Gazeta de Antropología
Gazeta de Antropología, 2003, 19, artículo 26 · http://hdl.handle.net/10481/7341
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Publicado: 2003-10
Intrusos o propietarios. Argumentos y percepciones sobre el derecho a la propiedad de la tierra del indígena chaqueño
Intruders or owners. Some arguments and perceptions on the right to own land of the natives of Chaco

Mariana Giordano
Investigadora Asistente. Instituto de Investigaciones Geohistóricas. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Argentina (CONICET).

marianagfav@ciudad.com.ar


RESUMEN
El propósito de este trabajo es analizar la manera en que evolucionaron los argumentos y percepciones relativos a la propiedad de la tierra por parte de los grupos indígenas del Chaco Argentino. Para ello se realizó una revisión de los discursos producidos por el blanco en el mismo espacio chaqueño, desde el siglo XIX hasta avanzada la década de 1960. Estos discursos, procedentes de funcionarios públicos, misioneros, periodistas y colonos inmigrantes, son representativos de un complejo imaginario, construido en torno al indígena chaqueño. En él, el tema de la tierra ocupó un papel prioritario, ya que era el elemento más "visible" del contacto interétnico. Luego del sometimiento de los grupos indígenas, el Estado consideró a esta tierra como "pública" e intentó exhibirla como "tierra del porvenir", para atraer a los inmigrantes europeos.

ABSTRACT
The purpose of this work is to analyse the how the arguments and perceptions related to owning property have evolved among the native groups in the Argentinean Chaco. A review was made of the speeches made by the white man from the 19th century until the decade of 1960s in the same space of Chaco. These speeches are representative of an complex imaginary universe, built around the natives, and they come from public officials, missionaries, journalists and immigrant colonists, The topic of land carries out a high-priority function, being the most visible element in the inter-ethnic contact. After the subjugation of the native groups, the State considered this land to be "public" and tried to exhibit it as the "land of the future", in order to attract European immigrants.

PALABRAS CLAVE | KEYWORDS
propiedad de la tierra | grupos indígenas | Chaco, Argentina | dominación social | inmigracion | earth property | native groups | social domination | immigration


Introducción

La frontera interior argentina manifestó un avance progresivo desde la década de 1870. Las campañas militares a la Patagonia sur y a la región chaqueña dirigidas al "enemigo indígena", consolidaron paulatinamente el dominio territorial sobre grandes extensiones que se encontraban ancestralmente ocupadas por diversos grupos indígenas. Si en el sur hubo un exterminio importante de aborígenes, en el norte argentino, más específicamente en la zona chaqueña, la gran Campaña Victórica culminada en 1884 derivó en el sometimiento de los indígenas, la consiguiente reubicación de los mismos y a partir de esta situación, el surgimiento de discusiones sobre la cuestión del derecho a la propiedad de las tierras, que pasaron a considerarse "fiscales".

El presente artículo se propone analizar la manera en que evolucionaron los argumentos y percepciones relacionados a la propiedad de la tierra de los grupos indígenas del Chaco argentino (1), en los discursos producidos por el blanco desde el siglo XIX hasta avanzada la década de 1960. Si bien numerosos estudios han observado los fundamentos ideológicos y políticos esgrimidos en Buenos Aires, que legitimaron el accionar militar y la ocupación del "desierto chaqueño", es nuestra intención observar cuáles han sido las prácticas discursivas sobre esta problemática y más específicamente sobre el derecho de los indígena sobre las tierras, en el mismo espacio chaqueño: funcionarios, legisladores, misioneros religiosos, periodistas, colonos inmigrantes, se vieron involucrados de una u otra manera en esta problemática. Sus discursos revelan percepciones y contradicciones que se tejen en un complejo entramado de relaciones interétnicas originadas en este nuevo espacio "incorporado a la vida productiva nacional" luego del sometimiento armado antes referido.

Si bien analizamos los argumentos explícitos de los diferentes interlocutores, los discursos nos revelan un sentido latente que se vincula tanto con el autor de los mismos como con el/los posibles receptores, y que debe comprenderse en el conjunto de las representaciones que el blanco ha hecho sobre el "otro - indígena chaqueño", conformando una "imagen del otro" y, por refracción, una "imagen de sí mismo", validada y legitimada a través del discurso. Cabe advertir que en este juego de representaciones, las imágenes que un grupo construye sobre otro no sólo están sujetas a contextos específicos de producción, sino que en un mismo contexto se pueden presentar como complejas y contradictorias, dado que las mismas se ubican en un universo de sentido. 
 

1. Antecedentes

Hasta la ocupación del territorio chaqueño a través de la Campaña del General Victórica en 1884, fueron los sacerdotes franciscanos los únicos que postularon la legitimidad del indígena sobre la propiedad de las tierras que habitaban, oponiéndose a las concesiones a pobladores blancos realizadas por los gobiernos de las provincias vecinas o de los territorios recién creados. En 1858 el Prefecto de Misiones Fray Pelichi se convertía en interlocutor de los indios sobre el tema tierras, afirmando que éstos reclamaban la zona donde estaban asentados (se refería al Chaco salteño) porque eran las tierras de sus antepasados que ellos habían heredado. En una carta dirigida al Gobernador de Salta, reclamaba terrenos otorgados en merced a un particular; se erigía en "defensor de los indios" y en salvaguardia del derecho de propiedad de esas tierras Pelichi manifestaba lo siguiente:

"Recurro al Exmo. Gobernador reclamando contra la injusta usurpación de los dichos terrenos, como contraria al derecho natural, y al bien público de la Confederación Argentina. Y en primero lugar, según el derecho natural el legítimo dueño de los terrenos desamparados y desiertos es el primero posesor y ocupante: el primero ocupante no puede perder su derecho sino a título de conquista en una justa guerra, o por voluntaria venta o cesión, y siendo inviolable el derecho de propiedad nadie puede disponer de ellos, ni quitarlos al legítimo poseedor y dueño para darlos a otros sin violar el derecho de naturaleza, y propiedad... Más los referidos Indios fueron de dichas tierras los primeros poseedores y ocupantes; allí desde un tiempo inmemorial vivieron ellos, y sus antepasados; a nadie cedieron, o vendieron sus tierras, ni fueron por justa guerra conquistados; no son hostiles a los cristianos, más bien deseosos de unirse a su religión y sociedad" (1862: 26).
Pelichi planteaba también los derechos de ciudadanía de los indígenas y la relación de aquellos con la propiedad de la tierra, afirmando que "...aunque infieles son hombres, son argentinos, y pueden y deben gozar de los mismos derechos ..., y el ser cristiano católico no puede ser un título de privilegio para despojar a los infieles de sus derechos naturales..." (ibíd.:27).

En respuesta a los reclamos del fraile, a través de la Ley adicional de la tierra pública del 16/XII/1856 el gobierno de Salta accedió a que los "indios nómades" que habitualmente ocupaban esas tierras tendrían preferencia sobre las mismas, siempre que lo hicieran en condiciones de colonos y bajo la supervisión de los Padres Misioneros (ibíd.: 29). La Sala de Representantes de Salta preveía, sin embargo, indemnizar a los "legítimos poseedores" (ibíd.: 28-29).

