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ANÁLISIS DE LA DELIBERACIÓN EN EL JURADO EN UN CASO DE NEGLIGENCIA MÉDICA

 

Elisa Alfaro Ferreres (Universidad Jaume I)

Gloria Jólluskin García (Universidad Regiomontana)

Santiago Real (Universidad de Granada)

 

Pocos estudios se han centrado en el análisis de contenido de la discusión grupal en el Jurado. Con el fin de cubrir este vacío, en este trabajo intentamos realizar una aproximación al contenido de la discusión grupal, centrándonos en las cuestiones de hecho y derecho a las que aluden los jurados durante la deliberación. Para ello, utilizamos una muestra de 120 jurados a los que solicitamos que leyesen un caso sobre una negligencia médica, y deliberasen sobre el mismo, grabando en vídeo dichas deliberaciones. Manipulamos las consecuencias de la responsabilidad a través de dos condiciones: bien con consecuencia de muerte, bien con consecuencia de lesiones irreversibles. A continuación, realizamos el análisis de contenido de la discusión grupal a través de un sistema de categorías obtenidas por un procedimiento de aproximaciones sucesivas,  creado en estudios anteriores (Arce, 1989); Arce, Fariña, Vila y Real, 1995).

 

Palabras clave: Jurados, efecto de retrospección, responsabilidad,  toma de decisiones, negligencia médica.

 

ANÁLISIS DE LA DELIBERACIÓN EN EL JURADO EN UN CASO DE NEGLIGENCIA MÉDICA

 

INTRODUCCIÓN

    

La literatura científica escrita hasta el momento no se ha ocupado demasiado por abordar el contenido de la discusión grupal de los Jurados. Por lo general, los temas tratados han versado sobre los antecedentes de la discusión, basándose en el juicio individual y relacionando este con los procesos cognitivos implicados en la decisión, así como en la reconstrucción de los hechos. Otros estudios, por su parte, se centran en el estudio de la forma en que los jurados forman su decisión a través de autoinformes, en los cuales los jurados individuales contestan a preguntas sobre los efectos de la discusión, analizándose posteriormente los procesos individuales que tienen lugar.

 

Así, por ejemplo,  Saks y Marti (1997) realizaron un metanálisis en el cual revisaron el los 17 estudios experimentales llevados a cabo para comprobar los efectos del tamaño del jurado en la resolución del mismo. Clasificaron los resultados en función de las variables de medida, encontrando que éstas abarcan desde la representación social y las teorías de muestreo, los informes post-deliberación de los jurados, la decisión grupal (en concreto, el número de jurados irresolubles, y los montantes de las compensaciones civiles), y la longitud de la discusión grupal.  En otras palabras, a la hora de estudiar la deliberación, los investigadores tan sólo toman como medida de la profundidad de la misma el tiempo que el Jurado delibera.

 

Sin embargo, nos parece que esta medida resulta demasiado vaga. Y es que durante la deliberación se examinan los hechos y cuestiones referidas a pruebas y preceptos legales, los cuales quedarían fuera del análisis si nos limitamos a tomar el tiempo que tardan los jurados en llegar a una resolución como medida de la profundidad de la discusión grupal. Es por eso que nos hemos planteado un estudio un estudio sistemático de los contenidos de la discusión grupal, manipulando en este caso las consecuencias de una negligencia médica, las cuales deberían ser insensibles a las manipulaciones de nuestro diseño.

 

Para realizar esta afirmación nos basamos en el efecto de retrospección o hindsight bias (Jólluskin, Arce y Novo, 2001). Este efecto consiste en que cuando miramos hacia atrás en el tiempo, tendemos a recordar nuestros juicios anteriores y relativos a un determinado hecho como más acertados de lo que en realidad fueron. Es decir,  nuestros  juicios  sobre un hecho concreto cambian dependiendo de si conocemos las consecuencias del mismo.

