SEMINARIO
Análisis histórico-crítico del islam
  

18. Las prohibiciones y las prescripciones rituales






- Los preceptos sobre lo puro y lo impuro

- Las prohibiciones y prescripciones alimentarias

- Las prohibiciones y prescripciones indumentarias

- Los significados del velo islámico

- Bibliografía citada




Los preceptos sobre lo puro y lo impuro

 

El concepto islámico de la pureza es semánticamente oscuro y genera, en los creyentes, una necesidad constante de purificarse, hasta el punto de volverse obsesiva. Entender ese concepto no es simple. No se trata de una cuestión de higiene, porque esa pureza o impureza alude, ante todo, a un estado legal, con implicaciones rituales y morales. La impureza supone una mancha o tacha que afecta a las personas, pero también a las cosas, los alimentos y las bebidas, los procedimientos, las costumbres, los comportamientos de todo tipo. Mediante la marca de puro o impuro (halal o haram) se categoriza y controla lo permitido y lo prohibido, lo lícito y lo ilícito. Su verdadera razón no estriba en alguna justificación de orden objetivo (sanitario, económico, etc.), sino en el mero hecho de que así está mandado por el Corán o la jurisprudencia tradicional.

 

Esta mentalidad es la misma que entra en juego con el simbolismo ritual del velo. Se trata de un signo polisémico que procede de antiguo. Uno de sus sentidos en el ámbito sagrado lo hallamos en aquel velo que, en el templo de Jerusalén, separaba el sanctasantórum, vetando el acceso al santuario interior donde habitaba la presencia de Dios. Era el velo que se rasgó de arriba abajo, según los Evangelios sinópticos, cuando Jesús expiraba en la cruz (Marcos 15,38 y paralelos), como significando la inauguración de una comunicación abierta con la divinidad. Pero, en la regresión islámica, los velos arcaicos reaparecieron y se restauraron.

 

En el islam, la función del velo se traduce en dos oposiciones cuyos significados no acaban de encajar. Por un lado, el velo puede representar la separación entre lo sagrado y lo profano. Por otro, connota la disyunción entre lo lícito y lo ilícito o prohibido (halal/haram). Una misma palabra, haram, sirve para expresar a la vez esos dos aspectos: lo sagrado y lo prohibido. Por ejemplo, la principal mezquita de La Meca se llama másyid al-haram, el «santuario prohibido», en el sentido de sagrado, por la presencia divina. Y en la explanada interior, el cubo de la caaba, denominada casa de Alá, imita el sanctasantórum y se halla siempre cubierta por un velo. Pero se considera también haram todo alimento prohibido, la mujer preservada y todo comportamiento que transgrede la norma legalmente establecida. Con la misma lógica, esa palabra designa el harén, los aposentos de la casa musulmana, vetados a los hombres, donde viven las mujeres.

 

Ahora bien, en cuanto prohibido, lo haram no es tal por una maldad intrínseca, o por razones ponderables, sino porque está marcado negativamente por la voluntad divina que así lo ha decidido. Y esto explica la asimilación con el ámbito sagrado, que es el que instauró la prohibición. En ambas acepciones, como sagrado y como prohibido, haram significa una barrera impuesta por Dios al hombre, y este no puede o no debe traspasarla.

 

Los dos pares de oposiciones tienen un segundo miembro, pero entre ellos resulta imposible la coincidencia: lo profano (opuesto a sagrado) y lo halal o lícito (opuesto a haram) no se pueden asimilar en absoluto. Aquí encontramos un cruce extraño de significaciones. El significante haram comporta un doble sentido: positivo, en el caso de la mezquita; negativo, en el caso de la carne de cerdo, el vino o la mujer del prójimo. En cambio, el significante halal denota siempre algo permitido y bueno, en radical desencuentro con lo «profano» que, en esta mentalidad, está siempre marcado como negativo, algo malo, exterior e inasimilable en el sistema. Lo profano nunca puede ser halal, jamás es lícito, de modo que, excluido lo profano, lo sagrado tiende a apoderarse de toda la realidad.

 

De ahí que el sistema islámico se constituya necesariamente como teocracia. No queda espacio para la autonomía humana, considerada «profana». Lo profano connota idolatría, politeísmo, descreimiento, todo lo que se resiste a someterse a Alá. Lo profano es el dominio de satanás, que debe ser combatido; es el territorio de la guerra, que debe ser conquistado.