Si bien este es un caso puntual y no está marcando la generalidad de las resoluciones sobre el tema, es sin embargo significativo en cuanto a las percepciones gubernamentales y religiosas, ya que el contenido de los discursos nos revela dos posiciones totalmente contrapuestas: por un lado, para Pelichi el "legítimo propietario" de las tierras era el indio, a quien le fueron "usurpadas" por el blanco. Para el gobierno salteño, el "legítimo propietario" era el colono blanco que obtuvo esas tierras por compra o concesión del Estado, que a título de gracia o merced podía otorgarle las mismas a los indígenas, indemnizando al dueño. Por otro lado, el misionero ocupa un lugar importante en este triángulo de posiciones: no sólo es el intermediario entre indios y Estado y el representante de los intereses del primero, sino que, -si bien en apariencia pareciera no tener relación directa con el tema "tierras"-, es sin embargo a quien le correspondía administrarlas a favor del indio. De tal forma, el papel del misionero de mero interlocutor de los intereses de una de las partes -como parecería derivarse de una lectura rápida de lo expresado por Pelichi-, se convierte en los hechos en una de las partes en el tema.

Por su parte, desde el Estado Nacional no se planteaba la propiedad de la tierra del "desierto" donde habitaba "el indio", dando por supuesta la propiedad fiscal de las mismas (2), la Constitución Nacional mencionaba la necesidad de terminar con las fronteras interiores, lo cual dejaba implícita la exigencia de ocuparlas, idea que se formuló más explícitamente a partir de la década de 1870, al insistir en la necesidad de incorporar las tierras del desierto a la vida productiva nacional. En 1868, un proyecto de ley del senador Llerena sobre el "Trato con los indios" puso en evidencia la posición de los legisladores argentinos sobre el tema de la propiedad de las tierras ocupadas por los indígenas. Si bien este proyecto estaba orientado a establecer tratados con los indios del sur, en lo concerniente al tema de la tierra no especificaba tribus ni regiones, siendo extensivo a todos los indígenas de la Nación. Este proyecto dejaba en claro que la propiedad de los territorios era de la Nación, quien podía pactar con los indios sometidos el territorio que estos eligieran como "residencia permanente". Por otro lado, si bien se mencionaba que las tribus podrían elegir el territorio, se aclaraba que esos terrenos "... deberán fijarse lo más distante posible de los límites actuales de las poblaciones fronterizas; y en su extensión la concesión no debe exceder de media legua cuadrada por cada familia de la tribu" (Diario de Sesiones 1929a: 190). 

El largo debate que tuvo este proyecto de ley presenta elementos de la imagen que se tenía del indio en la época, como así también los distintos puntos de vista sobre la manera de tratar el tema de la tierra. En oposición al proyecto, se proponía la compra de los terrenos por parte del Estado, ya que de esta forma no se comprometía al Poder Ejecutivo a tener que pactar con los bárbaros, evitando la entrega de tierras en condiciones desfavorables para el Estado y sometiéndose a una paz engañosa (3); mientras que en defensa del mismo, su autor reconocía que no se podía comprarles porque "los indios son dueños de las tierras que poseen y nosotros no podemos concederles las tierras de que están en posesión de hecho, que lo que más podemos hacer es señalarles residencia a las tribus que están en paz con nosotros. Diciendo que se compren tierras a los indios, se determina que son dueños de ellas y mi proyecto no es ese" (Diario de Sesiones 1929b: 591). 

Por consiguiente, se reconocía al indio como dueño de las tierras que ocupaba, pero este reconocimiento no debía ser oficial, no debía constar en la legislación. Por el contrario, se resaltaba que el verdadero dueño era el Estado, que debía hacerse cargo de esas grandes extensiones de "desierto" y luego colonizarlas atrayendo para ello al inmigrante europeo. Esto último fue puesto de manifiesto dos años más tarde en los largos debates que tuvo el tratamiento del proyecto por el que se proponía realizar un contrato de colonización con los Señores Belot, Gosnait y Compañía en territorios del Chaco, sobre las márgenes del Paraná. Si bien este debate derivó principalmente en la discusión sobre las ventajas de la inmigración espontánea o artificial, el discurso revela el pensamiento de la época, que consideraba la colonización a través del inmigrante como la única forma de ocupar y hacer producir el "desierto" en manos de los "salvajes". "La situación urge, la barbarie nos empuja, y es menester apresurarse a parar sus golpes con procedimientos civilizadores", expresaba el Senador Villafañe. Entre esos procedimientos estaba el otorgamiento de títulos de propiedad a los inmigrantes, de esas tierras desérticas en poder de los "bárbaros" de las cuales ni siquiera se sabía realmente el valor (Diario de Sesiones 1929: 689).

Como momento de tratamiento en el ámbito legislativo sobre el tema de la tierra -antes del "sometimiento" del indígena con la supuesta finalización de las campañas militares en 1884-, fue cuando se discutió la Ley 817 de Inmigración y Colonización, que en su Segunda Parte dedicada a la colonización establecía la reserva de secciones de tierra para la reducción de indios, estableciendo misiones para civilizarlos, que se establecerían en lotes de cien hectáreas por familia (Dirección de Tierras 1894: 47-48).

Como se puede advertir, todos los discursos oficiales de la segunda mitad del siglo XIX vinculados con la tierra se enmarcaban en la antinomia civilización versus barbarie, en la superioridad lógica de la primera sobre la segunda y en la necesidad de legislar para asegurar el avance y triunfo de la civilización.
 

2. La avanzada militar y la tierra

Una vez finalizada la Campaña Victórica al Chaco de 1884, prevalecieron manifestaciones discursivas sobre la necesidad de otorgarles tierras a los indios para que se establecieran como colonos, constituyendo ésta una manera de asegurar el supuesto "éxito definitivo" de las campañas. El indio chaqueño había sido "sometido" según el discurso oficial, y había que definir su futuro. Aunque se planteó la entrega de tierras, no se reconocía al indio como propietario, sino que el Estado se encontraba en la necesidad de "incorporar" a los grupos sometidos a los hábitos civilizados, encontrando en la creación de colonias una salida a tal situación. Un proyecto largamente tratado, reformado y debatido que contemplaba esta situación fue presentado en 1885 por el Poder Ejecutivo, con el objetivo de crear colonias oficiales para ubicar en ellas a los indios, pero en los debates el tema derivó en discusiones sobre la situación civil del indio: no se podía entregar tierras y herramientas a quien no era considerado un "ciudadano" (4), aunque en ningún momento se discutió el otorgarle las mismas a título de propiedad (Dirección de Información Parlamentaria 1985: 138-139). 

Esta concepción, compartida por gran parte de la sociedad de entonces, revela en parte lo que Olivera y Briones (1984) han dado en llamar "complejo civilizatorio", aludiendo a la convicción de superioridad del "nosotros" sobre los "otros": en esta época el indio era el "salvaje", "infiel", al que el blanco "civilizado" o "cristiano" debía someter. Sólo este último era depositario de los derechos civiles, y por lo tanto era quien podía acceder a la propiedad de las tierras fiscales.

El proyecto mencionado no fue aprobado, como otros similares de 1899 y 1906. Este último, presentado por el diputado Latorre, planteaba por primera vez en el discurso oficial legislativo la radicación del indio a través de la "propiedad de la tierra", iniciando el discurso de la "integración" basada en la tierra y reconociendo al indio como ciudadano que debía tener los mismos derechos que el resto de los argentinos; el derecho sobre la tierra se sustentaba en que eran los auténticos dueños y que por lo tanto el Estado debía haber comprado o expropiado pagando indemnización por las mismas (Dirección de Información Parlamentaria 1985: 144). Si bien se intentaba superar el "complejo civilizatorio" aludiendo al discurso de la integración y a la legitimidad del indio sobre la propiedad de las tierras, se continuaba argumentando la competencia y el deber del Estado para "integrar" a los indios a la sociedad (del blanco).

