BIENES HÁBICES DE LA IGLESIA DE NIGÜELAS: APEO Y CENSOS THE CHURCH´S PROPERTY AND LAND ALLOCATIONS OF NIGÜELAS: LAND REGISTRATION BOOKS AND CENSUS Lorenzo Luis PADILLA MELLADO Resumen En este trabajo se pretende llenar un vacío historiográfico de la etapa musulmana en una localidad de la provincia de Granada, en él se ha planteado un pasado cultural, como resultado de una sociedad en su contexto urbano y territorial, en el que destacan, tierras, casas, hornos, aljibes, centros religiosos, aprovechamiento del agua, tiendas, etc. todo ello integrado en un colectivo de sociedad indisoluble, en el contexto temporal en el que se manifestaban las contradicciones y contrastes inherentes a cualquier periodo histórico que se estudie. Palabra Clave Abstract This study aims at providing data for the existing historiographic vacuum about the Muslim period of a town in Granada. Our study presents a cultural background which results from a society considered within its urban and terrain environment, highlighting plots of land, houses, wood burning ovens, water tanks, exploitation of water, shops, religious centres, etc. All these features are integrated into an indissoluble society and timeframe which show contradictions and contrasts inherent to any historical period subject to a study. Keywords
En este trabajo condensamos algunas noticias importantes sobre la localidad de Nigüelas, comarca del Valle de Lecrín de la provincia de Granada, según los documentos de Archivo y de las prospecciones realizadas sobre el terreno. El trabajo de investigación fue presentado como final del periodo de docencia del Tercer Ciclo de Doctorado llevando por titulo: NIGÜELAS. Apeo de los Bienes que poseen los Vecinos del Lugar de Nigüelas, que sobre ellos pagan Censos Perpetuos a la Iglesia del dicho lugar. Una vez terminada las luchas que pusieron fin a la Guerra de Granada, y tras ser firmadas las Capitulaciones, se inicia una nueva época para la población mudéjar que quedó en Granada tras la ocupación del territorio por parte de los castellanos. Esta nueva etapa al principio estuvo presidida por el respeto a la libertad personal, religiosa, costumbres, etc., en definitiva se respetaron los diferentes aspectos de la cultura islámica. Por parte de la Corona y las instituciones civiles y religiosas se intentó que se cumplieran todo lo pactado en las Capitulaciones, para así evitar el descontento y posibles sublevaciones, pero por parte de la nobleza e iglesia, amparados en la legalidad, se fueron introduciendo medidas que humillaron y recortaron privilegios a la población musulmana. Después de las revueltas del Albaycin de las Navidades de 1499, se llevan a cabo las conversiones masivas en la Diócesis de Granada que continuaron con mayor o menor intensidad hasta mediados de 1501, fecha en que los reyes admitían públicamente que en el reino granadino ya no quedaba infiel alguno. Acto seguido a estas medidas, se bautiza a los mudéjares y se procede a la transformación de las mezquitas en templos cristianos, pero no a la erección de parroquias, beneficios y oficios, ya que esto incumbía a los reyes como Patronos de la iglesia del reino de Granada. Las mezquitas quedaban provisionalmente atendidas por capellanes que eran solicitados por los reyes a los diversos obispos y cabildos catedralicios. La erección y organización de la iglesia granadina no se producirá hasta el 15 de Octubre de 1501, fecha de su promulgación en Granada por el Arzobispo de Sevilla y Cardenal Don. Diego Hurtado de Mendoza. (LÓPEZ, 2002) El día 14 de Octubre tras la orden de quemar todos los ejemplares del Corán y demás libros religiosos musulmanes, se hacia donación de los Bienes Hábices de las Mezquitas a las nuevas Iglesias Colegiales y Parroquiales de la ciudad y Arzobispado de Granada. (ESPINAR, 2006) La organización territorial del territorio en