 

Toda la trama de prohibiciones y prescripciones cumple una función religioso­-política, relacionada con la estrategia de marcar la separación de la comunidad musulmana con respecto a los demás. El código instaura fronteras simbólicas, sociales y legales, destinadas a construir y preservar una identidad inconfundible, a señalar la presunta superioridad propia sobre los demás, considerados esencialmente impuros y profanos. Dentro de la sociedad islámica, tanto los creyentes como los descreídos carecen de libertad para transgredir la barrera halal/haram, que para todos impone un férreo sojuzgamiento al sistema islámico erigido por los califas. Mientras que los creyentes están llamados a derribar la barrera entre sagrado y profano, aniquilando toda profanidad, a fin de que solamente quede la sacralidad de Alá.

 

 

Las prohibiciones y prescripciones alimentarias

 

El Corán reglamenta prohibiciones y prescripciones referentes a la comida y la bebida. De estas reglamentaciones se trata nada menos que en doce de los capítulos coránicos. Son normas muy intrincadas, que afectan en particular al veto de la carne corrompida, la carne de cerdo, la sangre, lo ofrecido a otros dioses, el animal ahogado, apaleado, despeñado, corneado, devorado por una fiera o inmolado en los cipos.

 

«En lo que se me ha revelado, no encuentro prohibido, para que lo coma el que come, sino la carroña, la sangre derramada, la carne de cerdo, porque es una abominación, o lo que, por perversidad, se ha ofrecido a otro que no sea Dios» (Corán 55/6,145).

 

«Comed de lo lícito y lo bueno de que Dios os ha provisto, y agradeced la gracia de Dios. Si es que lo adoráis, Él os ha prohibido la carroña, la sangre, la carne de cerdo, y la que se ha ofrecido a otro que no sea Dios» (Corán 70/16,114-115; repetido literalmente en 87/2,172-173).

 

«¡Hombres! Comed de lo que hay en la tierra, lo lícito y lo bueno, y no sigáis los pasos de satanás. Es para vosotros un enemigo declarado» (Corán 87/2,168).

 

«Os está prohibido [comer] la carroña, la sangre, la carne de cerdo, la que se ha ofrecido a otro que no sea Dios, la de animal ahogado, apaleado, despeñado, corneado, devorado por una fiera, salvo la que vosotros inmoléis, y la que ha sido inmolada sobre piedras erectas» (Corán 112/5,3).

 

No solo hay comestibles prohibidos, sino que también está prohibido el vino y las bebidas embriagantes. Llama la atención que los versículos coránicos que tratan del vino se contradigan entre sí, quizá por haberse producido una evolución cada vez más restrictiva en el precepto (es un caso evidente de abrogación). Primero, en la época anterior a la hégira, se mencionan las bebidas alcohólicas entre los dones de Dios. Luego, se miran con desconfianza. Y finalmente se prohíben de forma tajante.

 

«De los frutos de las palmeras y de las vides obtenéis una bebida embriagadora y un buen sustento. Ahí hay un signo para gentes que razonan» (Corán 70/16,67).

 

«Te preguntan sobre el vino y el juego de azar. Di: ‘En los dos hay un gran pecado y algunos beneficios para los humanos, pero su pecado es mayor que su beneficio’» (Corán 87/2,219).

 

«¡Vosotros que habéis creído! No os acerquéis al rezo ebrios» (Corán 92/4,43).

 

«¡Vosotros que habéis creído! El vino, el juego de azar, las piedras erectas y las flechas adivinatorias son abominación y obra de satanás. ¡Apartaos de eso, pues! (…) Satanás solo quiere suscitar entre vosotros enemistad y odio, por el vino y el juego de azar, y desalentaros del recuerdo de Dios y del rezo. ¿No vais a absteneros de ello?» (Corán 112/5,90-91).

 

Es probable que la prohibición del vino, aparte de prevenir ocasionales abusos, se hiciera cada vez más estricta como medida para mantener separados a los musulmanes de otros contertulios judíos y cristianos.

 

Los alimentos y bebidas permitidos se denominan halal, aunque, como queda dicho, este concepto constituye una calificación más general, referida a lo permitido o lícito (halal) frente a lo prohibido o ilícito (haram), con implicaciones religiosas y jurídicas. Abarca incontables acciones de la vida, configuradas tanto pragmática como simbólicamente. En relación con el tema de las prohibiciones alimentarias, habría que recordar también, como una variante, la obligación del ayuno.