 

La influencia de este fenómeno en las decisiones judiciales, sean éstas propias de jueces o jurados, y ya sea en casos penales o civiles, resulta de vital importancia. Parece obvio que el veredicto alcanzado estará determinado en gran medida por este sesgo de pensamiento. A la hora de enjuiciar delitos de resultado tal vez la utilización de este heurístico sea esencial, por la propia definición del delito. Pero cuando se evalúa conductas de riesgo, como por ejemplo, delitos contra la seguridad en el tráfico, la decisión se complica. En este tipo de delitos, tal como vienen recogidos en nuestro Código Penal, debemos evaluar la conducta del acusado independientemente de las consecuencias que ésta haya tenido. En determinadas ocasiones emitir un juicio puede ser más fácil que en otras, y evidentemente, el hecho de conocer el resultado final determinará nuestros juicios e interpretación de la evidencia.

 

MÉTODO

Sujetos

 

Se utilizaron 120 personas mayores de edad y capacitadas para ejercer la función de jurados, siendo la mayoría de ellos estudiantes universitarios (97.5%) sin conocimientos específicos de derecho. Por géneros, la distribución fue 30.3% varones y el 69.7% mujeres. El rango de edades oscilaba entre los 18 a los 37 años, situándose la media por edades en 21.75 años. La mayoría de ellos pertenecía a un ambiente familiar urbano (67.1%) y se definían como de clase media (79,2%).

Procedimiento y diseño.

Se compusieron un total de 20 jurados, 10 por condición, de seis miembros cada uno. En primer lugar, tras leer la recreación de un caso judicial real sobre una negligencia médica,  se pedía la emisión del juicio individual. Posteriormente, se componían al azar grupos de 6 personas. Los 6 miembros deliberaban en una sala alrededor de una mesa. Se pedía a estos jurados que deliberaran durante aproximadamente 1 hora con el fin de que emitieran un veredicto. Estas sesiones de grupo eran grabadas en vídeo, de lo que eran totalmente conscientes. El material de análisis lo constituyeron estas 20 deliberaciones grabadas en vídeo.

 

Manipulamos la variable consecuencias de la negligencia médica a través de dos condiciones experimentales:

 

1. Negligencia médica con resultado de muerte.

2. Negligencia médica con resultado de lesiones irreversibles.

 

En ambas condiciones se precisaba que existía un seguro que afrontaría la responsabilidad civil derivada de la presunta conducta negligente del médico.

 

Análisis de la Interacción Grupal.

 

Utilizamos para analizar la interacción grupal un sistema de codificación basándonos en la idea de Bateson (1951) de que los mensajes emitidos trasmiten tanto información a nivel de contenido como a nivel relacional. Para analizar la información a nivel relaciona nos basamos en el Relational Communicational Control Coding Manual (Rogers, 1979).

 

Por lo que se refiere al contenido, utilizamos un sistema de categorías creado a través de un procedimiento de aproximaciones sucesivas en estudios anteriores (Arce, 1989;  Arce, Fariña, Vila y Real, 1995), en los que se demostró su fiabilidad como instrumento de medida. Como unidad de análisis utilizamos la intervención verbal completa, codificándola a través de siete dígitos, cada uno de los cuales constaba de un subconjunto de categorías bien definidas y mutuamente excluyentes. Los dígitos de análisis y sus categorías utilizados fueron los siguientes:

 

Dígito 1. Identificación de los sujetos.  

Dígito 2. Mediante este dígito se pretendía identificar el formato de respuesta que emitían los sujetos. Los diferentes formatos de respuesta que se codificaron fueron:

1.- Aserción

2.- Pregunta

3.- Superposición

4.- Incompleto

5.- Otros

 

Dígito 3. Con este dígito se conocía el modo de respuesta. Los distintos modos de respuesta que entraban en la categorización eran:

 

1.- Aprobación

2.- Desaprobación

3.- Extensión

4.- Contestación

5.- Instrucción

6.- Orden

7.- Desconfirmación

8.- Cambio de tema

9.- Inicio/terminación

10.- Otros

 

Dígito 4. Este dígito estaba orientado a identificar las referencias a hechos del juicio. Las categorías de este dígito fueron:

 

0.- No hace referencia a cuestiones de hecho  

1.- Intervención del juez (resumen de la evidencia, aclaraciones, instrucciones, etc.).

