RGE122/11: Resolución de la Gerencia de la Universidad de Granada por la que se establecen las Normas de Cierre Presupuestario del Ejercicio Económico 2017.

06 Junio 2017
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, DE 28 DE JUNIO DE
2017 POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE CIERRE PRESUPUESTARIO
DEL EJERCICIO ECONÓMICO 2017
.
La Ley Orgánica de Universidades, dispone en el artículo 81.5, según la nueva redacción
dada por el artículo 6 del Real Decreto
-
Ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo que:“Las Universidades están obligadas a rendir cuentas de su actividad ante el órgano de
fiscalización de cuentas de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las competencias del
Tribunal de Cuentas.
El presupuesto de cada ejercicio se liquidará en cuanto a la recaudación de de rechos y el pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural correspondiente, quedando a cargo de la Tesorería universitaria todos los ingresos y pagos pendientes, según sus respectivas contracciones.
Las Universidades deberán confeccionar la liquidación de su presupuesto antes del
primero de marzo del ejercicio siguiente.
La falta de remisión de la liquidación del presupuesto, (...), facultará a la Comunidad
Autónoma para adoptar, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para
garantizar la estabilidad presupuestaria de la Universidad”.
Del mismo modo, el artículo 89 del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, recoge la obligación de las
Universidades Públicas de rendir cuentas de su actividad ante la Cámara de Cuentas de
Andalucía, sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas. Ello conlleva la
elaboración de las cuentas anuales, debidamente auditadas, para que tras su consideración
por el Consejo de Gobierno, sean definitivamente aprobadas por el Consejo Social, en el
plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio económico.
El Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, determina que el ejercicio
presupuestario coincidirá con el año natural y que el presupuesto se liquidará el 31 de
diciembre de cada año.
Estado
Vigente
Ámbito
Normativa propia
Área temática
Gestión
Órgano emisor
Universidad de Granada
Publicación
BOUGR
Fecha de disposición
28/06/2017