Hacia la primera década del siglo XX el tema de la tierra comenzó a convertirse en uno de los tópicos más importantes con relación al indio chaqueño, circunstancia que también se dio, con caracteres propios, en distintos países americanos con población aborigen (5). Debemos señalar la situación de la propiedad de la tierra en el Territorio Nacional del Chaco al iniciarse el siglo, para comprender, dentro de este contexto más amplio, el discurso sobre la tierra indígena. En el caso chaqueño, al iniciarse el siglo XX ya se habían asentado numerosos inmigrantes europeos a los que se les concedió tierra en propiedad. El área concedida en propiedad -a la colonización blanca- en este Territorio se ubicaba en las regiones periféricas y ascendían a 2.500.000 ha, ocupando el 26% de la superficie total, habiéndose realizado concesiones a particulares que tenían entre 40.000 y 80.000 ha. Por leyes especiales y la ley de derechos posesorios se enajenaron campos con una superficie promedio de 27.000 hectáreas, a la vez que en el sur del Territorio se vendieron en remate lotes de 10.000 hectáreas (Maeder y Gutiérrez 1995: 128). En este contexto, la colonización indígena y la asignación de tierras tuvo paralelamente y como contrapartida, la colonización en manos del blanco.

Al culminar las campañas militares y de pacificación al Chaco en la década del 1910, fue desapareciendo paulatinamente en las distintas esferas el "discurso de la guerra", y comenzó a ser reemplazado por el "discurso de la integración". Desde entonces, las posiciones con respecto a la tierra desde los distintos actores sociales de la época se pueden diferenciar en dos vertientes, con variantes en cada una de ellas: 1) aquellos que consideraban que se debía realizar la entrega de tierras a los indígenas y 2) quienes los trataban de "salvajes" que ocupaban las tierras del blanco y se querían apropiar de sus bienes. El primer grupo se enmarcaba dentro del discurso integracionista, en el que podríamos distinguir a su vez dos posiciones: por un lado, quienes consideraban la propiedad de los indios sobre las tierras -aunque era el Estado quien debía entregárselas, lo cual supone un contrasentido discursivo-, y quienes creían en la necesidad de entregar tierras como una forma de reducir a los grupos sometidos, pero era el Estado el legítimo poseedor de las mismas, y quien debía continuar administrándolas o controlándolas. El segundo, de menor peso, tuvo sus fundamentos en el peligro y la amenaza permanente que denunciaban colonos asentados en el Territorio Nacional del Chaco, los que se consideraban legítimos ocupantes de las tierras, mientras que los indios eran los usurpadores.

Dentro del primer subgrupo nos encontramos con informes de funcionarios enviados por el gobierno nacional -que fueron tomados como antecedentes por algunos legisladores para sus proyectos respectivos-; entre ellos debemos señalar para principios de siglo el caso de Bialet Massé con su Informe sobre el estado de las clases obreras en el Interior de la República: este funcionario, en 1904 se refería al tema de las tierras con conceptos similares a los de Fray Pelichi en 1858, argumentando que los indios eran los legítimos dueños de las tierras, y que ni la conquista militar, ni la "superioridad de la raza" o de los medios podía autorizar el exterminio ni el desalojo de la propiedad privada. Bialet Massé fundamentaba su opinión en un estudio "objetivo" de la cuestión y en la opinión de personas autorizadas del Chaco con quienes mantuvo contactos (misioneros, gobernador Freyre, Ministro de gobierno Dr. Pera, Mayor Gay, entre otros), sosteniendo la necesidad de entregar tierras "... como el medio más seguro y eficaz de reducir al indio" (Bialet Massé 1904: 88-89). En el marco de su Proyecto para tratar la cuestión indígena, que contemplaba la creación del Patronato de Indios encargado de organizar y controlar las colonias de indígenas, preveía en el Art. 12 la entrega de tierras en las siguientes condiciones:

"A cada tribu de indígenas una legua kilométrica por cada 100 personas mayores de 12 años que la compongan o fracción que no baje de 50... El terreno concedido a cada tribu se denominará Colonia de indígenas de -con el aditamento del nombre del lugar...
Se procurará que cada grupo de colonias no exceda de 800 habitantes al tiempo de la concesión... y que las tierras sean buenas y susceptibles de cultivos capaces de satisfacer las necesidades de los colonos" ( ibíd. 95).
En el artículo 13 agregaba que "En cada colonia se demarcará un pueblo, y se dará a cada familia un lote de 50x50 metros para habitación"(ibíd.). Los títulos de propiedad de estos últimos lotes debían ser individuales, mientras los respectivos al campo podrían ser a nombre individual o colectivo, según lo solicitara la tribu (ibíd. 96). Este proyecto de Bialet Massé tiene algunos aspectos semejantes a otros presentados en el ámbito legislativo de la época, pero dejaba expresamente aclarado que no se debía entregar tierras a extranjeros en terrenos lindantes a las colonias indígenas.

Otro funcionario del Estado Nacional, Juan McLean (6), en su Informe al Ministerio de Agricultura sobre la Exploración al Chaco de 1908 proponía la reserva de lotes en las colonias agrícolas a fundarse en el Chaco, intercalando lotes entre blancos e indios. Contemplaba la "donación" de esas tierras por parte del gobierno, para que fueran transferidas por vía hereditaria. Se ubica por lo tanto dentro del subgrupo que consideraba un deber del Estado entregar tierras al indio -como había hecho con el inmigrante extranjero-, pero reconocía la propiedad fiscal de las mismas (McLean 1908: 250). La entrega de tierras a indios ya reducidos era entendida por este funcionario como una estrategia para lograr la sedentarización de las tribus nómades, paso previo a inculcarles hábitos de trabajo. Expresaba sobre este aspecto:

"Afincar a estos indios,... habilitándolos con elementos para trabajar, serían estos los que llamaremos el "Siñuelo"(sic) para atraer más y más al indio nómade" (ibíd. 251).
De esta forma, McLean contemplaba respecto a la entrega de tierras que:
"Se disponga de reservas en las futuras colonias agrícolas, para ser entregados a los indios ya establecidos en las colonias existentes; que se dispongan reservas para los principales caciques y sus tribus; que el Poder Ejecutivo solicite la correspondiente autorización para enagenar (sic) gratuitamente esos lotes reservados para indígenas en las futuras colonias agrícolas, y que se solicite un crédito que se destinará a ayudar a los indígenas agricultores, como para racionar y ayudar a los caciques que se establezcan en reservas" (ibíd. 255).
Estas ideas de McLean deben entenderse en el marco de una visión positiva del indio: trabajador como ningún otro poblador del Chaco, incapaz de cometer las atrocidades que se le atribuían, explotado por el blanco y proclive a reducirse y civilizarse si el Estado se proponía realmente hacerlo. Su prédica seguirá años más adelante a través de la Asociación Fomento de los Territorios del Chaco y Formosa de la cual fue fundador-que tuvo una Revista como órgano de difusión- y durante su gestión como Gobernador del Territorio Nacional del Chaco entre 1931 y 1932.

También los sacerdotes franciscanos continuaban considerando el derecho de los indios sobre la propiedad de las tierras, justificando actos de violencia realizados por los mismos sobre colonos blancos como resultado de la acción violenta que estos últimos hicieran al arrebatarle las tierras (7). Incluso el Padre Rafael Gobelli, que no presentó una imagen benigna del indígena -en especial del mataco- como lo hicieron otros frailes, reconocía el derecho del indio sobre la tierra. Al respecto decía este fraile:

"Los pobladores del Chaco están continuamente expuestos a los asaltos de los indios. Estos se consideran los dueños legítimos de aquellas tierras y miran a los pobladores como usurpadores de sus derechos. Me parece que, hasta cierto punto, tienen razón" (Gobelli 1912: 34).


