NCG98/1: Criterios para la concesión de licencias especiales al Personal de Administración y efectos administrativos y económicos de su concesión (Artículo 160 de los Estatutos de la Universidad de Granada)

02 Octubre 2015
Aprobado en la sesión ordinaria de Consejo de Gobierno de 28 de septiembre de 2015 (BOUGR núm. 98 de 2 de octubre de 2015).
El artículo 160 de los Estatutos de la Universidad de Granada, establece en su apartado 2 unas LICENCIAS ESPECIALES para realizar actividades de gestión y de formación en universidades o centros nacionales o extranjeros. Además de los criterios, que ya fueron aprobados por Consejo de Gobierno en su sesión de 14 de mayo de 2007 (BOUGR núm. 17 Mayo-Diciembre 2007) se regulen otra serie de apartados que den la necesaria seguridad jurídica al personal que pueda acogerse a esta modalidad especial de licencia.
Estado
Vigente
Ámbito
Normativa propia
Área temática
PAS
Órgano emisor
Consejo de Gobierno
Publicación
BOUGR
Fecha de disposición
28/09/2015