Homenaje a Peter Häberle (I)

 

 

 

 

PRESENTACIÓN

 

El número 11 de la ReDCE llega con aire de aniversario. En primer lugar, de aniversario de la propia revista, que comenzó su andadura hace ahora cinco años, con la aparición de su número 1, de enero a junio de 2004. Han sido cinco años muy intensos en los que hemos intentando aportar una perspectiva propia en el debate constitucional europeo. Gracias al apoyo del Instituto Andaluz de Administración Pública y de los diversos proyectos europeos, estatales y andaluces a los que hacemos siempre mención, la revista ha podido servir de lugar de encuentro de una parte significativa de la doctrina europea, como evidencia la gran cantidad de trabajos traducidos al castellano que se incluyen en cada ejemplar. Con motivo de este quinto aniversario hemos renovado el formato de la versión impresa, incorporando algunas mejoras destinadas a facilitar su lectura.

En segundo lugar, el número 11 es también un número festivo que recoge otra conmemoración mucho más importante. Con motivo del 75 aniversario del Presidente de Honor de nuestro Consejo Asesor, el Profesor Peter Häberle, la revista incorpora en su parte monográfica los Estudios en Homenaje a Peter Häberle, procedentes de las Actas del Congreso Internacional sobre «La construcción del Derecho Constitucional Europeo» que celebramos en Granada los días 14 y 15 de mayo de este año 2009. Al mismo tiempo, en la sección de Textos Clásicos hemos incluido un trabajo del Profesor Häberle y la sección de Perfiles incorpora la Laudatio que le dedicara Paolo Ridola y con la que se dio apertura al Congreso.

El Congreso en Honor de Peter Häberle no podía haber tenido mejor comienzo que esa extraordinaria Laudatio en la que el Profesor Ridola supo combinar la sensibilidad y la solidez intelectual que le caracterizan para sintetizar con trazos magistrales la evolución del complejo pensamiento de Häberle en sus diversas etapas y el alcance de sus aportaciones al Derecho constitucional de nuestra época. Aunque el lector puede consultar el texto traducido del italiano y el alemán por Miguel Azpitarte, no me resisto a incorporar aquí un pasaje crucial:

«Peter Häberle muß als Fortsetzer und Nachfolger der berühmten Tradition der Weimarer Juristen mit vollem Recht betrachtet werden. Mit dieser Tradition teilt er die Solidität und die Dicke der Lehre, die Tiefe des Denkens, die Sensibilität beim Verständnis des sozialen Wandels, die Offenheit der kulturellen Horizonte und den multidisziplinären wissenschaftlichen Ansatz auf. Von ihm ist oft den Ratschlag gekommen, vor dieser Tradition als Zwerge auf den Schultern der Riesen uns zu stellen. Und jedoch hat er die Weimarer Verfassungslehre tiefgreifend erneuert. Die Weimarer Zeit war von der Offenheit der Verfassungsrechtswissenschaft der Gesellschaft, den Herausforderungen der Demokratie, der sozialen Frage, der sozialen Konfliktualität charakterisiert. Trotzdem blieben ihre Horizonte innerhalb der Grenzen des Nationalstaates und der großen politischen Ideologien des “kurzen Jahrhunderts“ (im Sinn Eric Hobsbawns) beschränkt. Das Denken Häberles besitzt eine zentrale Stellung in der “zweiten“ Zeit der Verfassungslehre, weil es sich mit den neuen Herausforderungen der Globalisierung, des Multikulturalismus, der Fragmentierung der kulturellen Identitäten, der Krise der politischen Ideologien des XX Jahrhunderts, der Vorgänge der supranationalen Integration gemessen hat».

Con enorme acierto este párrafo, como la propia estructura y el desarrollo de la Laudatio que realiza Paolo Ridola, nos aporta una de las claves de la impresionante dimensión que el pensamiento de Häberle ha adquirido en los últimos años, a través de la formulación de los elementos que contribuyen a la elaboración de un Derecho constitucional adaptado al contexto supranacional y global, del que el Derecho constitucional europeo es una variante especialmente significativa. Ese paso adelante, que es un paso de gigante, explica la extraordinaria difusión de su obra en tantos países así como el reconocimiento que está recibiendo y que se manifiesta, por ejemplo en la concesión de Doctorados “Honoris Causa” por tantas universidades (en fechas muy recientes: la UNAM de México, la Universidad de Brasilia, la Católica Universidad de Lima, la Universidad de Lisboa o la Universidad de Buenos Aires).

Se comprenderá también que, con ocasión del Congreso en su Honor celebrado en Granada, cuyas Actas se incorporan a la parte monográfica de Estudios, la revista se haya abierto a las contribuciones de profesores de otros continentes, con perspectivas diferentes a las del Derecho Constitucional Europeo. Si algo hemos aprendido del Profesor Häberle es que ni siquiera el Derecho Constitucional europeo se puede construir desde la autosuficiencia o el autismo de la cultura constitucional de Europa. Por otro lado, el adjetivo “europeo” no es una frontera, sino la modesta caracterización de una disciplina científica que está dispuesta a aprender de otras experiencias de integración supranacional y de las culturas constitucionales de países no europeos.

Una última observación parece procedente. Como todos los grandes pensadores, también Peter Häberle es objeto de interpretaciones diferentes. Parafraseando al propio autor, podríamos decir que hay ya una sociedad abierta de los intérpretes de Peter Häberle. Los estudios que se incorporan a este número de la revista son una buena muestra de ello. No sería coherente pretender limitar esa pluralidad. Por el contrario, aspiramos también aquí a desarrollos dialécticos productivos, desde planteamientos diferentes, que nos permitan seguir cumpliendo la misión que como constitucionalistas nos corresponde: controlar el poder y ensanchar los espacios de libertad mediante la ampliación de los derechos de la ciudadanía.

