PRESENTACION

 

 

    La Revista de Derecho Constitucional Europeo sale a la luz pública el año en que seguramente (así lo deseamos todos) la Unión Europea inicie el proceso de aprobación de su Tratado de Constitución para Europa, un paso de especial relieve en el proceso de constitucionalización de la Unión Europea que, como tal, sólo puede ser valorado de manera positiva. No debe desconocerse, sin embargo, que el proceso de constitucionalización requiere todavía de muchos desarrollos. Las condiciones sociales y políticas de Europa, con las fuertes asimetrías de base y la todavía relativa debilidad de las instituciones europeas, hacen que el proceso de constitucionalización adquiera especiales dificultades. A salvar esas dificultades debe contribuirse también desde los Estados miembros mediante la definición de una política constitucional europea que haga posible una confluencia creciente en aquello que deba ser objeto de un tratamiento constitucional unitario.

 

    La construcción constitucional de Europea requiere, por tanto, del esfuerzo de todos,  de las instituciones europeas y de los Estados miembros. Lo mismo cabe decir de la doctrina constitucional que, teniendo actualmente un ámbito de intervención básicamente nacional (incluso cuando adquiere un perfil comparatístico), debe asumir la necesidad de contribuir a este proceso tanto en el orden europeo como en el estatal. A favorecer esta orientación debe servir el hecho de que no se contemplan ya alternativas serias al proceso de constitucionalización. El debate sobre la construcción de Europa tiene, desde hace algunos años,  un perfil claramente constitucional. No puede ser de otro modo si tenemos en cuenta que se han trasladado importantes competencias a las instituciones europeas y que el ejercicio de los poderes correspondientes debe estar sometido a técnicas constitucionales equiparables a las que se utilizan en el derecho constitucional de los Estados miembros. No cabe admitir, por tanto, ninguna pretensión de ejercer poder sin responsabilidad  (siquiera indirectamente como hacen hoy los Estados).

 

    La formulación de un Derecho constitucional común europeo (Peter Häberle) y de un Derecho constitucional europeo basado en instituciones y técnicas propias (del tipo de las que se contienen en la futura Constitución Europea)  no puede quedar sin interlocutor en los espacios constitucionales nacionales, que deben avanzar en procesos de interacción y confluencia con el espacio constitucional europeo. Si la Unión Europea debe ser cada vez más <<constitucional>>, los órdenes constitucionales estatales deben ser cada vez más <<europeos>> para impulsar y desarrollar el proceso de constitucionalización en todas sus vertientes. Porque ese proceso de constitucionalización de Europa es también un proceso de europeización de los ordenamientos constitucionales de los Estados miembros en la construcción de un derecho constitucional europeo.

 

    Con la pretensión de contribuir en la medida de nuestros esfuerzos al desarrollo del derecho constitucional europeo sale esta revista. Por minúsculos que sean los granos de arena que aportemos, esperamos que ayuden a estimular el debate constitucional en un espacio constitucional que es ya europeo.

 

    Los trabajos que se incluyen en este primer número son, en parte, algunos de los resultados de un Proyecto de Investigación subvencionado dentro del Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento, a través del Proyecto de Investigación PB97-0801, sobre relaciones entre ordenamientos en el ámbito europeo.  Igualmente, alguno de los trabajos son el fruto del Proyecto de Investigación BJU2003-06526, actualmente en curso, sobre el proceso de constitucionalización de la Unión Europea, subvencionado por la Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica del entonces Ministerio de Ciencia y Tecnología. La Revista de Derecho Constitucional Europeo cuenta también con el apoyo financiero de la Junta de Andalucía a través del Grupo de Investigación <<Andalucía, la Unión Europea y el Estado Social>>, subvencionado con las ayudas para el fomento de la Investigación y el Desarrollo Tecnológico dentro del Plan Andaluz de Investigación. No obstante, el impulso fundamental (no sólo financiero) a la Revista, viene de la mano del Instituto Andaluz de Administración Pública y especialmente de su Director, Joaquín Castillo Sempere, así como de su Secretaria General, Julia Serrano Checa, y de la Directora de Publicaciones, Mª Ángeles López Pardo.

 

    El formato de la revista es doble. Salió inicialme en formato electrónico, mientras que recientemente se ha culminado su edición impresa. La edición electrónica nos parecía absolutamente necesaria para una revista que pretende una difusión europea. Dentro de la edición electrónica, los trabajos se ofrecen en versión htm y en versión pdf, para facilitar su lectura y las referencias bibliográficas que se realicen a su contenido.

 

    La revista contiene las secciones habituales en toda revista científica y algunas menos corrientes. Es el caso de la dedicada a la recuperación de textos clásicos. Por otro lado, si bien tiene un perfil monográfico en sus estudios, contiene también un apartado de artículos que está abierto a reflexiones no vinculadas a la temática propia de cada número.

 

 

Francisco Balaguer Callejón