 

Las prohibiciones alimentarias coránicas remontan su origen al sistema legal de la religión hebrea, si bien amplían el número de alimentos ilícitos, impuros o ilegales (haram), así como los procedimientos para su obtención y preparado. Al mismo tiempo, se fijan normas para alimentarse con comida y bebida con marchamo de lícito, puro y legal (halal). Por ejemplo, los animales permitidos deben estar sacrificados conforme al ritual de extracción de la sangre y mirando en dirección a La Meca.

 

 

Las prohibiciones y prescripciones indumentarias

 

La vestimenta, el atavío y el acicalamiento son objeto de severas reglas, que han conseguido que la moda medieval perviva en buena parte hasta nuestros días. La importancia concedida al código vestimentario constituye una muestra práctica de la intolerancia del sistema islámico, reflejada en el modo de vestir. Con todo, el Corán es parco en este tema. Parece preocupado sobre todo por la peligrosidad social y moral del ser femenino, al que le impone normas de pudor y recato en el modo de vestir.

 

Cuenta la tradición que Mahoma, en su palacio de Medina, por sugerencia de Omar, mantenía a sus esposas escondidas detrás de una cortina y desde allí conversaban con los visitantes, para no ser vistas. Con todo, los versículos que se suelen citar en apoyo del velo no son muy claros.

 

«¡Mujeres del profeta! No sois comparables a ninguna otra mujer, si teméis. (…) Quedaos en vuestras casas, y no os exhibáis como se exhibían en la época de la antigua ignorancia. (…) ¡Gente de la casa! Dios solo quiere alejaros del vicio y purificaros plenamente» (Corán 90/33,32-33).

 

«¡Vosotros que habéis creído! No entréis en las mansiones del profeta, a menos que se os autorice para la comida (…) Cuando les pidáis [a sus mujeres] alguna cosa pedídselo desde detrás de un velo. Esto es más puro para vuestros corazones y para sus corazones» (Corán 90/33,53).

 

En otro versículo, se da una razón para que las mujeres se cubran con sus mantos cuando salen de casa, y es que puedan ser reconocidas como musulmanas y así no sean molestadas, algo de lo que, según se da a entender, no estarían protegidas las no musulmanas.

 

«¡Profeta! Di a tus esposas, a tus hijas y a las mujeres de los creyentes que se envuelvan con sus mantos. Esto es lo mejor para que se las reconozca, y así no sufrirán molestias» (Corán 90/33,59).

 

En el hogar propio, no hay inconveniente en que las mujeres se quiten el velo, delante de sus familiares, personas allegadas y esclavos (Corán 90/33,55), según se detalla:

 

«Di a las creyentes que bajen sus miradas, que protejan su sexo y que no hagan aparecer de su encanto más que lo que aparece. Que plieguen sus velos sobre sus pechos. Que no hagan aparecer su encanto más que a sus maridos, sus padres, sus suegros, sus propios hijos, sus hijastros, sus hermanos, sus sobrinos carnales, sus esposas, las esclavas que posean, los sirvientes eunucos, y los niños que aún no saben de las intimidades femeninas» (Corán 102/24,31).

 

Solo a las mujeres mayores, que han llegado a la menopausia, se les levanta la estricta obligatoriedad del velo, pero, acostumbradas de toda la vida, son pocas las que se aprovechan de esta licencia, que recoge el Corán:

 

«Las mujeres que han alcanzado la menopausia, y no esperan ya casarse, no hay inconveniente en que se quiten sus vestimentas, siempre que no se exhiban con su encanto. Pero, si se abstienen, es mejor para ellas» (Corán 102/24,60).