3. El discurso de la integración a través de la tierra

Desde principios del siglo XX se manifestó más claramente en el ámbito gubernamental la política de integración a través de la tierra: en 1903, la Ley 4167 ó Ley de tierras, que instituía el régimen de las tierras fiscales, establecía en el Artículo 17 respecto a los indígenas que:

"El Poder Ejecutivo fomentará la reducción de las tribus indígenas, procurando su establecimiento por medio de misiones y suministrándoles tierras y elementos de trabajo" (Ministerio de Agricultura 1927: 5).
En el ámbito territoriano también se expuso la idea de entrega de tierras, siguiendo los conceptos del discurso oficial del siglo XIX: esta era una manera de contener a los indios reducidos, integrándolos a la "civilización". El Colono, diario representante de los colonos blancos chaqueños, hacia 1906 reclamaba al Estado el establecimiento de colonias indígenas, argumentando que se debía reconocer el derecho de propiedad de los indios sobre algunos territorios que en nombre de la civilización se les había usurpado (en Broner 1986: 21-23). Esta concepción proteccionista reconocía, sin embargo, el poder del Estado sobre las tierras, encontrándose en la segunda vertiente del discurso sobre la entrega de tierras mencionado anteriormente: era el Estado quien debía organizar las colonias, establecer el área y extensión de las mismas y ubicar allí a los indios. Por otra parte, explícitamente se reconocía que ésta era la única solución que se vislumbraba para detener los ataques y actos "salvajes" de los indios. 

Hacia esta misma época, la Sociedad Protectora de Indios creada en Resistencia en 1907 -a instancias de la acción de Enrique Lynch Arribálzaga- también bregaba por la adjudicación de tierras, pero especificando que la misma se debía realizar a título de propiedad individual (El Colono, 22/VIII/1907). Mientras la mayoría sostenía que las colonias bajo dirigismo estatal constituían la forma de integrar al indio -cuyas tierras serían explotadas colectivamente, pero administradas por funcionarios estatales-, el Estatuto citado contemplaba la entrega individual (8), planteándose una problemática que, con variantes, persiste hasta nuestros días. Esta diferencia entre propuestas de propiedad individual versus propiedad comunal se dieron en distintos ámbitos de la sociedad porteña y territoriana, pero en ningún caso se contempló los regímenes tradicionalmente imperantes en los distintos grupos (9).

En la década de 1910 culminaron las campañas de "pacificación" al Chaco (10). En este contexto deben analizarse y comprenderse los informes y escritos varios de funcionarios nacionales designados en el Territorio Nacional del Chaco, entre los que cabe destacar los de Enrique Lynch Arribálzaga, nombrado Delegado del Ministerio del Interior en la Reducción de Napalpí. Fundador de la Sociedad Protectora de Indios, de corta existencia, su posición respecto a la propiedad de las tierras se opone en parte a la que considerara el Estatuto de esa institución, ya que Lynch Arribálzaga era partidario de la entrega de tierras, pero en ningún caso a través de la propiedad individual, pues consideraba que el indio no tenía internalizado tal concepto y que sus ideas sobre la propiedad eran "más o menos comunistas" (Lynch Arribálzaga 1914: 16). Esta apreciación no debe desprenderse de la concepción que tenía el autor sobre el indígena, a quien consideraba un niño grande, con una mentalidad infantil, ingenua, y por lo tanto incapaz de realizar diversas actividades por sí solo. Tal era el caso de la tierra, a la que no sabrían administrar sin orientación, y menos aún en forma individual. Expresaba Lynch Arribálzaga:

"En la mayoría de los casos entregar al indio un lote de terreno, aunque vaya acompañado de animales de labor, herramientas y semillas equivaldrá a ... atarle una piedra al cuello y arrojarle al mar" (en Viyerio 1999: 101).
Lynch Arribálzaga se inclinaba por lo tanto hacia la creación de Reducciones con colonos indios y blancos y a la entrega y explotación comunitaria de tierras, bajo la supervisión de administradores blancos; ésta sería la primera etapa, para en un futuro realizar la adjudicación individual de parcelas, condicionando esto al progreso social y al estímulo de su individualismo. Su método de reducción, civilización y educación del indio fue puesto en conocimiento del gobierno nacional y aplicado en la Reducción de Napalpí creada en 1912 (11). Sus ideas y proyectos sobre el indígena chaqueño encontraban legitimidad en la "observación directa", argumentando que "El fundamento de mis proyectos era puramente la observación directa. Durante tres años me había servido de los indios tobas para cosechar algodón y explotar un bosque, había vivido a su lado, en diario contacto con ellos y procurando penetrar en su mente y en su corazón" (Lynch Arribálzaga 1914: 38). Esta constituye una estrategia de referenciación desde una postura positivista en la que había sido formado este autor: se acude a la observación y a la experiencia como fuentes de conocimiento objetivo sobre el tema. Ello lo convierte en autoridad sobre la cuestión indígena, en este caso, para tratar el tema de la tierra.

Continuando con estas ideas y basándose en las mismas, otro funcionario enviado por el gobierno nacional al Chaco como Inspector del Departamento Nacional del Trabajo en 1916, José Elías Niklison -que también concebía al indio como un niño dócil, manejable y obediente-, afirmaba el derecho de los indígenas sobre la propiedad de la tierra que desde tiempos ancestrales ocuparon, como así también sobre los frutos de la misma. Consideraba que se debía realizar la entrega en forma comunal, aunque reconocía los méritos de la prédica franciscana que les inculcaba la noción de propiedad individual (Niklison 1990: 89). Cuestionó, sin embargo, las tierras adjudicadas a las misiones franciscanas, por la mala ubicación (12) y la extensión de las mismas, que las convertían en verdaderos latifundios: consideraba que al indio no le podían atraer la aridez de las tierras de Nueva Pompeya, así como la desolación de la zona (Niklison 1916: 15). Proponía la colonización como medio de reducción del indio, y en el caso de las misiones, consideraba que debían ser ubicadas "... en las zonas chaqueñas intermedias, siguiendo la línea del Bermejo, y en campos que, bien estudiados, resultaran propicios al carácter y a los gustos de los indígenas, pues de esa manera su influencia civilizadora sería más real e irradiaría a mayores distancias y sobre mayor número de tribus" (ibíd.).

Podemos advertir que este discurso integracionista -que continuará en décadas posteriores- utilizaba a la tierra como "señuelo" -según concepto del propio McLean- para atraer al indígena al sistema de reducción, ya sea civil o religioso.
 

4. Colonización blanca versus colonización indígena

La colonización agrícola del colono inmigrante o arribado de provincias argentinas, recibía una mayor atención del Estado Nacional, con la creación de varias colonias en el Chaco durante las tres primeras décadas del siglo. Paralelamente, la actitud integracionista hacia el indígena antes analizada se orientó a transformar al indio en campesino: justamente es allí donde se producirán los choques entre indios y blancos, ambos impulsados por el Estado a desarrollar una misma actividad.

Esta cuestión se vincula con la segunda vertiente del modelo integracionista de la década del ´10 apuntada anteriormente, la que tuvo sus principales emisores en los colonos blancos asentados en el Territorio Nacional del Chaco. Estos colonos iban ocupando cada vez más eficazmente las tierras del interior chaqueño, impulsados por la extensión de las vías férreas y el cultivo algodonero, y fueron quienes realizaron la mayoría de las denuncias sobre los asaltos y robos perpetrados por los indígenas sobre "sus propiedades". Si bien el tema de la tierra muchas veces no aparecía en las cartas y notas enviadas por los colonos a las autoridades, en su discurso se encontraba implícita esta temática, al reclamar seguridad sobre "sus bienes" y "sus tierras" solicitando la acción militar y el distanciamiento espacial de los indios de estas tierras (13). Si bien la cuestión de la "propiedad" aparece como argumento decisivo de estos colonos a la hora de realizar los reclamos, por otro lado, su discurso también se orientaba a presentarse como los únicos que podían asegurar el progreso del Chaco, para transformar el "desierto" en la "tierra prometida".

