Editorial Bosch,
155 páginas, 1994.
El hecho de que durante un tiempo no
haya correspondencia entre la posesión y la titularidad
real de un bien suscita varias cuestiones y problemas,
especialmente a la hora de proceder a adjudicar la legítima
posesión al verdadero propietario, hasta entonces
no poseedor. Cuestiones y problemas que derivan de la
exclusiva tenencia de la cosa y que se agrupan, entre
otras, bajo la expresión "liquidación
de la posesión".
Centrado el tema en los gastos o desembolsos realizados
por el poseedor, diré, que éstos, dependiendo
de la calificación que se les dé, gozarán
de un tratamiento diversificado acorde, tanto con la
conducta del poseedor -de buena o mala fe- como con
la naturaleza misma del gasto, es decir, si éste
es útil, necesario o sunturario.
Se plantea la necesidad de una reconstrucción
del sistema de liquidación con ocasión
de la tenencia de una cosa, a consecuencia de la difusa
e insuficiente regulación de la que disponemos,
sobre todo para situaciones que quedan fuera de los
concretos supuestos regulados en los artículos
451 y siguientes del Código civil.
|