 

En lo que toca a los hombres, el Corán es muy parco, apenas unas pautas de modestia en dos o tres versículos (Corán 102/24,33; 102/24,58-59). Sin embargo, la sociedad musulmana desarrolló reglas indumentarias que afectaban tanto a hombres como a mujeres, tanto a fieles como a infieles. Hay un estudio, muy bien documentado, del profesor tunecino Mohamed Tahar Mansouri, en el que analiza el código vestimentario de los países islámicos en la Edad Media. En lo que toca a los hombres, las reglas básicas no son tan estrictas, salvo en que deben taparse entre el ombligo y las rodillas. Pero tuvieron un importante desarrollo. Está perfectamente codificado cómo y cuándo hay que vestir determinadas prendas, la túnica y el turbante, con tal o cual forma y color (cfr. Mansouri 2007: 147-171). Asimismo, se toma como costumbre dejarse barba y recortarse el bigote, a imitación de Mahoma, en quien los musulmanes tienen «un buen modelo» (Corán 90/33,21), absolutamente idealizado.

 

Dado el escaso fundamento coránico, se buscó justificación a las normas indumentarias en la tradición de los hadices, que prescriben claramente el velo, refiriendo supuestos dichos de Mahoma:

 

«Narrado por Aisa. Asma Ibn Abu Bakr entró donde el enviado de Dios llevando un vestido muy fino. El enviado de Dios apartó la vista de ella y dijo: ‘¡Asma! Cuando una mujer alcanza la edad de la menstruación, no es apropiado para nada que se le vea nada más que esto y esto’, y señaló su cara y sus manos» (Abu Dawud 2008, volumen 4, Libro del vestido, capítulo 31, hadiz 4104).

 

Pero el carácter autoritativo que se les atribuye queda en entredicho por las dudas acerca de su autenticidad:

 

«Una gran parte de los hadices son apócrifos, y nada nos impide pensar que la biografía del profeta se forjó en buena medida con elementos dispares, en los períodos posteriores. Se inventaron hadices y comportamientos con el fin de poder encontrar en el pasado una referencia en la que apoyarse para autorizar cualquier cosa» (Mansouri 2007: 171).

 

Nadie sabe con certeza cómo se vestían los musulmanes durante las primeras épocas. A lo largo del tiempo, conforme se consolidaba aquel sistema asiático, despótico e integrista, se fue inventando y asentando el código vestimentario conocido, que permitía saber quién era cada uno por su vestimenta.

 

«En la sociedad musulmana medieval, cada grupo tiene su indumentaria emblemática. El turbante (imama) es una distinción para el hombre árabe, musulmán y libre. En cuanto tal, varía de color según las circunstancias, de talla según el rango social, y de forma según el origen geográfico» (Mansouri 2007: 173).

 

De las imposiciones simbólicas en el atuendo, la más ostensible y rígida resulta la del velo femenino, cualquiera que sea su estilo. En la calle, la mujer debe cubrirse obligatoriamente desde el momento de la primera menstruación. Este precepto encuentra cierta base en el Corán, como hemos visto, pero los versículos invocados no son tan concluyentes al respecto (cfr. Aldeeb 2016). En la actualidad, mientras el atuendo masculino se ha relajado, el velo femenino ha incrementado su uso, y por tanto su significación, no solo en los países musulmanes, sino en especial en los occidentales, donde llevar el velo islámico viene a significar una bandera que visibiliza el avance de la territorialización del islam. En última instancia, el velo opera como un emblema reivindicativo de la yihad.

 

La parafernalia del velo ha sido muy elaborada históricamente. Así, encontramos diversos estilos de velo, según sea parcial o integral, de color o negro. Los modelos más conocidos, enumerados de menos a más restrictivo, son: shayla, hiyab, al-amira, jimar, chador, niqab, burka. El chador y el niqab tienen que ser necesariamente de color negro. Algunos tipos se hallan distribuidos en función del país o la región.

 

«En cuanto a las mujeres, el signo distintivo reservado para ellas por la sociedad más que por el legislador original, es el velo. Este difiere por la denominación y la forma. Es hiyab para la mujer de la ciudad, jimar para la mujer del campo, es niqab o burka en función de su forma, y ​​permite reconocer a una mujer musulmana y libre, entre el montón de mujeres que se hallan en un espacio público. La esclava, ama, se mueve en el espacio público, sin velo obligatoriamente, porque será castigada si se atreve a contravenir las decisiones de los detentadores del derecho religioso. Hay que señalar que la indumentaria distintiva medieval, salvo la de las sufíes, es obligatoria para las mujeres y para los no musulmanes y es objeto de múltiples decisiones políticas y jurisprudenciales» (Mansouri 2007: 174).