Además de las cartas de pobladores, el diario El Colono, -que en un principio había propiciado la integración del indígena a través de la entrega de tierras y su transformación en colono-, a partir de 1917 se convirtió en vocero de los colonos blancos, manifestándose un giro en el contenido de su discurso a través de un crudo cuestionamiento a la entrega de tierras a aquellos. Ante un reclamo que hicieron caciques tobas en Buenos Aires para que el gobierno les otorgara tierras comprometiéndose a vivir en ellas, cultivarlas, levantar escuela, capilla, etc., el diario El Colono se preguntaba en tono irónico: 

"¿Será verdad tanta belleza?..." Opina luego: "Nos resulta incomprensible por lo milagroso, que el indio arisco sea tan rápidamente transformado si se le da solamente tierra para cultivarla. Se dice como cosa cierta que el gobierno está bien dispuesto para dar a los indígenas 53.000 hectáreas de tierra en la costa del río Bermejo... Pero... es necesario una previa inspección antes de mensurar la tierra para que así de esta manera darles un campo que sea apto para la agricultura y a la par lo más lejos posible de los pobladores que existen ahora" (15/XI/1917). 
Por consiguiente, por un lado El Colono dudaba de la integración del indio a través de la tierra, y por otro, proponía la entrega de tierras aptas, pero alejadas de los colonos blancos, y por lo tanto inaccesibles dada la falencia de las comunicaciones en todo el interior chaqueño y más aún en la zona del Impenetrable donde se pretendía realizar las reservas. Estas contradicciones discursivas se pueden comprender en un contexto de apetencia 

De todas formas, los colonos de la zona del río Bermejo protestaron ante la noticia de la creación de una colonia indígena, con lo que se estaría"... entregando a los indios tierras que están ocupadas por ganaderos argentinos y extranjeros que lindan con éstos" (El Colono 10/I/1918). Nuevamente aparece implícito el concepto de ciudadanía: el indio no es contemplado como "argentino" y dado que las tierras eran propiedad del Estado argentino, eran sus ciudadanos quienes tenían las prioridades, además de aquellos a quienes el Estado había atraído para lograr el progreso del país.

El tema de la tierra y los enfrentamientos entre colonos blancos e indígenas tuvo una importancia indiscutida en la llamada "sublevación" de Napalpí de 1924 (14), aunque el discurso periodístico y oficial contemporáneo a los sucesos no se refirió explícitamente al mismo. Sin embargo, a un mes de los hechos, tanto los diarios locales como de Buenos Aires reconocieron tal relación. La Voz del Chaco, que había apoyado la acción del gobierno territoriano con la represión de la sublevación, consideraba que la fijación del indio a la tierra a través del reparto de parcelas en propiedad era la única forma de "adaptación" (La Voz del Chaco 7/VIII/1924), pero se oponía al desalojo de colonos cristianos de la Reducción de Napalpí, afirmando que:

"esos colonos desde hace años allí instalados vienen dando a los indios ejemplos de laboriosidad e implícitamente le brindan la enseñanza que aquellos necesitan para el cultivo de la tierra, no vemos la razón de su desalojo violento, que viene a restar al territorio la producción algodonera y maicera de esas chacras, destinadas a ser infecundas en manos de los indios, aún en el hipotético caso que éstos las trabajen" (La Voz del Chaco 18/IX/1924).
Así, La Voz del Chaco compartía la opinión de otorgarles tierras a los indios, pero no las correspondientes a la Reducción, que de hecho eran excelentes tierras para el cultivo, ubicadas en una zona con una buena comunicación con centros poblacionales prósperos del interior chaqueño. Esas tierras debían, por el contrario, ser explotadas por quienes aseguraran su producción, es decir, los colonos blancos. Por un lado se otorga -discursivamente- y por el otro se quita.

Por su parte, La Razón fue probablemente el diario que en forma más explícita se refirió a la apetencia por parte del colono blanco de las tierras indígenas. Pocos días después de la sublevación de Napalpí, se refería al tema de la tierra con los siguientes conceptos:

"Muchas hectáreas de tierra flor están en poder de los pobres indios, que serán salvajes y ladrones, pero que saben explotarlos con el sudor de su frente, a la par de cualquier colono extranjero. Quitarles esas tierras, es la ilusión que muchos acarician en secreto" (reproducido por La Voz del Chaco, 31/VII/1924).
También en el Congreso Nacional se realizaron debates sobre la sublevación de Napalpí, donde se hizo referencia al tema de la tierra y a los reclamos de los indígenas para obtenerlas. El diputado Lillia, miembro de la Comisión de Territorios Nacionales, se refería sobre el tema recordando los reclamos que cada tanto hacían al gobierno los caciques solicitando tierras donde radicarse y tomando posición al respecto:
"Los indígenas de nuestro país tienen todos los derechos a que los hace acreedores su carácter de primitivos habitantes de estas tierras; y si ellos han sido desalojados en nombre de la civilización y del progreso, no hay motivo para desalojarlos de lo que legítimamente les corresponde por derecho... hereditario y secular" (Diario de Sesiones, 1924: 399).
La problemática entre colonos blancos y aborígenes sobre el tema de la tierra permaneció en décadas posteriores y en repetidas oportunidades fue expresada por la prensa e instituciones locales. En 1944 la Asociación Fomento de los Territorios del Chaco y Formosa, -institución creada por McLean en 1922-, continuando con el discurso proteccionista en relación al indio, reflejaba la problemática de los enfrentamientos por la tierra "pública" en los siguientes términos:
"La falta de una actividad gubernativa para concretar en hechos una sana política de protección al indio, influyó determinando situaciones discutibles en materia de colonización y en esa forma surgieron problemas artificiales en materia de tierra pública. Es así como al no dispensársele ayuda a los aborígenes, tampoco se contempló la situación irregular que creábase a quienes, no siendo integrantes de tribus aborígenes, pasaron a ocupar campos asignados como reservas a los indígenas" (Revista Chaco y Formosa, Nº 188, 1944).


5. La "reparación" a través de la tierra

En forma paralela a los enfrentamientos entre blancos e indios basados en la tierra, durante la década del ´20 el discurso va a reflejar el inicio de la actitud de "reparación", señalando como una de las maneras de realizar la misma, -además de la necesidad de lograr la ciudadanía de los indios- el reconocimiento de la propiedad de las tierras y la necesidad de realizar nuevas adjudicaciones. En 1924 el Presidente Marcelo T. de Alvear, por Decreto del 18 de febrero de 1924 creó una reserva aborigen de 150.000 hectáreas en la horqueta formada entre los ríos Teuco y Bermejo: se debe advertir que las tierras de las reservas continuaban siendo fiscales, es decir que si bien se exponía la necesidad de reparación histórica para con el indio, no se le otorgaban las tierras en propiedad, continuando con el régimen tutorial. Las tierras de esta reserva, estuvieron en condiciones de pasar a manos de los aborígenes a través del título comunitario en el año 1999, cuando nuevamente se plantearon enfrentamientos entre colonos blancos y aborígenes (15).