la etapa islámica estaba organizada en tahas, de las cuales había 13, administración a la que se acoplo la Iglesia. Una de estas tahas fue el Valle de Lecrín. Las nuevas autoridades cristianas reordenaron el Valle de Lecrín en tres grandes parroquias, que se corresponden con las zonas baja, media y alta de la comarca, según se aprecia en la Bula de Erección del Arzobispado de Granada: • Restábal, con sus anejos de Melexis, Murchas, Alauxa, Burnielas, Naro, Saleres y el Cautil. • Béznar, con los anejos de Tablate, Monduxar, Azequias y Achite. • Padul, incluyendo a Cónchar, Cozvíjar, Dúrcal y Nigüelas. Más tarde, el conglomerado de alquerías y barrios musulmanes se van individualizando en torno a una iglesia o parroquia. Bula de erección de las Iglesias del Valle Erige las Yglesias del Valle (Fig. 1) “Et in taha de Valdelecrin in ecclesia parochiali Sancta Mariae loci de Arrastaual cum suis annexis de Melexis, Amulchas, Alauxa, Barmelaz, Naio, Saleris et Cautil, locorum Granatensis diócesis, quatuor benefitia simplitia seruitoria et quatuor sacristias. In ecclesia parochiali Sanctae Mariae loci de Veznar cum suis annexis de Tablate, Pinos de Rey, Yzbur, Atalarat, Mondujar, Acequia et Achite, locorum Granatensis diócesis, tria simplitia seruitoria benefitia et tres sacristias. In ecclesia parochiali Sanctae Mariae loci de Padul cum suis annexis de Concha, Coxbixar, Durcal et Nigueles, locorurn Granatensis diócesis, tria benefitia simplitia seruitoria et tres sacristias. In ecclesia parochiali Sanctae Mariae loci de Najaronsepe dictae Granatensis diócesis, duo benefitia simplitia seruitoria et duas sacristias, auctoritate apostolica praedicta qua fungimur in hac parte de regis et reginae, dominorum nostrorurn patronorum instantia et petitione tenore praesentium (ut praefertur) creamus et instituimus”. Posteriormente con la expulsión de los moriscos y la repoblación de los lugares que habían quedado vacíos en el reino de Granada, se procedió a realizar inventarios generales de todos los bienes, ya sea de aquellos que pasaron a la Corona, como de aquellos que habían sido propiedad de las mezquitas y pasaron a ser propiedad de la Iglesia. Igualmente fueron inventariadas las propiedades de aquellos cristianos viejos que habían residido en estos lugares junto a los moriscos antes de la rebelión. (MARTINEZ, 1986) Esta labor fue realizada por aquellas personas designadas por el Arzobispado de la Catedral para llevar a cabo el Apeo y deslinde de los Bienes de la Iglesia. Para el tema que nos ocupa, es decir, el lugar de Nigüelas, localidad del Valle de Lecrín, el Apeo se llevó a efecto por el escribano del Rey y público de Melegís D. Pedro de Ledesma en el año 1592, contando para ello con la colaboración de dos moriscos viejos conocedores del Apeo Viejo que se hizo en 1547. Estos dos apeadores fueron García de Jaén y Francisco de Ávila, moriscos y vecinos del lugar de Nigüelas.
Los bienes hábices fueron una de las instituciones musulmanas que, al culminar la conquista de Granada, es asumida por el poder cristiano, sin apenas llevar a cabo alguna modificación. Habiz procede de la palabra habis que significa “dedicado a un fin piadoso” y da a entender que es consagrar o prometer en voto algo a Dios, “legado piadoso”. (CARBALLEIRA, 2002) El origen sobre estos legados o donaciones piadosas en el al-Andalus lo podríamos situar cronológicamente sobre el s-VIII, aunque no será hasta el s-IX cuando existan evidencias documentales contrastadas sobre la existencia de los waqf –donaciones piadosas- siendo la obra que mejor relata la elaboración jurídica de waqf el tratado del hanafí al- Jassáf (s-IX) que insiste en tres aspectos esenciales e inherentes a esta institución: • Propiedad del Bien: El donante debe desprenderse de la propiedad de lo donado, que al fin resulta no ser de nadie. • Carácter Perpetuo: La