| SEGURIDAD EN EL TRABAJO |
El área de Seguridad en el Trabajo, tiene su oficina en el edificio del Servicio de Prevención, junto al Hospital Real.
Esta especialidad se creó para poder dar respuesta a los requisitos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/95, y los reglamentos que la desarrollan.
DIRECCIÓN:
- Gabinete de Prevención y Calidad Ambiental
- Área de Seguridad
- Hospital Real - Cuesta del Hospicio, s/n
- 18071 GRANADA
- Teléfono: 958 243069
- FAX: 958 243034
PERSONA DE CONTACTO: MARÍA ISABEL GARCÍA TARIFA
OBJETIVOS
El objetivo es la Prevención del riesgo y del daño contra las personas como criterio prioritario, aunque no exclusivo, teniendo en cuenta que ello va a repercutir en menores perdidas materiales.
Específicamente la Seguridad en el trabajo se ocupa de la Prevención técnica de Accidente de trabajo.
Actualmente la Prevención de Riesgos Laborales se concibe como una "Seguridad Integrada", en los proyectos o en el diseño de obras, instalaciones, maquinarias, equipos o procesos, ya que las medidas de prevención adoptadas en dichas fases, además de ser menos costosas, resultan ser más eficaces que las efectuadas en los procesos o métodos ya en funcionamiento.
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre, constituye la base de partida de toda la legislación sobre Seguridad y Salud en el trabajo, la cual deberá estar basada en los principios generales recogidos en esta Ley:
- Evitar riesgos.
- Evaluar los que no puedan evitarse.
- Una vez evaluados, combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el trabajo a la persona, actuando sobre la concepción, sobre la organización y sobre los métodos de trabajo y de producción.
- Cumplir estos objetivos teniendo en cuenta el estado y evolución de la técnica.
- En general sustituir lo que es peligroso por algo que no lo sea o que lo sea menos.
- La prevención debe integrarse en un conjunto coherente que cubra la producción, la organización, las condiciones de trabajo y el diálogo social.
- Adoptar las medidas de protección colectiva con carácter prioritario y recurrir a las protecciones individuales sólo si la situación hace imposible cualquier otra alternativa.
ACTIVIDADES
Las actividades que se realizan en el Área de Seguridad del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales son:
- Evaluación y control de los riesgos profesionales.
- Revisión de los proyectos de obra nueva o de ampliación de las instalaciones o maquinaria para comprobar que una vez instaladas no constituyan fuentes de condiciones peligrosas difíciles de suprimir.
- Confección de normas y métodos de trabajo de las tareas consideradas peligrosas en la empresa.
- Realización de inspecciones de control del cumplimiento de la normativa en las dependencias de la Universidad, identificando, evaluando y controlando los riesgos detectados.
- Investigación de accidentes para detectar causas y adoptar las medidas oportunas para su control.
- Formación e información al personal a todos los niveles y en la materia de su especialización, organizando charlas, cursos, campañas de prevención etc.
- Organizar la defensa contra siniestros y emergencias y formación de equipos de extinción de incendios.
- Planificación de actividades preventivas que impliquen la intervención de varios especialistas.
- Normalización de equipos de seguridad, control de compras y revisión de los mismos.
- Acciones de información a los equipos directivos, auxiliándose de informes, estadísticas, estudios de coste, su influencia en la calidad.
- Mantener contacto con otros departamentos o servicios de la Universidad acerca de los problemas relativos a seguridad (Compras, Mantenimiento, Recursos Humanos, etc.).
- Cualquier otra función tendente a mejorar las Condiciones de Trabajo.
PERSONAL
Personal adscrito al Servicio de Prevención e Riesgos Laborales, Área de Seguridad en el Trabajo:
- P.A.S. (Personal de Administración y Servicios)
1 Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales, con la Especialidad acreditada por la autoridad laboral.
Nombre: María Isabel García Tarifa