La reparación estaba fundamentada en un sentimiento de culpa, expresado a través del concepto de "deuda histórica", que permaneció en diversos géneros discursivos por varias décadas, y fue uno de los conceptos retomados por las ideas reivindicatorias del indigenismo. Ese sentimiento de culpa manifestaba la oposición blanco-indio como un juego discursivo de invasores versus despojados. El concepto "indio", denominación genérica que se utilizó hasta esta época- en la década del treinta comenzó a ser reemplazado por "aborigen"-, siguiendo la oposición mencionada, se convierte en el "paria en su propia tierra" (16). El diario local La Voz del Chaco, que pocos años antes había apoyado la acción oficial ante los sucesos de Napalpí, en su edición extraordinaria de 1930 exclamaba: "¡Tierras! Tierras para el nativo despojado ...; y sobre la tierra agrícola, mientras el arado bien dirigido va abriendo los surcos de la redención, que surjan escuelas y talleres de oficios varios para su niñez desvalida" (La Voz del Chaco, Suplemento Extraordinario, 1930). Junto a esta exclamación, una fotografía contribuyó a denunciar la idea de "paria", cuya descripción es elocuente en ese sentido; la misma presenta un indio no reducido sobre un caballo con unas bolsas como única propiedad, y la descripción reza: "Una mudanza a lomo de caballito que representa el mayor capital de la familia"(ibíd.).

La Asociación Fomento de los Territorios Nacionales del Chaco y Formosa, en 1936 se pronunciaba sobre la problemática de la tierra y las consecuencias de aquella vinculada a ciertas costumbres indígenas en un Memorial dirigido al Ministerio del Interior. Expresaba que:

"El indio, nómade por naturaleza, hoy deambula, paria en su propia patria, porque no encuentra un lugar donde levantar su toldo; aquellos campos, montes y ríos que les proporcionaban abundantes alimentos ahora se encuentran densamente poblados por ganaderos a quienes estorba la presencia del aborigen; el crecimiento de la población ha ido ahuyentando la caza..." (La Voz del Chaco, 7/II/1936).
Este discurso de reparación bregaba por la entrega de tierras, pero se convertía en un discurso ambiguo cuando se proponían las formas en que se debía hacer efectiva la adjudicación. Mientras para unos la acción oficial debía continuar con el régimen tutorial a través de las reducciones y misiones, para otros se debía avanzar hacia el otorgamiento de títulos precarios de ocupación, en forma comunal o individual. El Estado optó en la década del 1940 por la entrega de títulos precarios de ocupación (17), lo que había sido reclamado principalmente por el periodismo chaqueño. La Voz del Chaco, en un artículo de 1941, cuestionaba los actos de beneficencia -entre ellos incluía la creación del Día del Indio-, afirmando que estos no bastaban para solucionar el problema indígena, como tampoco la acción tutelar estatal a través de la Comisión Nacional de Reducciones de Indios. Consideraba que el problema solamente sería resuelto a través de la entrega de las tierras de la reserva del Teuco, donde se debía organizar una colonia indígena manejada por funcionarios que residieran en el Chaco (La Voz del Chaco, 16/VII/1941). 

Por su parte, El Territorio, otro diario de la capital territoriana, revelaba una ambigüedad respecto al tema: por un lado continuaba con el discurso de reparación y de tutoría estatal, es decir, afirmaba la necesidad de saldar la deuda con ese "paria, sin tierras, bienes ni beneficios legales, precisamente sobre el suelo que ha sido de ellos...", dándoles tierras, herramientas y proveedurías, pero manteniendo la tutoría sobre las colonias indígenas hasta que éstas afirmaran su propia administración (El Territorio, 25/X/1943); por otro lado, reconocía el fracaso de las reducciones civiles y misiones religiosas (El Territorio, 16/XI/1943) sin dar solución real a esa deuda de la patria para con el indio. 

El discurso reparacionista sobre una base tutorial también se expresó en la época peronista. El diario de la localidad chaqueña de Sáenz Peña, La Acción, erigido en vocero del oficialismo reclamaba títulos habilitantes y entrega de tierras para los "hermanos indios", pero señalaba que esas tierras debían ser cultivadas con un "... racional control de parte de auténticos funcionarios interesados en fomentar la independencia económica de estos hijos de la tierra" (La Acción, 9/X/1953).

En el Segundo Plan Quinquenal de la Provincia Presidente Perón -tal el nombre con que se provincializó el Chaco en 1951-, en pocas ocasiones se hizo referencia al tema indígena: en el Capítulo dedicado a Acción Agraria -Colonización se pretendía dejar sentada la opinión oficial en el tema tierras, dejando entrever una política paternalista:

"En colonización oficial se prestará especial atención a la ubicación de las familias indígenas que tengan aptitudes, posesionándolas de sus respectivas unidades económicas distribuidas entre las demás explotaciones, con el propósito de contribuir en forma práctica y efectiva a la elevación social del indio incorporándolo a la sociedad civilizada" (Provincia Presidente Perón, 1954: 85).
El concepto de "reparación histórica" vinculado a la temática de la tierra permanece hasta la actualidad, aunque como veremos a continuación, se reactualizó a través del concepto de "reivindicación". Al iniciarse el año 2000, un titular de un diario chaqueño expresaba "La Universidad asiste a los dueños de la tierra", comentando que estudiantes de la UNNE contribuirían a "la definitiva y concreta reparación histórica del largo despojo de 500 años que sufrieron nuestras comunidades aborígenes sobre sus tierras y su cultura..." (Norte, 16/I/2000).

Más de medio siglo después de la aparición discursiva de la concepción reparacionista, ésta se seguía repitiendo, con una retórica que ya había perdido sentido al convertirse en una frase hecha, que continuaba disimulando una actitud paternalista de "dar al otro lo que le corresponde" para purgar culpas históricas. De esta manera, el destinatario de las acciones no es el "otro" sino uno mismo.
 

6. El discurso reivindicatorio y la tierra

El discurso de reivindicación derivó de la concepción reparacionista y tuvo su auge en el Chaco en las décadas del ´40 al ´70, en especial a través de instituciones indigenistas, como así también del periodismo local. Uno de los representantes del indigenismo en el Chaco, el pastor protestante, periodista y político socialista Cerdá Castillo expresaba en 1942 que "Es momento que suene la clarinada reivindicadora y que el indio reciba su parcela de tierra que nadie le pueda arrebatar y los implementos agrícolas para su cultivo, a la vez que el asesoramiento técnico y práctico que lo oriente y escuela de adaptación para los niños" (Cerdá Castillo 1942).

También en el discurso político podremos advertir algunos elementos de la ideología indigenista que llevó como bandera este concepto de reivindicación del indio. La creación de instituciones como la Dirección Provincial de Acción Agraria y Colonización para Readaptación Indígena, en 1954, durante el gobierno de Felipe Gallardo, tenía por función "... propender a la reivindicación del aborigen y asegurar su incorporación como ciudadano de la nueva Argentina" (Decreto N460/54). Esta reivindicación estaba basada no solamente en la tierra, sino orientada a la situación social integral del indígena. 

Con la intervención militar, y la creación de nuevas instituciones como la Dirección del Aborigen de la Provincia del Chaco en 1956, el concepto de reivindicación no se hace presente en los discursos oficiales, para ser retomados por los candidatos de las elecciones de 1958. Reapareció entonces la idea de "paria"; el discurso de la mayoría de los políticos continuaba la retórica de incorporación del indio a través de su radicación en la tierra, pero aún no existía un criterio claro sobre la manera de hacer efectivos estos conceptos, que desde hacía décadas se repetían, permaneciendo como una expresión de deseos sin llegar a concretarse.

