¿Quién puede dirigirse al Defensor de la Universidad de Granada?
- Podrán
dirigirse al Defensor Universitario todos los miembros de la comunidad
universitaria (estudiantes, personal docente e investigador o personal
de administración y servicios) que se consideren lesionados en sus
derechos a causa de la actuación de los órganos o servicios de la
Universidad de Granada.
¿Cómo se formula una queja?
- Las quejas se presentarán en el modelo de impreso
establecido al efecto, el cual deberá ir acompañado de copia de los
documentos que tengan relación con el asunto, especialmente de la
resolución administrativa o judicial que en su caso se hubiese obtenido.
- Es
muy importante tener en cuenta que la presentación de una queja o
consulta ante el Defensor Universitario no suspende en ningún caso los
plazos previstos en el ordenamiento jurídico para recurrir, tanto en
vía administrativa como jurisdiccional, ni tampoco la ejecución de la
resolución o acto afectado.
- El Defensor Universitario no podrá
actuar una vez transcurridos seis meses desde que se produjeron los
hechos que motivaron la queja o solicitud de su intervención. Dicho
plazo se computará, en el caso de los estudiantes, a partir del cese de
la vinculación docente en que se produjeron los hechos.
- Las
quejas, que deben estar fundamentadas y expuestas de forma concreta y
clara, no pueden ser anónimas, si bien el Defensor Universitario
garantiza la confidencialidad. La persona interesada habrá de referir
en su queja todas las gestiones administrativas, judiciales o de otro
tipo que haya realizado para intentar solucionar el problema.
- En
la sede del Defensor de la Universidad de Granada se puede obtener un
impreso o modelo de escrito de queja. También se puede imprimir el
modelo que aparece en esta página web. Una vez rellenado y debidamente
cumplimentados todos los datos, deberá ser firmado y presentado en las
dependencias que actualmente ocupa el Defensor Universitario en el
Hospital Real, Cuesta del Hospicio s/n, Patio de los Inocentes.
- No
se admitirán quejas cursadas a través de correo electrónico, sin
perjuicio de la posibilidad de utilizar esta vía para ponerse en
contacto con el Defensor Universitario.
- Tras recibir una queja,
el Defensor notificará al interesado el número del expediente con el
que haya sido registrada y promoverá la oportuna investigación para el
esclarecimiento de los hechos que la motivaron.
- Una vez oídas
las partes, el Defensor informará al interesado del resultado de sus
gestiones, dentro de los límites que marca la ley. Todas las quejas
serán tratadas con la máxima reserva y confidencialidad.
- En el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor Universitario de la Universidad de Granada,
que se puede consultar en esta página web, se establece el
procedimiento a seguir tras la presentación de una queja, así como los
requisitos que deben cumplirse cuando lo que se pretende es instar un
procedimiento de mediación y conciliación.