La sección de Estudios de este número 11, dedicada al Profesor Häberle, está encabezada por un trabajo del Presidente de nuestro Consejo Asesor, el Profesor Carlos de Cabo, sobre el Constitucionalismo del Estado social y Unión Europea en el contexto globalizador, que aborda magistralmente los temas nucleares del deficiente proceso de constitucionalización de la Unión Europea. Sigue un trabajo del insigne constitucionalista portugués Jose Joaquim Gomes Canotilho sobre el principio democrático: entre el derecho constitucional y el derecho administrativo, que aborda también cuestiones centrales relacionadas con el proceso de supranacionalización del Derecho Constitucional.

La vertiente latinoamericana está encabeza en este número por el Profesor y actual Presidente del Tribunal Supremo Federal de Brasil, Gilmar Ferreira Mendes acerca de la construcción de un Derecho Común Iberoamericano, así como en relación con la influencia de la doctrina de Peter Häberle en Brasil. También en relación con la temática del un Derecho Constitucional Latinoamericano, el trabajo de Ingo Wolfgang Sarlet, que la aborda desde la perspectiva de la protección de los derechos sociales.

Al Homenaje al Profesor Häberle se ha sumado también Giancarlo Rolla con un trabajo sobre la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en una perspectiva comparada. A ese trabajo sigue el de Lothar Michael sobre el contenido esencial como posible común denominador de los derechos fundamentales en Europa, que abre nuevas perspectivas a esta cláusula de origen alemán y ya de dimensión europea. También sobre derechos fundamentales en clave europea es el estudio de Julius J. Vasel sobre la doctrina del «margin of appreciation» como elemento clave en el Derecho Constitucional Europeo.

La sección de Estudios en Homenaje a Peter Häberle concluye con el trabajo del Profesor Gregorio Cámara Villar sobre los perfiles históricos del Derecho Constitucional Europeo, que nos representa así a los discípulos de Häberle en Granada en este número, de manera inmejorable.

La sección de artículos contiene tres trabajos. El primero de ellos, de Alessandro Pizzorusso, sobre la producción normativa en tiempos de globalización, además de conectar claramente con la parte monográfica de este número, evidencia la capacidad del Profesor Pizzorusso para situarse siempre en la vanguardia del Derecho constitucional, abriendo nuevos caminos a la reflexión doctrinal. Le sigue el trabajo de Roberto Romboli, sobre la reforma del recurso de amparo ante el tribunal constitucional en España, y la introducción de un recurso individual y directo en Italia. Esta investigación se enmarca dentro de la Acción Integrada de investigación científica entre España y e Italia, que estamos desarrollando en Granada y Pisa, con el Profesor Romboli como Investigador Principal de la parte italiana, sobre «Jurisdicción ordinaria y jurisdicción constitucional en el proceso de integración europea». Termina esta sección con el artículo del Profesor Chofre Sirvent sobre el Parlamento Europeo y el déficit de partidos políticos: el protagonismo de los grupos políticos, que plantea una cuestión relevante en relación con la debilidad actual del espacio público europeo.

Como ya hemos adelantado, la sección de Perfiles incorpora la Laudatio que le dedicara Paolo Ridola al Profesor Häberle, como apertura del Congreso en su Honor. Por su parte, la sección de Textos Clásicos contiene un trabajo del Profesor Häberle publicado inicialmente en México en la revista Cuestiones Constitucionales, por iniciativa de Diego Valadés y posteriormente en Perú, en un libro editado por Domingo García Belaunde.

La sección de Jurisprudencia contiene un trabajo de la Profesora Silvia Niccolai sobre Derecho antidiscriminatorio, nuevos valores de convivencia y argumentación constitucional, que es un Comentario a la Sentencia Coleman vs Attridge Law, del Tribunal de Justicia. La Profesora Niccolai resalta en ese trabajo «la potencialidad del derecho antidiscriminatorio para ser utilizado evolutivamente como promoción de demandas y estímulo de discursos sobre qué sea justo, así como sobre los perfiles de una vida normal y digna». En la sección de Legislación, la Profesora María Luisa Balaguer analiza diversas medidas relativas a la igualdad de género, entre ellas, una relativa al lenguaje no sexista, ámbito en el que todavía queda mucho camino por recorrer y en el que, como señala la Profesora Balaguer, podemos percibir un mayor avance en el Derecho interno español (especialmente en las Comunidades Autónomas) que en el europeo.

Por último tenemos que terminar expresando nuestra gratitud a las instituciones e instancias que patrocinan la revista. Ante todo, al Instituto Andaluz de Administración Pública, auténtico motor de la labor que realizamos. También en el ámbito andaluz, al Grupo de Investigación «Andalucía, la Unión Europea y el Estado Social» y al Proyecto de Investigación de Excelencia «Las reformas constitucionales y estatutarias en el marco de la Unión Europea». En el estatal, al Proyecto de Investigación SEJ2007-66427/JURI «La interacción constitucional entre Unión Europea y Estados miembros como factor de desarrollo del Derecho Constitucional Europeo» y a la Acción Integrada de investigación científica entre España y e Italia, de la Universidad de Granada con la Universidad de Pisa, HI2007-0028, Proyecto: «Jurisdicción ordinaria y jurisdicción constitucional en el proceso de integración europea». En el europeo, a la Cátedra Jean Monnet de Derecho Constitucional Europeo adscrita a la Universidad de Granada.

 

Francisco Balaguer Callejón