donación debe tener una finalidad perpetua: el waqf es lo permanente y perpetuo, que no es propiedad de nadie y no revierte a la propiedad de su dueño ni de sus herederos. • Finalidad Piadosa: El carácter perpetuo es asegurado y garantizado mediante la presencia en la donación de una finalidad piadosa. El castellano asumió esta palabra árabe y así la transcribe. Esta palabra abarca a todo el conjunto de bienes y rentas dedicados al sostenimiento de mezquitas, madrazas, hospitales y otras fundaciones de carácter piadoso, de utilidad pública, de asistencia a pobres o a fundaciones de familia para protección de parientes. (GARCÍA SANJUAN, 1999) En el reino de Granada estos bienes llegaron a alcanzar un volumen bastante considerado, cosa que fácilmente se puede comprobar con echar un vistazo a los llamados Libros de Hábices. Después de la conquista, los Reyes Católicos, no cambian su condición de legados píos; sin embargo, se aplicarán al sostenimiento de fábricas de Iglesias, sacristanías y beneficios. Así lo ordena una carta de 14 de Octubre de 1.501, en Granada, dada por los Reyes Católicos donde disponen “Que sus Altezas dan ciertas rentas de los avizes a las yglesias del Reyno de Granada”. Don Fernando y doña Isabel, por la gracia de Dios Rei e Reyna de Castilla, de León, de Aragón, de Cecilia, de Granada, de Toledo, de Valençia, de Galicia, de Malorcas, de Sevilla, de Cerdeña, de Cordova, de Córcega, de Murcia, de Jahen, de los Algarves, de Algezira, de Gibraltar, de las yslas de Canaria, condes de Barcelona, señores de Vizcaia y de Molina, duques de Atenas y de Neoptaria, condes de Ruisellon y de Cerdania, marqueses de Oristan y de Goçiano. Por cuanto por la gracia de Dios Nuestro Señor y con su ayuda ovimos conquistado y conquistamos la noble y honrrada y gran çibdad de Granada con todas las çibdades, villa y lugares y castillos del dicho reyno, que los moros enemigos de nuestra sancta fee católica de muy luengos tiempos a esta parte tenían ocupado, y después de ansi conquistado plugo a Nuestro Señor por su ynfinita piedad y misericordia que los ynfieles que en la dicha çibdad y reino quedaron pobladores se convertiesen y convertieron a nuestra sancta fee católica. Y porque para el servicio del culto divino y doctrina de los fieles christianos y porque aya quien los administre los oficios divinos y sanctos sacramentos y los ynstruian e ynformen en las cosas de nuestra fee, avemos acordado que en la çibdad de Granada y en las çibdades, villas y lugares y alcarias de su arçobispado aya algunas yglesias colegiales y perrochiales y en ellas çierto numero de beneficios …., Los hábices granadinos podían estar integrados por posesiones urbanas y rústicas. Las primeras podían ser tiendas, grupos de viviendas en sus diversas variedades de casas, macerías y algorfas, o bien hornos, alholíes y tarbeas, etc. (Figs. 2 y 3). A ellas se unían antiguas rábitas, gimás e incluso mezquitas (Fig. 4), cuyas denominaciones se confunden en los libros de hábices, especialmente las de rábita y gima. Las fincas rústicas abarcan a una multitud de Pagos, Hazas, Viñas, etc., en la Vega y Sierra. Todas estas posesiones se encomendaban a particulares, mediante el pago de una renta, anual, y que generalmente por lo común era en dinero, aunque en bastantes casos iba acompañada de la entrega de una o más gallinas, que en ocasiones podía ser sustituida por perdices. Para tener una relación fehaciente de los Bienes se hacen los Apeos necesarios, ya que muchos de los bienes en manos de los moriscos y de los cristianos se encontraban perdidos por estar ocultados, por aquellos que los tenían a censo. En el reino de Granada estos bienes llegaron a alcanzar un volumen bastante considerado, cosa que fácilmente se puede comprobar analizando los distintos trabajos realizados sobre los llamados Libros de Hábices. (TRILLO, 1994).