2.- Intervención del fiscal (interrogatorio, alegatos).

3.- Intervención de la defensa (interrogatorio, alegatos).

4.- Testimonio del perito (declaración).

5.- Testimonio del acusado (declaración).

6.- Testimonio de la enfermera (declaración).

7.- Anécdotas personales.

8.- Referencias a otros casos.

9.- Suposición de hechos o formulación de conjeturas.

10.- Justificación de la causa.

11.- Hechos acaecidos.

12.- Historia personal del acusado.

13.- No hay notas durante la operación.

14.- Otros testimonios.

 

Dígito 5. Con este dígito pretendimos contar las frecuencias de uso de cuestiones y términos legales. Las categorías para este código fueron:

 

0.- No hace referencia a cuestiones de derecho

1.- Intención de veredicto

2.- Verosimilitud de los testigos.

3.- Definición del veredicto y/o sentencia.

4.- Pruebas admisibles.

5.- Pruebas no admisibles o falta de pruebas.

6.- Formulación de conjeturas legales.

7.- Relación veredicto pruebas.

8.- Criterio de decisión (duda razonable)

9.- Instrucciones judiciales

10.- Atenuantes

11.- Agravantes

12.- Ausencia de antecedentes

13.- Anulación del juicio por falta de pruebas

14.- Alusión a otras leyes

15.-Ponderación entre pruebas inocencia y pruebas de culpabilidad

16. El médico no es el único responsable

17.- Consecuencias de la pena para el médico.

 

Dígito 6. Este último código nos sirvió para controlar la periodicidad de referencias a pruebas del caso. Las pruebas controladas en cada caso fueron:

 

0.- No hace referencia a las pruebas.

1.- Testimonio del perito (fiabilidad y validez).

2 .- Testimonio del acusado (fiabilidad y validez).

3.- Testimonio de la enfermera (fiabilidad y validez).

4.- Formulario de admisión.

5.- Copia del formulario.

6.- La paciente había comido una hora antes de la anestesia.

7.- La paciente vomitó en la mascarilla.

8.- Amenaza del Dr. T.

9.- Tiempo que estuvo la paciente sin oxígeno

10.- Varias pruebas (inespecíficas o inventadas)

11.- Afirmación del jurado sobre la inexistencia de pruebas

12.- Anemia de la paciente

13.- Reacción lenta por parte de los médicos

14.- Cansancio del médico

 

Dígito 7. Este código nos sirvió para conocer la valencia de las intervenciones, es decir, el signo de la intervención para el acusado. Las categorías fueron:

 

1.- Intervención pro-acusado.

2.- Intervención contra el acusado.

3.- Intervención neutra.

 

Entrenamiento de Codificadores

 

Realizaron la codificación de las deliberaciones grupales dos codificadores que previamente habían sido entrenados para ello. Uno de ellos había colaborado anteriormente en otras codificaciones, mostrando su fiabilidad  (Novo, 2000; Arce y otros, 1999).

 

Fiabilidad.

 

Con el fin de hallar la consistencia entre codificadores, extrajimos dos estratos de las codificaciones de tal modo que permitieran una evaluación cruzada de la consistencia, cada uno de un codificador, y calculamos la consistencia de las mismas. Además, para hallar la consistencia intra-codificador, dichos estratos fueron  recodificados transcurrida una semana del fin de la primera codificación. Utilizamos el índice Kappa de Cohen como elemento de contraste para corregir sesgos en la codificación.  Los resultados obtenidos (véase la Tabla 1), muestran una buena consistencia con otros materiales y procedimientos (Wicker, 1975).

 

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Hipótesis.

 

Postulamos que las deliberaciones estarán condicionadas en los estilos deliberativos y contenidos por el sesgo de hindsight, o sea, por las consecuencias de la presunta negligencia.

 

RESULTADOS.

 

Longitud de la deliberación

 

Respecto a la a longitud de la discusión, nuestros resultados muestran que no es esencialmente distinta en ninguna de las comparaciones realizadas. En otras palabras, no constatamos que el factor consecuencias mediara diferencias en la longitud de la discusión,

 

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Formato.

