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Contrato
programa del departamento
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Los Contratos
Programa
con Departamentos se desarrollarán con arreglo al siguiente
procedimiento:
En cada
año se marcarán una serie de objetivos comunes, más una
serie de objetivos de elección. Los objetivos comunes lo serán a todos
los Departamentos. Los objetivos de elección podrán ser seleccionados
por cada Departamento de entre los que se proponen. Cada objetivo
tendrá asignado un factor de ponderación que determinará su valor
relativo en cuanto a financiación.
Se
fijará el máximo de puntos correspondientes a objetivos de elección
seleccionados por un Departamento.
Se
destinará un porcentaje de la financiación global de Departamentos a
vinculación a resultados.
Por
parte de Gerencia se destinará una partida a la
financiación a Departamentos, de tal manera que la financiación total
vinculada a resultados será la suma de este apartado y el anterior.
Toda la financiación vinculada a resultados en cada objetivo
será destinada a Departamentos siempre que uno al menos alcance el
objetivo
Se
marcará, para cada objetivo, un nivel de excelencia,
determinado por el mínimo entre el marcado para ese objetivo por el
Contrato Programa con CICE y por el Plan Estratégico. En caso de
objetivos que no se encuentren recogidos en ninguno de los dos
apartados citados, se definirá el nivel de excelencia y se incluirá el
objetivo con el nivel como modificación en el Plan Estratégico.
Un
Departamento concreto, en un objetivo concreto, quedará
clasificado, en cuanto a la consecución de dicho objetivo, en una de
las siguientes categorías, según alcance o no, en el establecimiento
del Contrato Programa, el nivel marcado:
- Nivel de excelencia
en la calidad
- Nivel de compromiso
Se
asignarán los recursos propios del objetivo a cada una de
estas dos categorías teniendo en cuenta, de modo proporcional, el
número de Departamentos, ponderado por su tamaño, existentes en cada
uno de los dos niveles.
Los
Departamentos del primer grupo, de excelencia, que
mantengan el nivel conseguirán el total de financiación correspondiente
al objetivo.
Los
Departamentos del segundo grupo, de compromiso,
obtendrán una financiación, de entre su grupo, en función del número de
hasta 3 veces la desviación que se especifique, por arriba o por abajo,
de los valores de su grupo, respecto del valor de excelencia,
aumentando o disminuyendo en un 10%, 20% o 30% respectivamente. Si el
valor alcanzado es inferior a cinco veces la desviación marcada, no se
asignará financiación, pasando la misma a ser repartida.
La
financiación que no pueda ser repartida por no alcanzar
los niveles de compromiso, pasará a formar parte de reparto entre los
del primer grupo que hayan mantenido el nivel, repartiéndola, en
función del número de hasta 3 veces la desviación que se especifique de
los valores de este grupo, respecto de la media del grupo, en valores
proporcionales al número de veces que se distancia de dicha desviación,
garantizando así que toda la financiación se reparte entre los que
superan los niveles de excelencia.
Cada Contrato Programa se establece con una duración anual,
y será objeto de revisión a los seis meses de su establecimiento,
incorporándose las modificaciones que la estructura de servicios de UGR
demande o se deriven del análisis de su implantación. En dicha revisión
se establecerá la cantidad que debe incorporarse al Departamento para
su disponibilidad de gasto, en función de la estimación de consecución
de compromisos.
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