 

En su libro sobre las prohibiciones del islam, Anne-Marie Delcambre subraya que uno de los motivos del velo radica en el miedo a la sensualidad y la voluptuosidad que se proyecta sobre la mujer, que representa una permanente tentación del diablo, porque con su poder de seducción amenaza con desestabilizar al hombre y poner en peligro todo el orden moral de la sociedad (cfr. Delcambre 2003: 36-37).

 

En clave simbólica, aún cabe descifrar cierta correspondencia entre el velo femenino y la circuncisión masculina. Son dos prácticas simbólicamente inversas, una que cubre y otra que descubre, pero que vienen a significar el mismo sometimiento al sistema mitológico islámico. Los dos se conciben y realizan como ritos de purificación. Al varón se le quita la envoltura del glande, que cubre la cabeza del miembro viril, mientras que a la hembra se le cubre con el velo la cabeza, sexualizada, sin que falte la connotación genital, puesto que se hace precisamente en el momento de la menarquia o primera menstruación.

 

En cualquier caso, la imperativa diferenciación de los trajes y atuendos cumple la función social de marcar simbólicamente y reforzar las fronteras culturales impuestas por el sistema islámico, siempre con la correspondiente sanción religiosa. En concreto, el velo femenino marca la frontera sexual entre hombres y mujeres, la frontera social entre la mujer libre y la esclava, la frontera confesional entre musulmanes y no musulmanes, y entre musulmanes y dimmíes. Todo el sistema está construido sobre la desigualdad y la exclusión.

 

 

Los significados del velo islámico

 

Acabamos de señalar la funcionalidad del velo islámico como significante de la discriminación genérica que gravita sobre las mujeres en el Corán y en la tradición musulmana. Para los musulmanes ortodoxos la inferioridad femenina inscrita en el libro sagrado no admite otra interpretación: las mujeres deben estar excluidas del espacio público, se les veta el acceso al trabajo y, aún más, a la política, y en los casos extremos, bajo el niqab o el burka se las hace pasar en público como sombras.

 

Y ese ensombrecimiento ha llegado hoy mucho más allá del mundo árabe y musulmán. No hace tanto tiempo, eran muy pocas las musulmanas residentes en Europa que llevaban el velo por la calle. Incluso en algunos países de mayoría musulmana, como Marruecos o Turquía, tampoco estaba generalizado el uso del velo. Pero luego, al principio imperceptiblemente, apareció con fuerza el empleo del tocado femenino, sin duda signo visible de una nueva presión ejercida sobre las mujeres. En los últimos años, pese a las polémicas, el velo se ha reforzado explícitamente como bandera en la ofensiva del islamismo tradicionalista, integrista y salafista. En buena medida es un claro efecto del sistemático proselitismo desplegado por los movimientos musulmanes de toda laya, durante los últimos treinta o cuarenta años, también en Europa, con connivencia de los poderes públicos, ante la pasividad ingenua y la complacencia inconsciente de la mayoría de los ciudadanos. Por eso, es cada día más necesario insistir en la importancia del tema y tratar de cobrar conciencia de la carga de significados que vehicula, a tenor de su código, ese significante nada inocente.

 

En las sociedades occidentales la principal función del velo es, sin duda, impedir o estorbar la integración de las mujeres, como factor decisivo para oponerse a la integración general de los musulmanes en la sociedad, una oposición que constituye un objetivo estratégico y pragmático del islamismo en los países europeos.

 

Por esta razón, entre otras, llevar el velo no se puede explicar en absoluto como devoción personal, ni como protección de las mu­jeres, según quieren hacernos creer mendazmente ciertos ideólogos islamis­tas. Es un instrumento tradicional utilizado, bajo apariencia pia­do­sa, para el control del sexo femenino, e indirectamente de toda la comunidad. A las musulmanas se les impone como obligación ineludible, y así se las con­vierte en peones sobre el tablero de la sociedad, para su isla­mización. Dicen que es para que las respeten, como si no hu­biera que respetar a todas las mujeres, o como si el respeto a las demás importara poco.

 

Así, pues, hay que entender que la costumbre del velo islámico, en cualquiera de sus variantes, opera como una forma deliberada de discriminación, opresión y estigmatización pública de las musulmanas, como mujeres, al amparo incuestionable del Corán, los dichos de Mahoma y la jurisprudencia islámica.