 

Por su parte, encontramos que el formato de las intervenciones sí está en su caso modulado por las consecuencias de la negligencia (lesiones vs. muerte),

 

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Asimismo, los efectos univariados (véase la Tabla 2) muestran que con el resultado de muerte se presentan más mensajes incompletos (m=23.05) que con un unas consecuencias de lesiones (m=13.6), al mismo tiempo que  más superposiciones (m=17.5 y 49.7 para lesiones y muerte respectivamente), si bien estos resultados son  marginalmente significativos (p<.07). Nuevamente, la interacción mostró efectos significativos en los mensajes incompletos.  De esta manera, las deliberaciones con resultado de muerte y responsabilidad civil de un seguro (m=19) y consecuencias de lesiones irreversibles sin cobertura de un seguro (m=30.9) contienen más mensajes incompletos que aquellas con resultado de lesiones irreversibles cubiertas por un seguro (m=15.2) y con consecuencias de muerte a compensar por el doctor (m=8.2).

 

En otras palabras, las deliberaciones en las que el jurado se enfrenta a la muerte de la paciente son más conflictivas, como muestra la aparición en esta condición de un mayor número de mensajes incompletos con superposiciones, lo cual vendría a mostrar que el sesgo de hindsight afecta al grado de conflictividad de la discusión.

 

Tabla 2. Efectos univariados en el formato de la intervención mediadas por el factor consecuencias

 

Variable MC F p eta2

Aserción 8498.730 .445 .509 .013

Pregunta 510.412 1.679 .204 .046

Superposición 9797.184 3.417 .073 .089

Incompleto 862.770 7.845 .008 .183

Otros 1.946 1.969 .169 .053

 

Modo de respuesta.

 

Por lo que se refiere a los contrastes multivariados, encontramos que las consecuencias no median diferencias en el modo de respuesta de las intervenciones, Fmultivariada(9,27)1.304; ns; T.E.=.303. Del mismo modo, y por lo que respecta a los efectos univariados, tal como se puede observar en la tabla 3,  no hallamos diferencias significativas.

 

Tabla 3. Efectos univariados en el modo de respuesta de la intervención mediados por el factor consecuencias

 

Variable                       MC             F                p                 eta2

Aprobación                  38.460    .035             .852                .001

Desaprobación 1.538 .001 .98 .000

Extensión 739.388 .104 .749 .003

Contestación .416 .001 .969 .000

Instrucción 1048.464 2.438 .127 .065

Orden 7.493 .643 .428 .018

Desconfirmación 553.349 12.125 .100 .257

Cambio de tema 39.777 .347 .56 .010

Inicio/terminación 1.846 .024 .878 .001

 

Referencias a hechos del caso.

 

Respecto a los hechos del caso, los resultados multivariados ponen de manifiesto que existen diferencias basadas en las consecuencias de la negligencia médica (muerte vs. lesiones irreversibles), Fmultivariada(15,21)=16.297; p<.001; T.E.=.921. Esto implica que las deliberaciones se concentran en hechos distintos, según las consecuencias que ha tenido la presunta negligencia.  

Tabla 4. Efectos univariados en el factor consecuencias según las referencias a hechos del caso

 

Variable                             MC              F              p          eta2

No refiere a hechos 1395.723 .113 .738 .003

Anécdotas personales 1134.976 .964 .333 .027

Asociaciones otros casos 5.487 .017 .896 .000

Hechos acaecidos 493.898 2.574 .118 .068

Historial del acusado 6.451 .738 .396 .021

Intervención defensa 21.887 4.318 .045 .110

Intervención fiscal 134.037 2.427 .128 .065

Intervención juez 20.553 1.225 .276 .034

Justificación de la causa 575.704 1.890 .178 .051

Notas durante la operación .355 .020 .887 .001

Otros testimonios 2.121E-03 .002 .961 .000

Suposiciones de hechos 26981.521 11.391 .002 .246

Testimonio acusado 55.677 4.663 .038 .118

Testimonio enfermera 221.040 1.075 .307 .030

Testimonio perito 80.375 1.845 .183 .050

 