Entre las propuestas estaban aquellos como el Candidato a Gobernador por el partido Demócrata Conservador Popular, que entendía que "... al indio habrá que darle tierras para colonizar, pero yo creo que es necesario entremezclarlos con otras clases, sean criollos, sean extranjeros..." (Reivindicación, Nº 8, 1958). Por su parte, el candidato a gobernador por la UCRI -que finalmente resultó ganador-, Anselmo Duca, manifestaba la necesidad de suministrarles tierras y elementos para trabajarla, ya sea a través de cooperativas, en forma conjunta o individual (ibíd.). En todos los casos, la entrega de tierras aparecía como un deber solidario del Estado para con el indio; en este sentido se manifestó Duca una vez electo, al ser consultado sobre la problemática indígena: 

"hay aborígenes que quieren trabajar la tierra, gente que quiere radicarse en un pedazo de tierra y laborarla. Vamos a llegar también hasta esa gente. Le daremos un pedazo de tierra y le proporcionaremos los elementos necesarios para que la trabajen" (Reivindicación, Nº 19, 1958).
Hacia esta misma época, el Estado Nacional también se expresó con respecto al tema de la colonización indígena, no referida expresamente al Chaco, pero que también involucró al indígena chaqueño. Al modificarse la Ley de Colonización de 1955, en lo referente a la colonización indígena el Decreto-Ley Nº 2964/58 estableció que los planes futuros buscarían la utilización de tierras fiscales aptas para la colonización indígena, las que serían entregadas en usufructo vitalicio, quedando obligados a vivir en la tierra arrendada y a trabajarla personalmente. Esta normativa estaba orientada a los indígenas "no incorporados a la civilización, convirtiendo su nomadismo y su quehacer improductivo en sedentarismo y trabajo útil, única forma de elevar su nivel de vida e incorporarlos definitivamente al acervo humano de la Nación".

De esta manera, el tema de la tierra se encontraba, al arribar a la década de 1960, de igual manera que se hallaba más de un siglo atrás. Los discursos del blanco no hicieron otra cosa que reactualizar conceptos según las épocas: "incorporación", "integración", "reparación", "reivindicación" a través de la tierra. Buenas intenciones manifiestas en el campo discursivo, que pretendieron pasar a la acción a través de la creación de instituciones que regularan el tema, como así también de una legislación que nunca dio una solución definitiva a la problemática. Todos estos discursos, desde una actitud protectora o solidaria, pretendieron erigirse en defensores del indio y en garantes de sus derechos, aunque esos mismos derechos chocaban en la práctica con los propios, anclando la problemática en un juego de intereses que aún continúa.
 

Conclusiones

El "indio amenaza" era la síntesis de la imagen del "salvaje chaqueño" que el Estado Nacional sustentó durante el siglo XIX y principios del XX, en el marco del esquema civilizatorio imperante. Esta imagen, en el ámbito discursivo se proponía distinguir lo "propio" de lo "ajeno": las tierras eran legítima propiedad del blanco que el Estado intentaba atraer a través del fomento de la inmigración y colonización. Era el inmigrante quien iba a transformar el "desierto chaqueño" en una tierra productiva y quien podría convertirse, por consiguiente, en "propietario". Este discurso argumentaba que el indígena se quería apropiar de lo ajeno -la tierra del blanco- a través de la práctica del malón. Las fuerzas militares apoyadas por los "indios amigos o sometidos" se convertían en la única posibilidad de combatir al "indio amenaza", al "intruso" que merodeaba las tierras de los blancos. Los misioneros franciscanos se opusieron a esta imagen: reconocieron algunos actos de venganza, pero culparon al blanco de provocarlos y vieron en la entrega de las tierras de las cuales el indio era el "legítimo propietario" y los frailes sus "administradores", la salida inmediata para solucionar los enfrentamientos entre blancos e indios.

Luego de la finalización de las campañas de "pacificación" al Chaco en la década de 1910, con el consiguiente sometimiento de los grupos indígenas, el esquema civilizatorio es reemplazado por el integracionista, que sustentó la imagen central del "pobre indio desposeído y explotado" y la del "indio menor de edad e indefenso". El indígena pasó a ser el desposeído que había que "integrar" a través de la tierra, el trabajo y la educación. Las reducciones civiles creadas al iniciarse la segunda década del siglo XX (Napalpí en el Chaco y Bartolomé de las Casas en Formosa) se erigieron en la puesta en práctica de un sistema integracionista que lograría ligar al indio a la tierra, enseñarle a que la cultive, y educaría a sus hijos haciendo hincapié en una formación técnica orientada a las labores agrícolas, ganaderas y a diferentes oficios. Estos eran los mismos presupuestos del esquema civilizatorio del siglo XIX que se incluían en el integracionista.

El concepto de "desposeído" del esquema integracionista fue vinculado especialmente al tema de la tierra: en oposición a esta imagen, aparecía la del "colono blanco propietario", que en algunos casos también representaba el "explotador" del indio trabajador. Esta imagen se sustentaba asimismo en el grado de miseria y enfermedad en que vivían las "tribus salvajes" (aún no sometidas al sistema reduccional o misional) y aquellas utilizadas como mano de obra en obrajes e ingenios, a las que había que atraer a la Reducción. 

La integración a través de la tierra y del trabajo creó imágenes contradictorias que respondían a los intereses de los interlocutores: muchas de las propuestas estatales de integración a través de la adjudicación de tierras con la creación de colonias o reservas nunca se hicieron efectivas, y aquellas que intentaron ponerse en práctica chocaron con los intereses de pobladores blancos. Para algunos, las reservas o colonias debían estar lo más apartadas posibles de las concesiones o colonias del blanco, mientras que otros entendían la integración atendiendo a un contacto permanente entre blancos e indios. En todas ellas subyacía la competencia del Estado para crear colonias, delimitar y conceder extensiones de tierras, sin atender a la ubicación ancestral de los distintos grupos. Asimismo, la "incapacidad legal" del indio sirvió de justificativo para evitar la entrega de tierras en propiedad, ya sea comunal o individual.

Hacia la década del 1940 es posible advertir con mayor fuerza la presencia de un nuevo esquema de percepción de la realidad del indígena chaqueño: el reparacionista-reivindicatorio, que había tenido algunos antecedentes en décadas anteriores. Este esquema consolidó la imagen del "indio víctima" en oposición al "blanco victimario": este último había sido el invasor que despojó al indio de sus tierras, parangonando el imaginario colonial de vencedores/vencidos. Implícitamente se observa una alteración de posiciones respecto a la situación que ocupaban blancos e indios en las imágenes del esquema civilizatorio, donde el blanco era el "propietario" y el indígena el "intruso".

En el esquema reparacionista-reivindicatorio la usurpación realizada por el blanco se convertía en una deuda histórica; había que resarcir el daño realizado y la tierra fue el elemento más sobresaliente para lograr la reparación a quien se nominaba como un "paria en su propia tierra". Se insistió desde distintos sectores en la entrega de tierras en especial a través de títulos precarios de ocupación comunal o individual, pero las 150.000 hectáreas que conformaban la reserva del Teuco desde 1924 no fueron entregadas. 

Al mismo tiempo que se exclamaba la necesidad de entregar tierras, el sentimiento de culpa emanado de la visión del "indio víctima" estimuló las medidas asistencialistas por parte del Estado paternalista como de distintas asociaciones benéficas y religiosas. La entrega de tierras debía ir acompañada por la provisión de herramientas y proveedurías: además de "dar al otro lo que le corresponde", es decir la tierra, se proponía asegurar su bienestar a través de actos de beneficencia.

El pensamiento reivindicatorio, si bien fue utilizado principalmente por los representantes del indigenismo chaqueño, no fue privativo de éstos y su influencia se hizo notar en distintos ámbitos de la vida chaqueña. Esta corriente elevó la imagen del "indio víctima" a un "drama social": apelaba a refrescar la memoria sobre las relaciones entre blancos e indios en el Chaco y consideraba que para la solución de ese drama no bastaba la entrega de tierras. La problemática debía ser considerada desde una perspectiva integral, atendiendo a la tierra, el trabajo, la salud pero principalmente la educación y el reconocimiento de la cultura del "otro". Este esquema mostraba al indio contemporáneo como el "paria" pero también como el símbolo de "lo autóctono", "lo propio", llegando en algunos casos -como en las posturas indigenistas más radicales-, a una idealización de lo indígena.