El libro de Apeo y Bienes Hábices de la Iglesia de Nigüelas realizado en el año 1592, es una copia del realizado antes, que alude a un Apeo de 1547, fecha en que fueron deslindados los bienes hábices de otras comarcas del reino, como la Vega y algunas zonas de la Alpujarra. Este libro de 1592 se encuentra en el Archivo de la Curia Eclesiástica de la Catedral de Granada, hoy trasladado al Seminario Mayor de la Diócesis. Es original y está acompañado de otro Apeo y Deslinde realizado en 1597 y existe además otro que es un Traslado sacado de un Memorial y Razón de los Bienes de la Iglesia de Nigüelas que poseen los vecinos del lugar de Nigüelas del Valle y que sobre ellos pagan censos perpetuos. El Apeo consta de 38 folios, está hecho por el escribano del rey y público de Melegís, D. Pedro de Ledesma, redactado en El Padul, jurisdicción de la ciudad de Granada a diez y ocho días del mes de Diciembre de mil quinientos noventa y dos. (Fig. 5) Ante el dicho escribano parecieron presentes Alonso de Solís, en nombre de las Iglesias del Valle, el que presentó un Apeo hecho de los Bienes de los Hábices del dicho lugar de Nigüelas, el cual dijo haberlo hecho de petición de las dichas Iglesias por García de Jaén y Francisco de Ávila, moriscos naturales del dicho lugar de Nigüelas, escrito en veinte hojas, según por el dicho Apeo consta y del cual hace este que se sigue: “Apeo y deslinde de los Bienes y Hacienda que tiene la Yglessia del lugar de Nigüelas del Valle, jurisdicción de Granada, hecho en el dicho lugar y su termino por García de Jaén y Francisco de Ávila, moriscos naturales del dicho lugar de Nigüelas, que los trazo e nombro la parte de la Yglessia del dicho lugar, para conocer, deslindar y amojonar todos los bienes de la dicha Yglessia, assi los que estaban en el Apeo del año de quarenta y siete, como por las scripturas y títulos que la dicha Yglesia tiene, y otros que los dichos Francisco de Ávila y García de Jaén conocieron y deslindaron por bienes de la dicha Yglessia, el qual hicieron y deslindaron con asistencia de Pedro de Padilla Alcalde ordinario del dicho lugar, persona nombrada por parte del dicho Conçejo para el dicho hefeto, que a todo ello que hallo presente y lo hicieron en la forma y manera siguiente”. Entre los bienes hábices de Nigüelas nos encontramos por un lado una serie de bienes urbanos y por otra de bienes rústicos. Entre los primeros hay que destacar: Casas, hornos, almadrabas, molinos, etc. Entre los rústicos las distintas tierras se pueden clasificar en tierras de: secano, regadío, viñas, árboles, etc. Comenzando por los bienes urbanos que pertenecían a la Yglesia Vieja –así eran llamados estos centros religiosos por los cristianos viejos- se expone a continuación un cuadro resumen de cada uno de los bienes y algunos censos y lindes de ellos, ya que el relacionarlos todos supondría excederse en la extensión adjudicada a este trabajo para su publicación: Resumen de Bienes Urbanos
A continuación se describen los Bienes rústicos y tierras de regadío: Tierras de regadio
A continuación se sigue describiendo los Bienes rústicos en tierras de secano: Tierras de secano
A continuación se describen las Viñas: Viñas
Así continua la relación, hasta acabar con todas las viñas de la Iglesia, que finaliza con:
Seguidamente se detallan las tierras que hay en Sierra Nevada: Tierras en sierra nevada
A continuación se prosigue a detallar los bienes de la dicha Iglesia de Nigüelas en otras alquerías de la Vega: En otros terminos municipales (Otura)
Termino de Otura – Pago de Daraxir
Termino de Otura – Pago de Conilnaguel
Termino de Otura – Pago de Fatinadamaha
Seguidamente se dan las normas de como se llevara a cabo la distribución del agua a las tierras:
El documento objeto del estudio, forma parte de los fondos documentales del Archivo Histórico Diocesano, cerca del Campus Universitario de Cartuja, con Signatura 291-F. Es un documento en papel de 330 x 230 mm. con 38 folios, numerados por nosotros. Las medidas de los folios son de 315 x 220 mm. La caja de escritura tiene aproximadamente unos 280 x 160 mm. Línea tirada, el número de líneas por folio recto o vuelto cambia según el folio y las manos que lo escribieron, varían entre las 27 líneas del folio 8 recto y las 40 líneas del folio 21 recto. Todos los folios se encuentran aprovechados menos el folio 1, 2, 12, 15 y 26 vuelto. Son abundantes las manchas de humedad, no muy grandes, desde el folio 10 al folio 26, y apenas afectan a la escritura, a excepción de algunas palabras. La escritura que presenta es