Por lo que respecta a los efectos univariados, encontramos que el resultado de la actuación médica media diferencias en las variables referidas a hechos del caso: intervención de la defensa, testimonio del acusado, y suposiciones de hechos (ver la tabla 4). Dicho de otra manera, los jurados se centran más en la intervención de la defensa cuando se discute sobre la base de la muerte de la paciente (m=2.448) en comparación con aquellas discusiones guiadas por un resultado de lesiones irreversibles (m=.952). Asimismo, las referencias al testimonio del acusado son mayores cuando se trata de discutir sobre lesiones (m=5.019) que cuando se delibera sobre la muerte de la paciente (m=2.631). Por último, encontramos más suposiciones de hechos en las discusiones orientadas por lesiones a la paciente (m=85.828) que en aquellas con consecuencias de muerte (m=33.272).

Referencias a cuestiones de derecho.

 

Asimismo, los efectos multivariados indican que las consecuencias también llevan consigo a discusiones distintas en términos legales, Fmultivariada(18,18)=9.678; p<.001; T.E.=.906.

 

Tabla 5. Efectos univariados terciados por las consecuencias sobre las referencias a cuestiones de derecho.

Variable                                                    MC           F       p             eta2

 

No refiere a derecho 6628.486 .296 .590 .008

Agravantes 6.137 2.590 .117 .069

Alusión a otras leyes 49.292 3.912 .056 .101

Antecedentes 2.121E-03 .004 .947 .000

Atenuantes .987 .988 .327 .027

Conjeturas legales 5801.313 6.911 .013 .165

Consecuencias pena para acusado 2.211 3.340 .076 .087

Credibilidad testimonios 174.485 6.408 .016 .155

Definición veredicto o sentencia 104.657 1.487 .231 .041

Duda razonable 615.932 5.069 .031 .127

Falta de pruebas 3.845 .708 .406 .020

Instrucciones judiciales 2.401 .128 .722 .004

Intención veredicto 500.353 1.393 .246 .038

Objeto de responsabilidad legal 1.680 .968 .332 .027

Peso pruebas inocencia vs. culpabilidad .442 2.052 .161 .055

Pruebas admisibles 286.076 3.038 .090 .080

Pruebas no admisibles 174.224 3.605 .066 .093

Relación veredicto pruebas 30.079 .170 .682 .005

 

Por lo que se refiere a los resultados univariados, hallamos que las consecuencias de la actuación médica median diferencias en el contenido de las deliberaciones en las siguientes variables: credibilidad de los testigos, formulación de conjeturas legales y alusiones al criterio de duda razonable (véase la Tabla 5). Más concretamente, las disquisiciones sobre la credibilidad de los testigos es mayor en las circunstancias de lesiones irreversibles (m=7.713) que en la de muerte (m=3.487). Por otro lado, la formulación de conjeturas legales, que no deberían aparecer en las deliberaciones de los jurados,  y altas en general, son mayores en las discusiones que versan sobre lesiones (m=35.935) que en las de muerte de la paciente (m=11.565). Asimismo, las deliberaciones en caso de lesiones hacen un mayor énfasis en la aplicación correcta del criterio de duda razonable (m=18.27) que aquellas que se centran en la muerte de la paciente (m=10.33).

 

Referencias a pruebas del juicio.

 

Los contrastes multivariados ponen de manifiesto que el factor consecuencias, esto es, las consecuencias de la presunta negligencia, participa diferencias en la discusión sobre las pruebas del juicio, Fmultivariada(15,21)=3.945; p<.01; T.E.=.738.

Tabla 6. Efectos univariados modulados por las consecuencias en las referencias a las pruebas del juicio

 

Variable                                MC      F                       p              eta2

No hace referencia pruebas 602.695 .039 .845 .001

Amenaza acusado 49.107 1.974 .169 .053

Anemia 575.230 8.288 .007 .191

Cansancio acusado 20.643 6.052 .019 .147

Copia formulario 9.463 .200 .657 .006

Falta pruebas 45.222 .239 .628 .007

Formulario admisión .533 .001 .977 .000

Reacción lenta 9.382 1.388 .247 .038

Testimonio acusado 3.358 .337 .565 .010

Testimonio enfermera 487.485 2.604 .116 .069

Testimonio perito 44.825 .860 .36 .024

Tiempo sin comer 116.165 2.598 .116 .069

Tiempo sin oxígeno 1.215 .484 .491 .014

Varias pruebas 24.811 .932 .341 .026

Vómitos mascarilla 36.169 .640 .429 .018

 

