplinar celebrado en la Universidad de Toulouse en los días 30 y 31 de marzo de 2017, que lleva por título: “Entre proporcionalidad e identidad: las claves de la excepcionalidad en el momento actual”. Compartimos plenamente la preocupación del Profesor Cruz Villalón manifestada en ese texto, así como su propuesta sobre la necesidad de apelar al concepto de identidad constitucional como límite material a la excepcionalidad y, por tanto, de “construir un arsenal identitario, esto es, un núcleo último de convicciones que no deberían ceder ante las contingencias, por difíciles que puedan ser”.

También en línea con la orientación de la parte monográfica de este número, la Sección de Jurisprudencia contiene un trabajo de Miguel Ángel Cano sobre “La nueva amenaza terrorista y sus (negativas) repercusiones en el ordenamiento penal y constitucional. Comentarios a la Sentencia de la Audiencia Nacional núm. 39/2016, de 30 de noviembre”. Por último, en la Sección de Legislación, María Luisa Balaguer Callejón recoge diversas Directivas relacionadas con temáticas muy diversas, desde lucha contra el terrorismo y el control de armas a la regulación de instrumentos financieros, pasando por normativas de carácter laboral.

La Sección de Noticias de Libros se dedica a dos obras colectivas, ambas en honor de grandes juristas europeos. Por un lado, Common European Legal Thinking. Essays in Honour of Albrecht Weber, eds. Blanke, H.-J., Cruz Villalón, P., Klein, T., Ziller, J, Springer, 2016, que es objeto de comentario por parte de José María Porras Ramírez. Se trata de una obra sobre la que tuvimos ocasión de realizar una Presentación en Granada en fecha reciente, con participación de los Profesores Albrecht Weber y Hermann-Josef Blanke, en el curso de un Seminario de gran interés. En su momento, cuando se organizó el Congreso que le dio origen, en Osnabrück, algunos de los invitados españoles no pudimos participar por motivos ajenos a nuestra voluntad. Recuerdo que tanto el Profesor Rubio Llorente como yo estuvimos esperando dentro de un avión la autorización para despegar que no llegó debido a una huelga de controladores aéreos en Francia. Nos es ahora muy grato poder acoger la espléndida recensión preparada por el Profesor Porras Ramírez que recoge también un recuerdo para el Profesor Rubio Llorente, gran amigo de Albrecht Weber, y califica con razón a este libro como “una obra de referencia en el estudio del Derecho de la Unión Europea”.

Por otro lado, Miguel Azpitarte Sánchez comenta el libro La Constitución política de España. Estudios en homenaje a Manuel Aragón Reyes, edición a cargo de F. Rubio Llorente, Javier J. Campo, Juan J. Solozábal Echavarría, P. Biglino Campos y A. Gómez Montoro, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2016. Como se puede ver, el Profesor Rubio Llorente sigue estando presente en nuestra revista y así seguirá siendo en el futuro. En este caso, como coeditor del Libro Homenaje dedicado a su primer discípulo, el Profesor Aragón Reyes. En este caso, sí me fue posible participar con uno de los trabajos que se incluyen en la obra, sin que eso me suponga impedimento para valorarla objetivamente, como hace el Profesor Miguel Azpitarte, por referencia a la figura del Profesor Aragón, indicando que “la temática se ensambla a la perfección con los temas que el homenajeado ha tratado durante su extensa labor académica y que hasta cierto punto, dada su presencia en los momentos germinales de nuestra disciplina, conforman los asuntos estándar del derecho constitucional, aquellos en los que nos reconocemos”.

Este número 27 de la Revista es, para todo su equipo, una edición muy especial. No porque celebremos ningún aniversario nuevo, más allá del que suponga el relato cronológico de su numeración, sino porque, en el curso de este primer semestre de 2017, se ha producido el nombramiento como Magistrada del Tribunal Constitucional de nuestra Directora de la Sección de Legislación, la Profesora María Luisa Balaguer Callejón. Para nosotros es un motivo de especial alegría porque se trata de una de las fundadoras de la Revista, que ha dirigido desde el primer número esa Sección, acreditando su compromiso con el Derecho Europeo y con el Derecho Constitucional. Hemos compartido siempre con ella una misma visión de la labor académica, y una metodología inspirada en las enseñanzas de Juan José Ruiz-Rico, nuestro añorado maestro, con el que comenzamos la andadura universitaria, así como de nuestro maestro alemán, Peter Häberle, del que seguimos aprendiendo cada día. Su incorporación al Tribunal Constitucional es una magnífica noticia para quienes conocemos su sensibilidad como jurista y su sentido de la Justicia. Es la persona adecuada en el momento adecuado, por su valentía e integridad, que ha demostrado siempre.

En el apartado de agradecimientos, reiteramos nuestra gratitud a la editorial Thomson Reuters, por el excelente trabajo que realiza en la edición impresa y en e-Book de la ReDCE. También a la Fundación Peter Häberle, directamente y a través del Centro de Investigación de Derecho Constitucional “Peter Häberle” de la Universidad de Granada por su apoyo a la Revista. Por último, en el ámbito nacional, al Proyecto de Investigación DER2016-77924-P, “Los Derechos Fundamentales ante las crisis económicas y de seguridad en un marco constitucional fragmentado” y en el europeo, a la Cátedra Jean Monnet “ad personam” de Derecho Constitucional Europeo y Globalización.

  

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Francisco Balaguer Callejón