la cursiva corriente redondilla con tendencia a la encadenada, los astiles poco excedentes de la caja de escritura, inclinación a la derecha. El tipo de letra que nos encontramos en el texto: La a híbrida, la b de ojos separados entre si, la d cuando es inicio de palabra es más redonda, la r y la g con lazos, la h a veces un poco inclinada y a la derecha, la j y la z, en bastantes ocasiones son muy semejantes, la 1, una alta y otra baja, la m y n, con arcos bastantes regulares, la p, con dos modalidades, la primera tiene recto su caída y su ojo se traza normalmente como en “apeo”, o bien puede resultar de la prolongación de un rasgo más o menos largo que inclinándose ligeramente hacia la izquierda describe un arco u ojo abierto que se une al extremo del caído, la R, mayúscula para la doble rr y r para sonido suave, la s, de doble lazo y sigmática, la v, con primer astil con lazo y vuelve a la izquierda el segundo trazo. (CANELLAS, 1974) Los Nexos: Son muestra de los característicos de la letra procesal EN. ES. EST. DE. DO. etc. Las Abreviaturas: Por contracción como en dicha y por suspensión como en Francisco. El signo general de abreviación consiste en una línea recta o curva colocada encima de la palabra abreviada. Esta línea puede arrancar de la letra final de la palabra que se abrevia, formando una amplia curva que envuelve toda la palabra. Caracteres internos: La fecha del libro de Apeo presenta unos límites cronológicos extremos son 14 de noviembre de 1572, fecha del primer documento y 26 de junio de 1574, del último documento, aunque el documento objeto de estudio es una Traslado del año 1592 Desde el punto de vista lingüístico es de gran interés por los topónimos y antropónimos arábigos, expresados en lengua castellana.
A lo largo de este trabajo se ha tratado de analizar una de las instituciones que en la época que estudiamos tuvo entre los musulmanes de al-Andalus una gran importancia. Me he apoyado en fuentes jurídicas y en numerosas publicaciones que han tratado este tema y que en los últimos años han sido acogidas por parte de los historiadores que están interesados por este tema con un gran interés. Así se puede citar el trabajo reciente de Ana Maria Carballeira Debasa con su estudio sobre los Legados píos y Fundaciones familiares en Al-Andalus (Siglos IV/X – VI/XII), publicado por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas en el año 2.002, en el que hace un estudio de las fuentes jurídicas para a través de estas analizar el papel desempeñado de estos waqf o hubs (habiz) y la influencia que estos llegaron a tener en la sociedad andalusí. Otro interesante trabajo es el llevado a cabo por Alejandro García Sanjuán en un libro que ha visto la luz en el año 2.002, Hasta que Dios herede la tierra. Loas Bienes Hábices en Al- Andalus Siglos X al XI, publicado por la Universidad de Huelva y que aunque fue el origen de su Tesis Doctoral realizada en la Universidad de Sevilla. El profesor y tutor de este trabajo de investigación D. Manuel Espinar Moreno tiene una producción historiográfica sobre este tema bastante amplia y que seria muy extensa de enumerar aquí, podíamos destacar algunos estudios como su Tesis inédita, Estructura económica de las Iglesias alpujarreñas a través de los libros de hábices, del año 1.980, o de investigaciones más recientes, como El Valle. Libros de Apeo y Repartimiento de Melegís y Restábal del pasado año 2.006; Bienes hábices de Abla y Abrucena (1447-1528). Pleito sobre ciertos hábices entre las Iglesias y Hernando de Quesada de 1.989; Los Ogijares: estructura socio-económica, toponimia, onomástica, según el libro de hábices de 1547-1548, publicado en el año 1.987; Apeo y Deslinde de los Hábices de Dilar (1547). Miscelánea de Estudios Árabes y Hebraicos, núm. XXIX-XXX año 1980-81, entre otros, que se harían una pesada y larga lista, de producción historiográfica sobre dicha institución de los waqf o hábices. De toda esta extensa producción investigadora y, junto al documento encontrado en el Archivo de la Curia de Granada de los Apeos y Deslindes de los Bienes de la Iglesia de Nigüelas, se ha empezado por la trascripción de dicho documento, y procediendo a sacar aquellos datos más interesantes, pero era necesario e imprescindible, contextualizarlo, dando una visión de los pobladores de la comarca del Valle (Fig. 8) y la problemática del pueblo morisco en los años posteriores a la conquista castellana, con su expulsión y repoblación de tierras por los castellanos. De esta manera se ha hecho una estructuración del trabajo