La evidencia que implica la muerte de la paciente en contraste con la que presupone lesiones irreversibles para la misma se diferencian en el contenido de las discusiones globales que provocan en las variables: prueba de la anemia y cansancio del acusado (obsérvese en la tabla 6). Sucintamente, el resultado de lesiones irreversibles (m=3.296) presupone debatir más sobre el presunto estado anémico de la paciente que desaconsejaría la intervención y la admisibilidad de esta prueba, que el resultado de muerte de la paciente (m=1.054). Por el contrario, el cansancio del cirujano es más objeto de debate cuando muere la paciente (m=1.557) que cuando, la negligencia, resulta en lesiones irreversibles (m=.123).

 

Valencia de las intervenciones.

 

La valencia de las intervenciones no resultó estar mediada por las consecuencias de la negligencia (lesiones vs. muerte), Fmultivariada(3,33) =1.584; ns; T.E.=.126.  En la misma línea, y como se puede observar en la tabla 7,  no encontramos diferencias significativas univariadas.

 

 Tabla 7. Efectos univariados en la valencia de las intervenciones mediados por las consecuencias de la negligencia.

 

VARIABLE                 MC          F           p       eta2

Valencia positiva 2724.891 1.187 .283 .033

Valencia negativa 3158.564 .995 .325 .028

Valencia neutra 7339.820 .532 .471 .015

 

DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS.

 

Antes de comenzar con la discusión de los resultados, nos gustaría precisar que por supuesto no esperamos poder generalizar los resultados que hemos encontrado más allá de este caso en concreto. En otras palabras, las únicas conclusiones que podremos extraer se referirán a las diferencias que hemos encontrado entre los distintos dígitos que hemos manejado según las consecuencias de la presunta negligencia.

Como dijimos anteriormente, si bien nuestra hipótesis se encaminaba en la dirección de que el efecto de retrospección tendría cierto efecto sobre el contenido de la discusión grupal, estas manipulaciones que hemos realizado no deberían tener ninguna influencia en la deliberación.  En términos de la hipótesis planteada hemos hallado que una variable extradecisional, como son las consecuencias de la negligencia médica, determina tanto los estilos deliberativos como los contenidos de la discusión.

Pero el efecto de retrospección no sólo tiene un efecto directo en la discusión grupal, tanto en términos de la comunicación relacional como de contenido, sino que también puede conllevar a que las estimaciones de las indemnizaciones civiles sean distintas.

 

Dicho de otro modo, variables extra-penales, como es este sesgo decisional,  interfieren con la calidad de la discusión penal. Es evidente, de nuevo, que la actuación de los jurados en causas civiles no es tan acertada como en las penales (p.e., Chin y Peterson, 1985; Hastie et al., 1998).

 

Por esta razón creemos necesarias ciertas instrucciones al Jurado. Estas instrucciones deberían hacerlos conocedores del déficit metacognitivo que supone la existencia del sesgo que produce el efecto de retrospección, que media estilos deliberativos y contenidos de la discusión. Sin embargo, no debemos ser demasiado optimistas sobre la eficacia de estas instrucciones, ya que este efecto parece inevitable. De esta forma, Fischhoff (1977) encontró que se producía incluso cuando se explicaba a los individuos en qué consistía y se les pedía que se esforzasen en evitarlo. De ser esto cierto, las instrucciones previas no tendrían ningún efecto en la ejecución de la tarea.

 

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

 

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Chin, A. y Peterson, M. A. (1985). Deep pockets, empty pockets: Who wins in Cook Country jury trial?. Santa Monica, CA: RAND Corporation.

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Wicker, A. W. (1975). An application of a multipletrait-multimethod logic to the reability of observational records. Personality and Social Psychology Bulletin, 4, 575-579.