 

En medios europeos, a veces, no faltan quienes difunden la falacia de que la mujer se pone el velo libremente, o que es un derecho de la mujer llevarlo. Si fuera libre, no tendrían terminantemente prohibido desprenderse de él en público. Parece claro, entonces, que la mujer, si no tiene libertad para quitarse el velo, es que tampoco tiene libertad para ponérselo. El hecho es tan lamentable que, desde una posición crítica, bien puede imaginarse que el velo simboliza como una mortaja de la inteligencia.

 

Habría que preguntarse qué respeto merece una religión que impone a las mujeres restricciones hasta ese punto. Por parte de ellas, si no se rebelan ante una imposición de esa índole, están dispuestas a someterse en todo lo demás. Y, si ni siquiera es pensable, el juicio ya está hecho.

 

En definitiva, sea cual sea la motivación personal de cada mujer, el significado pragmático del hecho de llevar el velo islámico supone bastante más que una imposición machista ocasional. Significa y produce el establecimiento sistémico de una demarcación social, religiosa e inseparablemente política, de la inferioridad femenina y la exterioridad de los infieles. Recopilemos aquí sus rasgos más significativos:

 

1. Marca a las mujeres musulmanas, en el espacio público, mediante un signo ostensible que las diferencia y distancia de las demás mujeres, y las mantiene alejadas de los hombres.

 

2. Recalca socialmente la distinción entre musulmán y no musulmán, en un contexto donde, siguiendo el Corán, se sobreentiende que todo no musulmán es enemigo de Dios y debe ser sometido.

 

3. Proclama que a las mujeres musulmanas se les impide la relación y el matrimonio con hombres no musulmanes (salvo que se conviertan al islam). Al interrumpir así drásticamente los intercambios matrimoniales, se crea una sociedad autosegregada en el interior de la sociedad general.

 

4. Niega la igualdad de derechos propia del concepto de ciudadano, pues se restringen los derechos por el hecho de ser mujer, lo cual atenta contra los fundamentos de toda organización social democrática.

 

5. Asocia el significado del velo con otras reivindicaciones comunitaristas, fuera de los países musulmanes, apoyando exigencias como un menú halal en los comedores escolares, un lugar para el rezo en las empresas, un espacio y horario reservado para mujeres en las piscinas públicas, etc.

 

6. Aspira a crear zonas residenciales y legales específicas para los musulmanes, es decir, ámbitos no regidos por las leyes del Estado, sino por la ley islámica. Son tentativas de conquista, de apariencia pacífica, al servicio de un proyecto declarado: primero, forzar la creación de espacios propios de la comunidad musulmana y, como objetivo, debilitar el poder democrático e ir islamizando la sociedad.

 

7. En una palabra, el comportamiento simbólico y práctico del uso del velo se encuadra en la estrategia global de la yihad. Es un error fatal entenderlo como una cuestión de libertad religiosa. Porque es un problema de defensa de los derechos humanos y las libertades cívicas frente a la infiltración subrepticia o insolente del sistema islámico.

 

Sobre este debatido tema, se puede encontrar una exposición más detallada de los vaivenes en torno al velo que llevan las musulmanas, en el libro Los dilemas del islam (cfr. Gómez García 2012: 53-65). También se puede leer, en Internet, el artículo Significado del velo femenino en el islam (Castilla 2020). Ampliaremos el análisis de la condición femenina en el islam en el capítulo sobre la inferioridad de la mujer según el orden coránico.

 

 

Bibliografía citada

 

Abu Dawud, Hafiz

2008 Sunan Abu Dawud. Vol. 1-5. Riad, Darussalam.

 

Aldeeb, Sami

2016 Le voile dans l'islam. Interprétation des versets relatifs au voile à travers les siècles. CreateSpace Independent Publishing Platform.

 

Castilla, Martín

2020 Significado del velo femenino en el islam.

http://www.ugr.es/~mreligio/textos/Martin

Castilla.Significado-del-velo-islamico.html

 

Delcambre, Anne-Marie

2003 Las prohibiciones del islam. Madrid, La Esfera de los Libros, 2006.

 

Gómez García, Pedro

2012 Los dilemas del islam. Mirada histórica, riesgos presentes y vías de futuro. Granada, Comares.

 

Mansouri, Mohamed Tahar

2007 Du voile et du zunnâr. Du code vestimentaire en pays d'Islam. Túnez, Éditions l'Or du Temps.



  

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