Se había concluido que el indígena debía ser "propietario", pero sólo en los papeles. No así en los hechos. Una gran brecha separaba el discurso de la acción.



Notas

1. En cuanto a los límites espaciales del Chaco, éstos fluctuaron según situaciones jurisdiccionales por los que pasó la región, que respondían a su vez al avance militar progresivo que se efectuó en la misma. El Territorio Nacional del Chaco se creó en 1872, su organización data de 1884 y la Provincialización recién se realizó en 1951: los límites del primero se fueron conformando en la segunda mitad del siglo XIX, de ahí que según la época algunos documentos se refieran a ámbitos que posteriormente no quedaron incluidos en el Territorio Nacional del Chaco. Este fue creado en 1872 y comprendía el Chaco austral, central y parte del boreal, sufriendo una primera modificación con la creación de la Jefatura política entre 1874 y 1876 y una segunda al perderse una porción del Chaco boreal en el laudo arbitral con el Paraguay. Otra delimitación importante se produjo en 1884, y se debió a la división del distrito en dos gobernaciones: Chaco y Formosa. Finalmente, las apetencias territoriales de provincias vecinas hicieron que el Chaco perdiera otros territorios: en 1886 se fijó el límite sur en el paralelo 28º quedando para Santa Fe el territorio que incluía las prósperas colonias de Las Toscas, Obligado, Villa Ocampo y Avellaneda. En 1902 se fijó el límite oeste, adjudicando a Santiago del Estero una extensa región. Los límites definitivos con Salta y Santiago del Estero se cumplieron en varias etapas entre 1894 y 1914. 

2. Durante la segunda mitad del siglo XIX el discurso oficial diferenciaba entre indios del sur y del Chaco, pero no distinguía los distintos grupos, utilizando genéricamente el concepto "indio" o "salvaje" en oposición a "blanco", "cristiano" o "civilizado".

3. El Senador Navarro insistía en que "No se pueden hacer tratados con quienes no tienen lealtad" (Diario de Sesiones 1929: 593).

4. En esta época, inmediatamente posterior a las grandes avanzadas militares al Chaco, aún no se planteaba la situación de "indocumentados", que fue una discusión propia del siglo XX, pero en los debates del mencionado Proyecto del Poder Ejecutivo se refleja la concepción del indio como "ciudadano de segunda categoría" para unos, mientras que para otros eran "argentinos rebeldes". 

5. Recordemos que la Revolución Mejicana de 1910 postuló como uno de los temas prioritarios la restitución de la tierra a los campesinos indígenas; en el caso del Perú estos reclamos se dieron en la década del 1920.

6. Juan McLean, descendiente de ingleses y educado en Inglaterra, tuvo sus primeros contactos con el Chaco en 1887; le fue encargada la liquidación de los restos de una colonia sobre el río Bermejo, recorriendo toda la zona costera. En 1906, en calidad de asesor de una empresa que proyectaba construir el ferrocarril entre Resistencia y Salta, recorrió este camino. Fundó en Buenos Aires en 1922 la "Asociación de Fomento e Intereses del Chaco" (posteriormente denominada Asociación Fomento de los Territorios del Chaco y Formosa). Fue nombrado Gobernador del Chaco en 1931, cargo que desempeñó poco más de un año.

7. Esta había sido la advertencia de Fray Pelichi en su Relación de 1862, cuando solicitaba tierras para los grupos del Chaco salteño, afirmando que si esto no se hacía efectivo iban a ocurrir actos violentos.

8. Resulta extraño que uno de sus fundadores y presidente, Lynch Arribálzaga, en sus escritos se inclinará por la propiedad colectiva, mientras en el Estatuto se menciona la propiedad individual.

9. Esta misma situación fue planteada por Olivera y Briones (1984) para el caso mapuche. 

10. Con posterioridad a la campaña Victórica de 1884 se realizaron otras operaciones militares "menores" ya que, en contra de la que se creyó en ese momento, con ella no se logró la rendición total de los indígenas. En 1889 se realizó la campaña del general Winter, entre 1907-1911 las operaciones militares estuvieron a cargo del general O'Donnel en el centro y este de Formosa y todo el Chaco, y en 1912 la del coronel Rostagno en la parte septentrional sobre el Río Pilcomayo.

11. Su actitud paternalista respecto del indio lo llevó a enfrentarse con otras autoridades durante su función como Delegado del Ministerio de Napalpí.

12. En el Territorio Nacional del Chaco, la Misión Franciscana de Nueva Pompeya se ubicó en la región del Impenetrable, ámbito inaccesible, distante a 600 km. de la capital territoriana y carente de medios de comunicación.

13. Este distanciamiento que se solicitaba era para determinados grupos, ya que el indio había pasado a ser una mano de obra importante para el colono blanco y en muchas oportunidades -como en vísperas a la sublevación de Napalpí- los vecinos solicitaban todo lo contrario, es decir, que se retuviera la mano de obra que iba a los ingenios azucareros de Salta.

14. La Reducción de Napalpí fue creada en 1912 y diversas causas confluyeron en la llamada "Rebelión o Sublevación de Napalpí" ocurrida en 1924 y sometida por fuerzas policiales. Entre estas causas de este hecho, caben señalar los abusos ocasionados con el trabajo indígena; el abandono de muchos de ellos; los intereses del poblador blanco por las tierras explotadas por los indígenas; el maltrato de que fueron víctimas por parte de Administradores de la Reducción, sumado al descuento de un 15% del producto de la cosecha de los indígenas (lo que no ocurría con los colonos blancos); la persecución y abuso de la policía local; el florecimiento de prácticas y creencias fuertemente ligadas al chamanismo tradicional sobre el que se estructuró la ideología mesiánica del Movimiento.

15. La reubicación de los criollos fue uno de los temas más controvertidos cuando se comenzó a tratar la escrituración de las tierras para los indígenas. El Diario, 15, 19 y 23/IV/1999.

16. Si bien el sentido de "paria" se refiere a la exclusión de una persona de las ventajas de que gozan las demás, y en el caso del indígena chaqueño fue utilizado también en relación a otros aspectos como la educación, salud y derechos civiles, sin embargo, la tierra se convirtió en el discurso de la época en la principal variable de referencia de paria.

17. En 1942 se entregaron a título precario de ocupación tierras a indígenas mocovíes de la colonia El Pastoril, jurisdicción de Villa Ángela.



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 1995 "Mansos y salvajes. Imágenes chaqueñas en el discurso colonial", Fermín del Pino y Carlos Lázaro (coords.), Visión de los otros y visión de sí mismos. Madrid, CSIC (págs. 107-126).

Viyerio, Julio César
 1999 "Vida, pensamiento y obra de Enrique Lynch Arribálzaga", Nordeste, 2ª época. Serie Tesis Historia Nº 1. Resistencia, UNNE-Facultad de Humanidades.
 

Diarios y Revistas

Reivindicación. Resistencia, 1958.

El Colono. Resistencia. 1907-1924. 

Revista Chaco y Formosa. Resistencia, Año XVIII, Nº 188, septiembre de 1944.

La Voz del Chaco. Resistencia. 1936-1941.

La Voz del Chaco. Suplemento extraordinario. 1930.

El Territorio. Resistencia. 1943.

Norte. Resistencia, 16/I/2000.

El Diario. Resistencia, 15, 19 y 23/IV/1999.


 Gazeta de Antropología