haciendo una serie de síntesis de publicaciones de eminentes historiadores que han investigado este periodo histórico, y de esta forma se ha intentado dar una visión bastante exacta de la población de Nigüelas. Como final y en síntesis de lo que se ha extraído de la trascripción del documento “Apeo y Deslinde de los Bienes Hábices de la Iglesia de Nigüelas”, hay que quedarse con una serie ideas como: • La importancia que alcanzaron entre la sociedad andalusí y que tras la conquista a los castellanos, la institución de los Hábices. • Los diferentes bienes que comprendían estos (urbanos, rústicos, secano, tiendas, etc.). • Como eran adjudicados estos censos de arrendamiento, que tipo de estrato social los tenían, las relaciones que se mantenían entre la Iglesia y los arrendatarios. • Hemos adquirido una clara visión del lugar de Nigüelas, se ha identificado lugares que relata el documento, se han situado en el entramado urbano, y se ha podido verificar la expansión urbana que se produce ya en el s. XVII • Verificar la dinámica que se seguía en la adjudicación de estos censos, como se cedían a las personas, con el dominio útil del bien, reservándose la Iglesia la propiedad, y a cambio recibía un censo anual en reconocimiento de este dominio. • Los censos se daban a largo plazo y casi siempre eran transmitidos a los herederos mediante el pago de un canon de transmisión. • La composición de los diferentes y variados bienes de que eran propietarios la Iglesia, y mediante estos sufragaban sus gastos. • El estrato social de la sociedad que tenía a censo estos bienes de la Iglesia, era más bien de alta posición, como así nos lo demuestra claramente el documento estudiado. • Es bastante rica la toponimia y antroponimia que se extrae del documento • Es también significativo la cantidad de árboles frutales que se poseen en hazas que son propiedad de otros y en estas solo se posee el sitio que ocupa el árbol. • La organización del sistema de irrigación, las acequias que partían del Partidor y regaban los diferentes Pagos. • La identificación de los diferentes Pagos del lugar: Ramin, Corviche, Rocan, etc. • Las abundantes menciones que se hace a los lugares que ocupaban macaberes, y que en ocasiones eran de una gran superficie, y que todavía algunos estaban por abrir. • Como se diferencia cuando se cita la Iglesia Vieja (mezquita) del lugar que ocupara más tarde la Iglesia Nueva. • Los sitios de rábita • La importante participación que llevan a cabo los conocedores y apeadores de los lugares para identificar y amojonar los bienes. La visión que nos ha proporcionado el Apeo y las escrituras de censo relativos a los bienes hábices de la Yglesia del lugar de Nigüelas quedaría incompleta si no se hace un estudio arqueológico sobre el territorio. Se tratara de situar y ubicar los restos materiales que son descritos en los dichos Apeos y Deslindes de Bienes, elaboración de una serie de planos, determinar linderos de todos aquellos bienes urbanos de dicha localidad, como puedan ser: Mezquitas, rabitas, zawiyas, casas, hornos, mesones, almazaras, aljibes, tiendas, almadrabas, molinos, fuentes, etc. Y en relación a los bienes rústicos, las tierras de riego, de secano, y distribución del agua para el consumo humano y riego. El que estas fuentes nos proporcionen las medidas y la estructura de algunos de los edificios nos va a permitir comprobar sobre el terreno como realmente las estructuras arquitectónicas sobre las que se desarrolló la vida diaria de los musulmanes. Aspecto que no nos ofrecen los cronistas oficiales de la dinastía nazarí en sus famosas crónicas, pues, la vida de las gentes humildes en muy contadas ocasiones mereció ser anotadas por aquellos cronistas (Figs. 9 y 10). Por todo ello el estudio que se llevara a cabo será de sumo interés, pues con ello entramos a analizar una de las instituciones medievales de época musulmana, que tras la conquista del reino de Granada pervivió hasta muy entrado el s-XVIII. Todo ello aportara mayor claridad a la vida religiosa de estas poblaciones en época medieval. El tema de los hábices musulmanes, es muy poco conocido a pesar de los estudios que se han llevado a cabo hasta la fecha en Granada, su Vega, Alpujarra, Guadix, Baza, Almería y otros lugares necesita nuevas aportaciones y enfoques, como el que se pretende en este trabajo, que sencillamente es conjugar las fuentes escritas y las arqueológicas, fundamento del quehacer histórico y sobre los que hay fundamentar la ciencia histórica. 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